Memorial en Oposición al PC 2170 “Ley Reguladora de la Profesión de la Danza en P​.​R.”

The Issue

6 de junio de 2024

 

A: Comisión de Educación Arte y Cultura

Cámara de Representantes de Puerto Rico 

Senado de Puerto Rico

Secretaría de la Gobernación, La Fortaleza

Estado Libre Asociado Puerto Rico

San Juan, Puerto Rico

 

Memorial en Oposición al Proyecto de Ley PC2170

“Ley Reguladora de la Profesión de la Danza en Puerto Rico”

 

Precisamente porque la danza es parte de la expresión artística y del movimiento corporal desde tiempos inmemoriales, su manifestación ha evolucionado reflejando, y moldearla podría resultar un atentado contra la libertad de expresión del ser humano. Su presencia en las dimensiones religiosas y seculares traen en sí misma regulaciones milenarias que han ido regulándose de forma casi inherente. En el caso de nuestra realidad insular puertorriqueña, la danza presente en la cultura taína, negra y en la española se fusionaron y dieron como resultado nuevas formas de movimientos y expresiones ricas en simbolismos y metáforas que el o la artista comunica a su audiencia, siendo ese su reto mayor. La danza es un lenguaje nacional y universal, local y global.

Ahora bien, los artistas dedicados a la danza, profesionales o aficionados, han enfrentado desde siempre precariedad económica, explotación laboral, condiciones laborales asalariadas o voluntarias que atentan contra la dignidad humana, en eso creemos que muchos coincidimos. La remuneración de la danza, debe ir a la par con la preparación física, mental, sociocultural y hasta espiritual requerida para ejecutar en excelencia. Siendo ello así, se puede decir que la intención legislativa plasmada en el Proyecto de la Cámara 2170 refleja esta realidad que necesita ser atendida de las condiciones laborales precarias a las que se enfrentan los bailarines. Por tanto, si este proyecto de ley va dirigido a mejorar las condiciones de trabajo del bailarín o bailarina, que tome en cuenta todos esos factores que inciden en la ejecución artística de manera holística y particular, balanceada, humana, justa, equitativa y verdaderamente democrática le daríamos la bienvenida. Sin embargo, este no es el caso debido a que lo que se percibe de la ley en sí es una carga onerosa para los bailarines.

Nos dirigimos a ustedes en representación de una amplia comunidad de bailarines, coreógrafos, educadores y aficionados a la danza en Puerto Rico, para expresar nuestra profunda preocupación y oposición a aquellos elementos del Proyecto de Ley PC2170, presentado por la señora Ramos Rivera, que propone crear la “Ley Reguladora de la Profesión de la Danza en Puerto Rico”. Reconocemos y apreciamos el interés de la Asamblea Legislativa por abordar la importancia de la danza como una forma de expresión cultural y artística vital para nuestra sociedad. Sin embargo, creemos que el proyecto de ley, tal como está redactado, contiene disposiciones que no sólo son irrespetuosas y maltratantes hacia los profesionales de la danza, sino que también introducen una burocracia innecesaria y abusiva que podría tener consecuencias negativas graves para el desarrollo y la práctica de esta disciplina en Puerto Rico.

 

Denuncias e Ideas sobre el Proyecto de Ley PC2170

 

I.      Excesiva Burocratización de la Profesión

La creación del Consejo Regulador de la Danza es como una Junta Examinadora de Danzantes, donde comienza por colocar al gobierno de turno a velar por las expresiones artísticas que se puedan o no representar en los espectáculos privados o públicos y eso en una democracia artística y política como la nuestra es inadmisible. Crear un registro de bailarines profesionales, establece que alguien debe definir que es profesional de aquello que no lo es. Esto es una afrenta contra personas talentosas que nunca han pasado por la academia y que pueden participar muy acertadamente de las manifestaciones artísticas diversas que ocurren a lo largo y a lo ancho de nuestra isla. En resumen, la propuesta Junta Reguladora de la Danza añade una capa adicional de burocracia que complicaría innecesariamente la práctica profesional de la danza. Se presta también para una censura de ejecución a personas profesionales o aficionados a la danza cuya actuación pueda no considerarse ni artística ni cultural dentro de los parámetros de ese cuerpo directivo. 

