Neuigkeit zur PetitionPor una sentencia justa de cláusulas suelo en EuropaOCU escribe al Director de la Oficina en España del Parlamento Europeo

OCU
15.09.2016
OCU se ha dirigido por carta al Director de la Oficina en España del Parlamento Europeo en España, D. Ignacio Samper, para trasladarle la petición sobre cláusula suelo que se dirige al Parlamento Europeo.
En este sentido, OCU solicita al Parlamento Europeo que se pronuncie para proteger los intereses de los consumidores. Desde OCU consideramos que los problemas causados por la banca no pueden ser asumidos por los consumidores.
En línea con el informe de 2015 de la Comisión europea, razonamiento que OCU apoya sin fisuras, según los artículos 6.1 y 7.1 de la Directiva 93/13/CEE, “(…) no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ya ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia".
Este es el contenido de la carta dirigida a la Oficina en España del Parlamento Europeo:
Estimado señor Samper:
Le escribo en nombre de OCU, una asociación de consumidores independiente, que representa los intereses de más de 300.000 familias españolas. OCU es una asociación de consumidores válidamente constituida con arreglo a la Ley Orgánica 1/2002 de fecha 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y, como tal, está inscrita en los registros del Instituto Nacional del Consumo (con el nº 10) y del Ministerio del Interior (nº 15.657).
OCU es miembro del Consejo de Consumidores y Usuarios a que se refiere el artículo 38 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (en adelante, RDL 1/2007).
Le escribo en relación al tremendo abuso bancario de las cláusulas suelo, que supone un enorme perjuicio para millones de españoles. Como sin duda sabrá, el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publicó el pasado mes de julio un informe en el que considera que los consumidores perjudicados por la cláusula suelo no tienen derecho a recuperar el dinero pagado por esta cláusula abusiva con fecha anterior a la sentencia que decretó su nulidad.
Desde OCU consideramos escandaloso que los consumidores deban pagar las malas prácticas de la banca. El razonamiento insólito del Abogado fue que era “notorio que la retroactividad de la sentencia generaría el riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económico”. Es decir, que parte de la banca saldría perjudicada y esto justifica que los ciudadanos paguen la factura.
En OCU consideramos este hecho inaceptable y queremos responder impulsando esta petición al Parlamento Europeo, junto al mayor número de firmas posible, para que se aplique la normativa comunitaria y los afectados puedan recuperar todo su dinero. Más de 36.000 personas se han unido a la petición de OCU en cuestión de semanas.
Como sin duda sabe, desde la entrada en vigor del Tratado de Maastricht, todo ciudadano de la Unión Europea tiene derecho a someter una petición al Parlamento Europeo, en forma de reclamación o solicitud, en relación con una cuestión que incida en el ámbito de competencias de la Unión Europea. La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo examina las peticiones y dictamina en lo que a su admisibilidad se refiere. Se encarga, asimismo, de su tramitación, en colaboración con la Comisión. También las organizaciones pueden ejercer este derecho. OCU lo ejerce en su propio nombre y pone a disposición del Parlamento Europeo la campaña en Change.org con los más de 36.000 apoyos ciudadanos referidos. Los artículos 20 y 227 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y artículo 44 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE fundamentan este derecho.
En este sentido, OCU solicita al Parlamento Europeo que se pronuncie para proteger los intereses de los consumidores. Quisiera recordarle que, en línea con el informe de 2015 de la Comisión europea, razonamiento que OCU apoya sin fisuras, según los artículos 6.1 y 7.1 de la directiva 93/13/CEE, “(…) no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ya ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia
De igual manera, desde OCU querríamos señalar que la Comisión Europea ya publicó un informe apoyando esta interpretación el año pasado. Desde OCU consideramos que los problemas causados por la banca no pueden ser asumidos por los consumidores, lo que generaría un precedente muy negativo, en un contexto de abusos continuos y productos tóxicos (participaciones preferentes, acciones de Bankia, hipotecas IRPH, hipotecas multidivisa -que implican enormes pérdidas para los afectados en varios países de la Unión-, etc).
Las conclusiones del Abogado General no son vinculantes y es el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es quien debe decidir sobre el asunto.
En OCU esperamos que los jueces apliquen la ley sin que les perturben las implicaciones políticas. Entendemos que la normativa establece claramente que la nulidad de una cláusula supone dejarla sin efectos como si nunca hubiese existido. Las conclusiones del Abogado General acerca de “ponderar la protección de los consumidores” para beneficiar a los bancos, que son quienes han sido rescatados con dinero ciudadano y han tenido una actuación manifiestamente perniciosa los últimos años sientan un peligroso precedente, inaceptable para los intereses de los consumidores y la ciudadanía en general.
Confiando en que estas peticiones y consideraciones sean tenidas en cuenta, reciba un cordial saludo.
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