No a los Doping Positivos en el Atletismo de Córdoba ni en ningún lugar del país.


No a los Doping Positivos en el Atletismo de Córdoba ni en ningún lugar del país.
La causa
SI ELLOS VAN, YO NO VOY”
Cada firma expresa la decisión individual de no participar en competencias donde se permita competir a atletas con sanciones antidopaje vigentes, en defensa de la integridad del atletismo y de los derechos de quienes compiten respetando las normas.
Esta campaña de firmas digitales se impulsa para exigir el cumplimiento efectivo de las sanciones antidopaje, conforme al Código Mundial Antidopaje (WADA) y a las Reglas Antidopaje de World Athletics, que son de aplicación obligatoria para todas las federaciones, asociaciones y eventos deportivos, independientemente de que las competencias sean federadas, no federadas, por puntos o recreativas.
La Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, ratificada por más de 190 Estados, busca garantizar la igualdad de condiciones para todos los atletas y proteger los valores, la ética y la integridad del deporte. Uno de sus objetivos es precisamente promover medidas que aseguren que normas como las sanciones antidopaje se cumplan y se hagan cumplir a todos los niveles competitivos.
Según el Código Mundial Antidopaje, las consecuencias de una infracción incluyen, entre otras, suspensión que prohíbe competir, recibir premios o beneficios económicos durante el período de inelegibilidad.
Normas claras del Código Mundial Antidopaje
El Código Mundial Antidopaje señala que la infracción de normas puede suponer:
Suspensión que prohíbe al Deportista participar en cualquier competencia o actividad deportiva durante el período de sanción.
Prohibición de recibir premios, puntos o beneficios económicos derivados de su participación en eventos.
Estas consecuencias se aplican sin excepción, y la sanción no distingue si la prueba es federada, no federada, por puntos o recreativa: la inelegibilidad solo termina cuando la sanción ha sido cumplida según lo establecido en las reglas antidopaje.
Permitir que una atleta con sanción vigente:
compita en carreras,
comparta podios con atletas de alto nivel o olímpicos,
y perciba premios económicos,
no solo contradice el espíritu del deporte limpio, sino que viola expresamente las normas internacionales, dado que facilitar su participación y permitirle obtener beneficios económicos constituye una forma de ayuda prohibida durante la inelegibilidad y contraviene la obligación de aplicar sanciones de forma efectiva.
Daños concretos al deporte nacional
Perjuicio a atletas limpios
Cuando se permite que un atleta sancionado compita y gane premios:
Lesiona directamente los derechos de los atletas que compiten de forma limpia y conforme a las reglas.
Reduce las oportunidades legítimas de premios, posiciones y reconocimientos para quienes respetan la normativa.
Credibilidad institucional y riesgo para la Confederación Argentina de Atletismo
El sistema antidopaje global existe precisamente para proteger la integridad del deporte y la confianza pública en su transparencia. El hecho de que un organismo no haga cumplir sanciones claramente establecidas puede:
debilitar la credibilidad de las instituciones locales,
generar cuestionamientos internacionales sobre la capacidad de la Confederación Argentina de Atletismo para aplicar reglas que son de cumplimiento obligatorio para todas las federaciones signatarias del Código Mundial Antidopaje,
y afectar la participación de atletas argentinos en competencias internacionales si se percibe que no existe una aplicación efectiva de las normas de equidad y control.
Demandas de la campaña
Esta campaña no es un ataque personal, sino una demanda por:
✔ Que se respete y aplique el Código Mundial Antidopaje en su totalidad.
✔ Que las entidades organizadoras, clubes y federaciones asuman su responsabilidad de verificar sanciones vigentes antes de permitir la participación de cualquier atleta.
✔ Que no se sigan legitimando situaciones que vulneran la igualdad de condiciones y los valores fundamentales del deporte competitivo.
El deporte limpio no es opcional. Las sanciones deben cumplirse

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La causa
SI ELLOS VAN, YO NO VOY”
Cada firma expresa la decisión individual de no participar en competencias donde se permita competir a atletas con sanciones antidopaje vigentes, en defensa de la integridad del atletismo y de los derechos de quienes compiten respetando las normas.
Esta campaña de firmas digitales se impulsa para exigir el cumplimiento efectivo de las sanciones antidopaje, conforme al Código Mundial Antidopaje (WADA) y a las Reglas Antidopaje de World Athletics, que son de aplicación obligatoria para todas las federaciones, asociaciones y eventos deportivos, independientemente de que las competencias sean federadas, no federadas, por puntos o recreativas.
La Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, ratificada por más de 190 Estados, busca garantizar la igualdad de condiciones para todos los atletas y proteger los valores, la ética y la integridad del deporte. Uno de sus objetivos es precisamente promover medidas que aseguren que normas como las sanciones antidopaje se cumplan y se hagan cumplir a todos los niveles competitivos.
Según el Código Mundial Antidopaje, las consecuencias de una infracción incluyen, entre otras, suspensión que prohíbe competir, recibir premios o beneficios económicos durante el período de inelegibilidad.
Normas claras del Código Mundial Antidopaje
El Código Mundial Antidopaje señala que la infracción de normas puede suponer:
Suspensión que prohíbe al Deportista participar en cualquier competencia o actividad deportiva durante el período de sanción.
Prohibición de recibir premios, puntos o beneficios económicos derivados de su participación en eventos.
Estas consecuencias se aplican sin excepción, y la sanción no distingue si la prueba es federada, no federada, por puntos o recreativa: la inelegibilidad solo termina cuando la sanción ha sido cumplida según lo establecido en las reglas antidopaje.
Permitir que una atleta con sanción vigente:
compita en carreras,
comparta podios con atletas de alto nivel o olímpicos,
y perciba premios económicos,
no solo contradice el espíritu del deporte limpio, sino que viola expresamente las normas internacionales, dado que facilitar su participación y permitirle obtener beneficios económicos constituye una forma de ayuda prohibida durante la inelegibilidad y contraviene la obligación de aplicar sanciones de forma efectiva.
Daños concretos al deporte nacional
Perjuicio a atletas limpios
Cuando se permite que un atleta sancionado compita y gane premios:
Lesiona directamente los derechos de los atletas que compiten de forma limpia y conforme a las reglas.
Reduce las oportunidades legítimas de premios, posiciones y reconocimientos para quienes respetan la normativa.
Credibilidad institucional y riesgo para la Confederación Argentina de Atletismo
El sistema antidopaje global existe precisamente para proteger la integridad del deporte y la confianza pública en su transparencia. El hecho de que un organismo no haga cumplir sanciones claramente establecidas puede:
debilitar la credibilidad de las instituciones locales,
generar cuestionamientos internacionales sobre la capacidad de la Confederación Argentina de Atletismo para aplicar reglas que son de cumplimiento obligatorio para todas las federaciones signatarias del Código Mundial Antidopaje,
y afectar la participación de atletas argentinos en competencias internacionales si se percibe que no existe una aplicación efectiva de las normas de equidad y control.
Demandas de la campaña
Esta campaña no es un ataque personal, sino una demanda por:
✔ Que se respete y aplique el Código Mundial Antidopaje en su totalidad.
✔ Que las entidades organizadoras, clubes y federaciones asuman su responsabilidad de verificar sanciones vigentes antes de permitir la participación de cualquier atleta.
✔ Que no se sigan legitimando situaciones que vulneran la igualdad de condiciones y los valores fundamentales del deporte competitivo.
El deporte limpio no es opcional. Las sanciones deben cumplirse

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Las voces de los firmantes
Petición creada en 13 de enero de 2026