Remitir la denuncia impuesta contra la Ministra y el viceministro de salud de Panamá

Remitir la denuncia impuesta contra la Ministra y el viceministro de salud de Panamá

La causa

Esta petición es para levantar la voz del pueblo panameño y nuestro descontento con la denuncia penal impuesta ante el ministerio público por el abogado Roberto  Ruíz Díaz contra la ministra de salud Turner y el viceministro de salud Sucre, por el presunto delito de abuso de autoridad al re-establecer en gaceta oficial los lineamientos para la contención de la propagación del virus SARS-2 o COVID-19. El abogado alega que las medidas tomadas son discriminatorias y carentes de validez legal, entre otras cosas.

El pueblo panameño está consiente que es necesario que el RT sea bajado a 1 o menos lo que no ha sucedido en las provincias de mayor densidad de población, por lo que se requiere seguir medidas más estrictas para que baje el porcentaje de contagios y podamos volver a nuestras jornadas, y tratar en lo posible de que nuestras familias no salgan afectadas, así como nuestros ancianos, por negligencia de algunos, sólo por querer que las medidas sean levantadas antes del tiempo prudencial necesario. Esto sólo traería una propagación mayor del virus y un desequilibrio en el sistema de salud, al punto de colapso. Nuestro país no lo resistiría, y sería más complicado levantar la economía después de este colapso, pues necesitaríamos mayor tiempo para recuperarnos como país. 

El contagio del virus no mira raza, religión ni género, por lo que el pueblo panameño considera que no es discriminatorio las restricciones impuestas de forma demográfica, ( si fuese así, entonces sería discriminatorio las visas, y también lo que hacen los otros países al no permitir el acceso de personas ajenas a sus territorios en este momento por el nuevo SARS).

El código sanitario de Panamá establece en la Ley 66 del 10 de noviembre de 1947, capítulo segundo, artículo quinto (5°), en el primer numeral, donde queda establecido una de las atribuciones u obligaciones del ministerio de salud:

1°: Estudiar y resolver todo problema nacional de orden político, social o económico, que pueda afectar la salud; y, en primer término, dar la orientación y los lineamientos generales de la acción oficial del gobierno frente a tales problemas. 

Entendemos que los ministros no se están extralimitando de sus funciones, sino que es su obligación dictar los lineamientos para resolver las situación que enfrentamos, y que además lo están haciendo todo lo que está en sus manos , así como los médicos, enfermeros, auxiliares, y muchos otros, para atender a la población. Si no hay salud no hay economía.

Firmamos para que sea revocada la denuncia mencionada y hacer notorio que estamos de acuerdo con las decisiones tomadas por el ministerio de salud y sus directores ya que la constitución y el código sanitario los respaldan. Que ninguna persona que no sea idónea en salud pública o epidemiología, pueda tomar decisiones por el pueblo panameño ni por su salud.

Foto tomada del periódico La Prensa.

Esta petición conseguió 42 firmas

La causa

Esta petición es para levantar la voz del pueblo panameño y nuestro descontento con la denuncia penal impuesta ante el ministerio público por el abogado Roberto  Ruíz Díaz contra la ministra de salud Turner y el viceministro de salud Sucre, por el presunto delito de abuso de autoridad al re-establecer en gaceta oficial los lineamientos para la contención de la propagación del virus SARS-2 o COVID-19. El abogado alega que las medidas tomadas son discriminatorias y carentes de validez legal, entre otras cosas.

El pueblo panameño está consiente que es necesario que el RT sea bajado a 1 o menos lo que no ha sucedido en las provincias de mayor densidad de población, por lo que se requiere seguir medidas más estrictas para que baje el porcentaje de contagios y podamos volver a nuestras jornadas, y tratar en lo posible de que nuestras familias no salgan afectadas, así como nuestros ancianos, por negligencia de algunos, sólo por querer que las medidas sean levantadas antes del tiempo prudencial necesario. Esto sólo traería una propagación mayor del virus y un desequilibrio en el sistema de salud, al punto de colapso. Nuestro país no lo resistiría, y sería más complicado levantar la economía después de este colapso, pues necesitaríamos mayor tiempo para recuperarnos como país. 

El contagio del virus no mira raza, religión ni género, por lo que el pueblo panameño considera que no es discriminatorio las restricciones impuestas de forma demográfica, ( si fuese así, entonces sería discriminatorio las visas, y también lo que hacen los otros países al no permitir el acceso de personas ajenas a sus territorios en este momento por el nuevo SARS).

El código sanitario de Panamá establece en la Ley 66 del 10 de noviembre de 1947, capítulo segundo, artículo quinto (5°), en el primer numeral, donde queda establecido una de las atribuciones u obligaciones del ministerio de salud:

1°: Estudiar y resolver todo problema nacional de orden político, social o económico, que pueda afectar la salud; y, en primer término, dar la orientación y los lineamientos generales de la acción oficial del gobierno frente a tales problemas. 

Entendemos que los ministros no se están extralimitando de sus funciones, sino que es su obligación dictar los lineamientos para resolver las situación que enfrentamos, y que además lo están haciendo todo lo que está en sus manos , así como los médicos, enfermeros, auxiliares, y muchos otros, para atender a la población. Si no hay salud no hay economía.

Firmamos para que sea revocada la denuncia mencionada y hacer notorio que estamos de acuerdo con las decisiones tomadas por el ministerio de salud y sus directores ya que la constitución y el código sanitario los respaldan. Que ninguna persona que no sea idónea en salud pública o epidemiología, pueda tomar decisiones por el pueblo panameño ni por su salud.

Foto tomada del periódico La Prensa.

Los tomadores de decisiones

Secretaria General de la Nación
Secretaria General de la Nación

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