NO QUEREMOS QUE NOS ENGAÑEN MÁS CON LAS TARIFAS ELÉCTRICAS


NO QUEREMOS QUE NOS ENGAÑEN MÁS CON LAS TARIFAS ELÉCTRICAS
El problema
Es un hecho, hay muchos conceptos en las facturas eléctricas, haciendo que cada vez sea más difícil poder comparar entre las diversas tarifas que nos ofrecen las comercializadoras de electricidad.
Pero la mayoría de los conceptos son comunes y están regulados:
- Los precios de las potencias contratadas
- Los precios de los peajes y cargos de la energía
- El posible ajuste del gas, desde que tenemos la excepción ibérica
- El alquiler del contador
- La aportación al bono social
- El impuesto eléctrico
- El IVA
Todos estos conceptos son obligatorios y están regulados. No hay ninguna comercializadora que en vez de cobrar un 21% de IVA cobre un 30%, o que cobre tres veces más por los peajes o por el alquiler del contador.
¿Sería una auténtica locura si esto se permitiera, verdad?
¿Entonces porqué se permite que las comercializadoras cobren mucho más por las potencias contratadas?
¿No sería más lógico y práctico para todos que el factor diferenciador entre las diferentes tarifas existentes en el mercado fuera únicamente y excusívamente el precio de la energía?
Con esta iniciativa se propone que por ley las comercializadoras no puedan abusar cobrando precios más elevados por los diferentes conceptos regulados.
El caso más habitual, muy de moda últimamente, es bajar el precio de la energía en las ofertas, pero subiendo a cambio los precios de las potencias de una forma desmesurada, provocando grandes problemas a muchas personas que solo miran y entienden el precio del kWh. Posteriormente se dan cuenta de que su factura es más elevada de lo que esperaban y se sienten engañados, volviendo muchos de ellos al mercado regulado.
La comercializadora no hace nada con las potencias contratadas. Solo tiene la obligación de pagar ese concepto cada mes a la distribuidora. Es un concepto que está regulado y tiene un valor fijo por kW contratado y por año.
Por todo ello solicitamos los siguientes cambios en la regulación de las tarifas y facturas eléctricas:
- No permitir cobrar ningún tipo de margen por los 7 conceptos regulados y enumerados anteriormente, ni por ningún otro nuevo concepto regulado que pueda aparecer en el futuro.
- Definir el concepto de tarifa transparente, como una tarifa donde el único concepto que puede cambiar entre diferentes tarifas esté relacionado con los tramos horarios y los precios para cada tramo, así como los precios de los excedentes y las condiciones de compensación de excedentes para los clientes con autoconsumo. Este tipo de tarifas tampoco permitirá conceptos como cuotas de servicio, seguros u otros servicios adicionales. Tampoco permitirá incluir en el precio ningún tipo de descuento, ya que algunas comercializadoras luego exigen la devolución de esos descuentos si el cliente no permanece con ellos durante un año.
- Que el comparador de tarifas de la CNMC solo muestre tarifas transparentes, ya que el resto de tarifas pueden tener cláusulas abusivas en la letra pequeña, y por lo tanto hay que evitar recomendar este tipo de malas prácticas.
De esta forma sería mucho más fácil comparar tarifas, simplemente comparando los precios de la energía en las diferentes franjas definidas en cada tarifa.
El margen de las comercializadoras estáría única y exclusivamente en el precio de la energía, aunque en caso de disponer de autoconsumo también estaría en el precio de los excedentes y en las condiciones de compensación de los mismos.
En el caso de las tarifas indexadas, donde es imposible fijar los precios, el margen estaría en el precio de la energía, pero a través del concepto que se denomina FEE (cuota o margen), de forma que si quisieramos comparar entre diferentes tarifas indexadas en principio solo deberíamos comparar el FEE, aunque en la práctica las tarifas indexadas pueden tener otras pequeñas diferencias, como el tema de los desvíos de las comercializadoras. Para estos casos también sería adecuado definir una fórmula estándar para las tarifas indexadas, que deberían cumplir todas las comercializadoras, donde habría muy pocos parámetros que dependerían única y exclusivamente de cada comercializadora.
El objetivo de esta propuesta es poder comparar fácilmente entre los diferentes tipos de tarifas sin encontrarse con sorpresas posteriormente.