 

II.    Criterios Profesionales y Certificaciones

La exigencia de certificaciones emitidas por entidades educativas acreditadas puede excluir a muchos bailarines de ambos sexos, talentosos, creativos, inteligentes y experimentados que han aprendido y perfeccionado su arte fuera del ámbito académico formal o tradicional. Este criterio tiende a ser limitante, presenta un riesgo de hacer de nuestro gremio uno de corte elitista y clasista. La aplicación de este criterio del PC 2170 puede estar desconsiderando la diversidad de trayectorias y formas de aprendizaje en el mundo de la danza. Dicho de otra manera, los múltiples requisitos esbozados por el este proyecto de ley para obtener y renovar la certificación pueden atentar contra el acceso a diferentes comunidades al mundo del baile. En cuanto al renglón que destaca que la depravación moral o las exposiciones obscenas puede ser un criterio para la suspensión o revocación de la misma, comentamos lo siguiente. Sabemos que la moral, aclarando que hacemos referencia a aquello que no atente contra la vida y propiedad, lo que se considera correcto o incorrecto puede depender de la visión de mundo que tenga otra persona.  Colocar la depravación moral a la altura de un delito puede ser muy peligroso por la naturaleza relativa de su aplicación como elemento de suspensión o revocación de licencia profesional del danzante. Este poder de reglamentación en manos de un Consejo, representa un control excesivo del Estado que podría limitar la libertad artística y profesional de los bailarines y bailarinas.

 

III.  Impacto Económico Negativo:

La imposición de cargos por la certificación y su renovación añade una carga financiera adicional para los bailarines, muchos de los cuales ya enfrentan precariedad laboral y bajos ingresos, pues este renglón no está reglamentado por ley alguna, Como lo reconoce el propio PC 2170. Sin embargo, el costo de las medidas recomendadas en lugar de aliviar estas dificultades, la ley propuesta podría empeorarlas, desincentivando a los bailarines a ejercer o continuar su profesión en Puerto Rico. Esto es así al fijar una cuota compulsoria por certificación y unas sanciones económicas por no cumplirlas. Además, el proyecto exige un seguro de salud, en la carencia de un uno de índole universal, recae en la reforma de salud o en uno privado. El primero, no necesariamente cumple con los riesgos y necesidades de un bailarín. El segundo sugiere que salga del maltrecho bolsillo del artista, lo que afirma que el impacto económico del proyecto lejos de favorecer las finanzas de éste o ésta, las empobrezca.

 

IV.  Regulación de Condiciones Laborales

Si bien el proyecto de ley menciona se propone mejorar las condiciones laborales, no ofrece soluciones claras ni viables para los problemas actuales. No define las regulaciones propuestas, por lo que podrían ser insuficientes o inaplicables, especialmente para los bailarines independientes y aquellos que trabajan en sectores menos formales. Además, delega poderes sumamente amplios a un grupo limitado de personas que ni se indica cómo es que serán seleccionados. 

 

V.    Promoción de la Inclusión y Diversidad

Aunque el proyecto menciona la promoción de la inclusión y la diversidad de personas de todos los sectores, preferencias y manifestaciones, es decir, evitar la discriminación, la realidad es una muy diferente. De entrada el proyecto excluye a personas que tengan un trasfondo delictivo al exigir que se presente un certificado de antecedentes penales para poder obtener la certificación requerida para ejercer profesionalmente la danza. Además, excluye a menores de edad que no cumplen con el requisito de tener más de 18 años. La implantación de criterios estrictos y un enfoque centralizado puede tener el efecto contrario, excluyendo a aquellos que no cumplen con las nuevas normativas estrictas pero que aportan una rica diversidad al panorama de la danza en Puerto Rico.

 

Posibles consecuencias potenciales del Proyecto de Ley PC2170

 

I.      Restricción del Acceso a la Profesión:

La ley propuesta podría restringir el acceso a la profesión, limitando la entrada a nuevos talentos y forzando a los profesionales actuales a abandonar la práctica debido a lo previamente esbozado, a saber: la carga burocrática, requisitos educativos impuestos y obligatoriedad económica.

 

II.    Desalentar la Creación Artística

La burocracia excesiva, las nuevas regulaciones y requisitos económicos, como ya se ha mencionado podrían desincentivar la creación artística de los miembros del gremio. Esto puede conllevar una disminución en la innovación y el desarrollo de nuevas formas de expresión en la danza.

 

III.  Erosión de la Cultura y la Diversidad

Al imponer estándares uniformes, estrictos, rígidos, específicos y desalentar la creación artística este proyecto de convertirse ley puede también reducir la diversidad de estilos y prácticas de danza. Esto disminuye la aportación de cada artista al acervo cultural nacional e internacional. Esto nos sigue empequeñeciendo frente a la aportación de todos los países del mundo, que no tienen estás restricciones.

