

Que se pueda seguir aprobando con un 5 en las EOI
El problema
El pasado día 12 de enero de 2019 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
Su artículo 4.4 dice lo siguiente:
“Siguiendo las indicaciones del Consejo de Europa sobre el uso adecuado del Portfolio Europeo de las Lenguas y del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, para superar la prueba de competencia general será necesario obtener una puntuación mínima correspondiente al sesenta y cinco por ciento de la puntuación total por prueba. Asimismo, para superar la prueba de competencia general, será necesario superar cada una de las cinco partes de las que consta dicha prueba con una puntuación mínima del cincuenta por ciento con respecto a la puntuación total por cada parte.”
Es decir, que se establece la obligatoriedad de obtener 6 puntos y medio como mínimo en el total de la prueba para que esta sea superada, algo a los que nos oponemos totalmente el conjunto de alumnos de las Escuelas Oficiales de Idiomas, debido a la desproporcionalidad e injusticia de la medida, teniendo en cuenta que muchos de nosotros debemos obtener los certificados de los distintos niveles por motivos profesionales. Por ello, solicitamos que la puntuación para aprobar se mantenga en los 5 puntos, como se viene evaluando hasta ahora.
Teniendo también en cuenta a las personas que cursan estudios en las diversas EOI no por motivos profesionales sino por afición, y al amparo del artículo 3.4 del mismo Real Decreto, solicitamos que, si la puntuación exigida para aprobar no se modifica (o se modifica en una cuantía de puntos menor a la solicitada), se introduzcan en la normativa de evaluación dos finalidades distintas de los exámenes:
- Obtención de certificado oficial de nivel, para lo cual sería necesaria la puntuación que se establezca.
- Promoción al curso siguiente, para lo cual sería suficiente obtener cinco puntos en cada destreza como se ha venido evaluando hasta ahora.
El problema
El pasado día 12 de enero de 2019 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
Su artículo 4.4 dice lo siguiente:
“Siguiendo las indicaciones del Consejo de Europa sobre el uso adecuado del Portfolio Europeo de las Lenguas y del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, para superar la prueba de competencia general será necesario obtener una puntuación mínima correspondiente al sesenta y cinco por ciento de la puntuación total por prueba. Asimismo, para superar la prueba de competencia general, será necesario superar cada una de las cinco partes de las que consta dicha prueba con una puntuación mínima del cincuenta por ciento con respecto a la puntuación total por cada parte.”
Es decir, que se establece la obligatoriedad de obtener 6 puntos y medio como mínimo en el total de la prueba para que esta sea superada, algo a los que nos oponemos totalmente el conjunto de alumnos de las Escuelas Oficiales de Idiomas, debido a la desproporcionalidad e injusticia de la medida, teniendo en cuenta que muchos de nosotros debemos obtener los certificados de los distintos niveles por motivos profesionales. Por ello, solicitamos que la puntuación para aprobar se mantenga en los 5 puntos, como se viene evaluando hasta ahora.
Teniendo también en cuenta a las personas que cursan estudios en las diversas EOI no por motivos profesionales sino por afición, y al amparo del artículo 3.4 del mismo Real Decreto, solicitamos que, si la puntuación exigida para aprobar no se modifica (o se modifica en una cuantía de puntos menor a la solicitada), se introduzcan en la normativa de evaluación dos finalidades distintas de los exámenes:
- Obtención de certificado oficial de nivel, para lo cual sería necesaria la puntuación que se establezca.
- Promoción al curso siguiente, para lo cual sería suficiente obtener cinco puntos en cada destreza como se ha venido evaluando hasta ahora.
Los destinatarios de la petición
Actualizaciones de la petición
Compartir esta petición
Petición creada en 27 de mayo de 2019