AUMENTAR EL MONTO DE ASISTENCIA ECONÓMICA PARA VICTIMAS INDIRECTAS DE FEMINICIDIO

AUMENTAR EL MONTO DE ASISTENCIA ECONÓMICA PARA VICTIMAS INDIRECTAS DE FEMINICIDIO

La causa

El Estado Peruano ha elaborado protocolos, estrategias, emite normativas, sin embargo las víctimas directas siguen siendo invisibles. Los niños, niñas, personas adultas mayores, personas mayores dependientes de la victimas aún siguen sin contar con el apoyo correspondiente por parte de los sectores respectivos. Mediante Decreto de Urgencia 005-2020 y Decreto Supremo 001-2020-MIMP se han establecido los requisitos y el monto de la asistencia económica, los cuales van a generar mas burocracia, dificultades y el monto es austero. Asimismo, es de preocupación que el destino de dicha asistencia debe ser enfocada para las acciones que son de obligación ejecutar por parte del Estado. Es por ello que es necesario aumentar el monto y modificar algunos artículos de dichas normativas, para que realmente sea beneficioso para las víctimas directas de feminicidio. 

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La causa

El Estado Peruano ha elaborado protocolos, estrategias, emite normativas, sin embargo las víctimas directas siguen siendo invisibles. Los niños, niñas, personas adultas mayores, personas mayores dependientes de la victimas aún siguen sin contar con el apoyo correspondiente por parte de los sectores respectivos. Mediante Decreto de Urgencia 005-2020 y Decreto Supremo 001-2020-MIMP se han establecido los requisitos y el monto de la asistencia económica, los cuales van a generar mas burocracia, dificultades y el monto es austero. Asimismo, es de preocupación que el destino de dicha asistencia debe ser enfocada para las acciones que son de obligación ejecutar por parte del Estado. Es por ello que es necesario aumentar el monto y modificar algunos artículos de dichas normativas, para que realmente sea beneficioso para las víctimas directas de feminicidio. 

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