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El problema
Es un hecho, hay muchos conceptos en las facturas eléctricas, haciendo que cada vez sea más difícil poder comparar entre las diversas tarifas que nos ofrecen las comercializadoras de electricidad.
Pero la mayoría de los conceptos son comunes y están regulados:
- Los precios de las potencias contratadas
- Los precios de los peajes y cargos de la energía
- El posible ajuste del gas, desde que tenemos la excepción ibérica
- El alquiler del contador
- La aportación al bono social
- El impuesto eléctrico
- El IVA
Todos estos conceptos son obligatorios y están regulados. No hay ninguna comercializadora que en vez de cobrar un 21% de IVA cobre un 30%, o que cobre tres veces más por los peajes o por el alquiler del contador.
¿Sería una auténtica locura si esto se permitiera, verdad?
¿Entonces porqué se permite que las comercializadoras cobren mucho más por las potencias contratadas?
¿No sería más lógico y práctico para todos que el factor diferenciador entre las diferentes tarifas existentes en el mercado fuera únicamente y excusívamente el precio de la energía?
Con esta iniciativa se propone que por ley las comercializadoras no puedan abusar cobrando precios más elevados por los diferentes conceptos regulados.
El caso más habitual, muy de moda últimamente, es bajar el precio de la energía en las ofertas, pero subiendo a cambio los precios de las potencias de una forma desmesurada, provocando grandes problemas a muchas personas que solo miran y entienden el precio del kWh. Posteriormente se dan cuenta de que su factura es más elevada de lo que esperaban y se sienten engañados, volviendo muchos de ellos al mercado regulado.
La comercializadora no hace nada con las potencias contratadas. Solo tiene la obligación de pagar ese concepto cada mes a la distribuidora. Es un concepto que está regulado y tiene un valor fijo por kW contratado y por año.
Por todo ello solicitamos los siguientes cambios en la regulación de las tarifas y facturas eléctricas:
- No permitir cobrar ningún tipo de margen por los 7 conceptos regulados y enumerados anteriormente, ni por ningún otro nuevo concepto regulado que pueda aparecer en el futuro.
- Definir el concepto de tarifa transparente, como una tarifa donde el único concepto que puede cambiar entre diferentes tarifas esté relacionado con los tramos horarios y los precios para cada tramo, así como los precios de los excedentes y las condiciones de compensación de excedentes para los clientes con autoconsumo. Este tipo de tarifas tampoco permitirá conceptos como cuotas de servicio, seguros u otros servicios adicionales. Tampoco permitirá incluir en el precio ningún tipo de descuento, ya que algunas comercializadoras luego exigen la devolución de esos descuentos si el cliente no permanece con ellos durante un año.
- Que el comparador de tarifas de la CNMC solo muestre tarifas transparentes, ya que el resto de tarifas pueden tener cláusulas abusivas en la letra pequeña, y por lo tanto hay que evitar recomendar este tipo de malas prácticas.
De esta forma sería mucho más fácil comparar tarifas, simplemente comparando los precios de la energía en las diferentes franjas definidas en cada tarifa.
El margen de las comercializadoras estáría única y exclusivamente en el precio de la energía, aunque en caso de disponer de autoconsumo también estaría en el precio de los excedentes y en las condiciones de compensación de los mismos.
En el caso de las tarifas indexadas, donde es imposible fijar los precios, el margen estaría en el precio de la energía, pero a través del concepto que se denomina FEE (cuota o margen), de forma que si quisieramos comparar entre diferentes tarifas indexadas en principio solo deberíamos comparar el FEE, aunque en la práctica las tarifas indexadas pueden tener otras pequeñas diferencias, como el tema de los desvíos de las comercializadoras. Para estos casos también sería adecuado definir una fórmula estándar para las tarifas indexadas, que deberían cumplir todas las comercializadoras, donde habría muy pocos parámetros que dependerían única y exclusivamente de cada comercializadora.
El objetivo de esta propuesta es poder comparar fácilmente entre los diferentes tipos de tarifas sin encontrarse con sorpresas posteriormente.

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Petición creada en 10 de julio de 2023