 

Solicitud de Revisión y Alternativas Propuestas

 

Pedimos respetuosamente que este proyecto de ley sea revisado y reconsiderado. Sugerimos la creación de un grupo de trabajo que incluya a representantes de la comunidad de danza para desarrollar un marco regulatorio que verdaderamente apoye y fortalezca a los bailarines, sin imponer cargas innecesarias. Proponemos enfocarnos en:

 

1.     Iniciativas de Apoyo Financiero y de Infraestructura

Ello se podría lograr asignando una mayor cantidad de fondos económicos al Instituto de Cultura Puertorriqueña y que sea esta la entidad que canalice los apoyos económicos que viabilice los proyectos de danza, en todo el archipiélago puertorriqueño. También que reciba las solicitudes becas y subvenciones que ayuden a los bailarines a desarrollar sus carreras sin restricciones financieras excesivas.

 

2.     Programas de Capacitación y Educación Amplia

Qué sea el Instituto de Cultura Puertorriqueña quien implante programas de formación continua, a costos razonables y accesibles para todos los bailarines de ambos sexos. Se debe diseñar un currículo actualizado en la realidad mundial de la danza. La clase artística de danzantes boricuas deben abrirse al conocimiento y a prácticas de nivel mundial para que el acervo sea verdaderamente inclusivo y holístico.

 

3.     Protección de Derechos Laborales sin Excesiva Burocracia:

Se deben crear leyes que mejoren las condiciones laborales a través de políticas claras y aplicables a todos los integrantes del gremio de danzantes, que no impliquen una burocracia innecesaria.

 

 

Resumimos en este memorial nuestro compromiso de reafirmar la danza y su desarrollo en Puerto Rico. Esperamos que nuestras preocupaciones sean escuchadas y abordadas de manera constructiva, amplia desde el Instituto de Cultura Puertorriqueña y no desde una Junta Reguladora.

 

Respetuosamente,

 

Bailarines de Puerto Rico Unidxs

 

Contacto:

Josué Carrasquillo Zavala “Josh Vega”

Bailarin, Actor y Modelo

(787) 595-3508

 

Lic. Astrid Burgos

Directora de YunqueMar

Instituto de Danza y Artes

(787) 506-3888

 

Militza “Michi” Arzola

Fundadora y Directora de LabJazz PR

(787) 380‑6454

 

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Senado de Puerto Rico

Secretaría de la Gobernación, La Fortaleza

Estado Libre Asociado Puerto Rico

San Juan, Puerto Rico

 

Memorial en Oposición al Proyecto de Ley PC2170

“Ley Reguladora de la Profesión de la Danza en Puerto Rico”

 

Precisamente porque la danza es parte de la expresión artística y del movimiento corporal desde tiempos inmemoriales, su manifestación ha evolucionado reflejando, y moldearla podría resultar un atentado contra la libertad de expresión del ser humano. Su presencia en las dimensiones religiosas y seculares traen en sí misma regulaciones milenarias que han ido regulándose de forma casi inherente. En el caso de nuestra realidad insular puertorriqueña, la danza presente en la cultura taína, negra y en la española se fusionaron y dieron como resultado nuevas formas de movimientos y expresiones ricas en simbolismos y metáforas que el o la artista comunica a su audiencia, siendo ese su reto mayor. La danza es un lenguaje nacional y universal, local y global.

Ahora bien, los artistas dedicados a la danza, profesionales o aficionados, han enfrentado desde siempre precariedad económica, explotación laboral, condiciones laborales asalariadas o voluntarias que atentan contra la dignidad humana, en eso creemos que muchos coincidimos. La remuneración de la danza, debe ir a la par con la preparación física, mental, sociocultural y hasta espiritual requerida para ejecutar en excelencia. Siendo ello así, se puede decir que la intención legislativa plasmada en el Proyecto de la Cámara 2170 refleja esta realidad que necesita ser atendida de las condiciones laborales precarias a las que se enfrentan los bailarines. Por tanto, si este proyecto de ley va dirigido a mejorar las condiciones de trabajo del bailarín o bailarina, que tome en cuenta todos esos factores que inciden en la ejecución artística de manera holística y particular, balanceada, humana, justa, equitativa y verdaderamente democrática le daríamos la bienvenida. Sin embargo, este no es el caso debido a que lo que se percibe de la ley en sí es una carga onerosa para los bailarines.

Nos dirigimos a ustedes en representación de una amplia comunidad de bailarines, coreógrafos, educadores y aficionados a la danza en Puerto Rico, para expresar nuestra profunda preocupación y oposición a aquellos elementos del Proyecto de Ley PC2170, presentado por la señora Ramos Rivera, que propone crear la “Ley Reguladora de la Profesión de la Danza en Puerto Rico”. Reconocemos y apreciamos el interés de la Asamblea Legislativa por abordar la importancia de la danza como una forma de expresión cultural y artística vital para nuestra sociedad. Sin embargo, creemos que el proyecto de ley, tal como está redactado, contiene disposiciones que no sólo son irrespetuosas y maltratantes hacia los profesionales de la danza, sino que también introducen una burocracia innecesaria y abusiva que podría tener consecuencias negativas graves para el desarrollo y la práctica de esta disciplina en Puerto Rico.

 

Denuncias e Ideas sobre el Proyecto de Ley PC2170

 

I.      Excesiva Burocratización de la Profesión

La creación del Consejo Regulador de la Danza es como una Junta Examinadora de Danzantes, donde comienza por colocar al gobierno de turno a velar por las expresiones artísticas que se puedan o no representar en los espectáculos privados o públicos y eso en una democracia artística y política como la nuestra es inadmisible. Crear un registro de bailarines profesionales, establece que alguien debe definir que es profesional de aquello que no lo es. Esto es una afrenta contra personas talentosas que nunca han pasado por la academia y que pueden participar muy acertadamente de las manifestaciones artísticas diversas que ocurren a lo largo y a lo ancho de nuestra isla. En resumen, la propuesta Junta Reguladora de la Danza añade una capa adicional de burocracia que complicaría innecesariamente la práctica profesional de la danza. Se presta también para una censura de ejecución a personas profesionales o aficionados a la danza cuya actuación pueda no considerarse ni artística ni cultural dentro de los parámetros de ese cuerpo directivo. 

 

II.    Criterios Profesionales y Certificaciones

La exigencia de certificaciones emitidas por entidades educativas acreditadas puede excluir a muchos bailarines de ambos sexos, talentosos, creativos, inteligentes y experimentados que han aprendido y perfeccionado su arte fuera del ámbito académico formal o tradicional. Este criterio tiende a ser limitante, presenta un riesgo de hacer de nuestro gremio uno de corte elitista y clasista. La aplicación de este criterio del PC 2170 puede estar desconsiderando la diversidad de trayectorias y formas de aprendizaje en el mundo de la danza. Dicho de otra manera, los múltiples requisitos esbozados por el este proyecto de ley para obtener y renovar la certificación pueden atentar contra el acceso a diferentes comunidades al mundo del baile. En cuanto al renglón que destaca que la depravación moral o las exposiciones obscenas puede ser un criterio para la suspensión o revocación de la misma, comentamos lo siguiente. Sabemos que la moral, aclarando que hacemos referencia a aquello que no atente contra la vida y propiedad, lo que se considera correcto o incorrecto puede depender de la visión de mundo que tenga otra persona.  Colocar la depravación moral a la altura de un delito puede ser muy peligroso por la naturaleza relativa de su aplicación como elemento de suspensión o revocación de licencia profesional del danzante. Este poder de reglamentación en manos de un Consejo, representa un control excesivo del Estado que podría limitar la libertad artística y profesional de los bailarines y bailarinas.

 

III.  Impacto Económico Negativo:

La imposición de cargos por la certificación y su renovación añade una carga financiera adicional para los bailarines, muchos de los cuales ya enfrentan precariedad laboral y bajos ingresos, pues este renglón no está reglamentado por ley alguna, Como lo reconoce el propio PC 2170. Sin embargo, el costo de las medidas recomendadas en lugar de aliviar estas dificultades, la ley propuesta podría empeorarlas, desincentivando a los bailarines a ejercer o continuar su profesión en Puerto Rico. Esto es así al fijar una cuota compulsoria por certificación y unas sanciones económicas por no cumplirlas. Además, el proyecto exige un seguro de salud, en la carencia de un uno de índole universal, recae en la reforma de salud o en uno privado. El primero, no necesariamente cumple con los riesgos y necesidades de un bailarín. El segundo sugiere que salga del maltrecho bolsillo del artista, lo que afirma que el impacto económico del proyecto lejos de favorecer las finanzas de éste o ésta, las empobrezca.

 

IV.  Regulación de Condiciones Laborales

Si bien el proyecto de ley menciona se propone mejorar las condiciones laborales, no ofrece soluciones claras ni viables para los problemas actuales. No define las regulaciones propuestas, por lo que podrían ser insuficientes o inaplicables, especialmente para los bailarines independientes y aquellos que trabajan en sectores menos formales. Además, delega poderes sumamente amplios a un grupo limitado de personas que ni se indica cómo es que serán seleccionados. 

 

V.    Promoción de la Inclusión y Diversidad

Aunque el proyecto menciona la promoción de la inclusión y la diversidad de personas de todos los sectores, preferencias y manifestaciones, es decir, evitar la discriminación, la realidad es una muy diferente. De entrada el proyecto excluye a personas que tengan un trasfondo delictivo al exigir que se presente un certificado de antecedentes penales para poder obtener la certificación requerida para ejercer profesionalmente la danza. Además, excluye a menores de edad que no cumplen con el requisito de tener más de 18 años. La implantación de criterios estrictos y un enfoque centralizado puede tener el efecto contrario, excluyendo a aquellos que no cumplen con las nuevas normativas estrictas pero que aportan una rica diversidad al panorama de la danza en Puerto Rico.

 

Posibles consecuencias potenciales del Proyecto de Ley PC2170

 

I.      Restricción del Acceso a la Profesión:

La ley propuesta podría restringir el acceso a la profesión, limitando la entrada a nuevos talentos y forzando a los profesionales actuales a abandonar la práctica debido a lo previamente esbozado, a saber: la carga burocrática, requisitos educativos impuestos y obligatoriedad económica.

 

II.    Desalentar la Creación Artística

La burocracia excesiva, las nuevas regulaciones y requisitos económicos, como ya se ha mencionado podrían desincentivar la creación artística de los miembros del gremio. Esto puede conllevar una disminución en la innovación y el desarrollo de nuevas formas de expresión en la danza.

 

III.  Erosión de la Cultura y la Diversidad

Al imponer estándares uniformes, estrictos, rígidos, específicos y desalentar la creación artística este proyecto de convertirse ley puede también reducir la diversidad de estilos y prácticas de danza. Esto disminuye la aportación de cada artista al acervo cultural nacional e internacional. Esto nos sigue empequeñeciendo frente a la aportación de todos los países del mundo, que no tienen estás restricciones.

 

Solicitud de Revisión y Alternativas Propuestas

 

Pedimos respetuosamente que este proyecto de ley sea revisado y reconsiderado. Sugerimos la creación de un grupo de trabajo que incluya a representantes de la comunidad de danza para desarrollar un marco regulatorio que verdaderamente apoye y fortalezca a los bailarines, sin imponer cargas innecesarias. Proponemos enfocarnos en:

 

1.     Iniciativas de Apoyo Financiero y de Infraestructura

Ello se podría lograr asignando una mayor cantidad de fondos económicos al Instituto de Cultura Puertorriqueña y que sea esta la entidad que canalice los apoyos económicos que viabilice los proyectos de danza, en todo el archipiélago puertorriqueño. También que reciba las solicitudes becas y subvenciones que ayuden a los bailarines a desarrollar sus carreras sin restricciones financieras excesivas.

 

2.     Programas de Capacitación y Educación Amplia

Qué sea el Instituto de Cultura Puertorriqueña quien implante programas de formación continua, a costos razonables y accesibles para todos los bailarines de ambos sexos. Se debe diseñar un currículo actualizado en la realidad mundial de la danza. La clase artística de danzantes boricuas deben abrirse al conocimiento y a prácticas de nivel mundial para que el acervo sea verdaderamente inclusivo y holístico.

 

3.     Protección de Derechos Laborales sin Excesiva Burocracia:

Se deben crear leyes que mejoren las condiciones laborales a través de políticas claras y aplicables a todos los integrantes del gremio de danzantes, que no impliquen una burocracia innecesaria.

 

 

Resumimos en este memorial nuestro compromiso de reafirmar la danza y su desarrollo en Puerto Rico. Esperamos que nuestras preocupaciones sean escuchadas y abordadas de manera constructiva, amplia desde el Instituto de Cultura Puertorriqueña y no desde una Junta Reguladora.

 

Respetuosamente,

 

Bailarines de Puerto Rico Unidxs

 

Contacto:

Josué Carrasquillo Zavala “Josh Vega”

Bailarin, Actor y Modelo

(787) 595-3508

 

Lic. Astrid Burgos

Directora de YunqueMar

Instituto de Danza y Artes

(787) 506-3888

 

Militza “Michi” Arzola

Fundadora y Directora de LabJazz PR

(787) 380‑6454

 

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