ALTO a la contaminación por aguas negras de la CESPE, acciones inmediatas del gobierno Ya!


ALTO a la contaminación por aguas negras de la CESPE, acciones inmediatas del gobierno Ya!
La causa
C. Marina del Pilar Ávila Olmeda.
C. Claudia Agatón Muñiz.
Es imperante que la Gobernatura del Estado de Baja California y la Presidencia Municipal de Ensenada, reconozcan como un Derecho Humano el contar con un Medio Ambiente Sano, que tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, deberán prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca nuestro marco legal.
El momento de actuar es ahora, les solicitamos asuman directamente, y de manera inmediata, la responsabilidad de dar solución a la problemática derivada del mal funcionamiento de las plantas de tratamiento de agua residual en el Municipio de Ensenada.
Adopten inmediatamente las medidas, acciones, planes, estrategias y/o técnicas-tecnologías, que recomiendan los centros de investigación y académicos con experiencia en el tratamiento de aguas residuales en nuestra entidad, como lo son la Facultad de Ciencias Marinas de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), el Instituto de Investigaciones Oceanológicas (IIO) y el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada (CICESE).
Decreten la prohibición de más autorizaciones para el desarrollo de zonas residenciales, fraccionamientos, colonias y todo tipo de desarrollos habitacionales en el Municipio de Ensenada, en tanto no se resuelva el problema del mal funcionamiento de las plantas de tratamiento de agua residual.
Hagan pública, a través del sitio en internet del Gobierno del Estado de Baja California, toda la información relacionada a la operación y funcionamiento de las plantas de tratamiento de aguas residuales, como lo son los análisis de calidad de agua que se recibe y de la que se descarga, las autorizaciones para operar y descargar las aguas residuales, los manifiestos de impacto ambiental, licencias de construcción, bitácoras de mantenimiento.
Incapacidad.
Al frente de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada (CESPE) y de la Secretaría para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua (SEPROA), se requieren perfiles con la capacidad de enfrentar el mayor reto de sus administraciones: la contaminación de arroyos, playas y humedales del Municipio de Ensenada, derivada del mal funcionamiento de las plantas de tratamiento de aguas residuales.
Afectaciones graves a la salud de las personas, al ambiente y la economía.
Los niveles de coliformes fecales y enterococos en arroyos y playas (Arroyo San Carlos, Arroyo Las Ánimas, Cañón de Doña Petra, Arroyo Cuatro Milpas-Playa California, Arroyo El Gallo-Playa Hermosa), han sobrepasado por muchas las normativas federales.
Los olores fétidos, los gases tóxicos derivados de la descomposición de la materia orgánica (CO2, metano, amoniaco y óxido nitroso), parásitos, amibas, bacterias; hacen la vida insoportable en las zonas habitacionales y escolares cercanas a las plantas de tratamiento y cárcamos en la ciudad; y ponen en riesgo permanente la salud de la ciudadanía y de la niñez.
La economía de nuestra ciudad está siendo afectada seriamente, ya que las descargas afectan áreas muy importantes para la agricultura, el turismo, la acuicultura, el deporte, la recreación y la pesca.
Resulta alarmante también el empleo de cloro por parte de la CESPE para eliminar las bacterias de las aguas residuales, ya que están generando un problema mayor a nuestro ambiente, toda vez que el agua de mar tiene naturalmente varios elementos químicos que reaccionan con el cloro, uno de ellos es el Bromo, que al reaccionar con el Cloro se genera cloruro de bromo que es un agente más reactivo que el Cloro.
Otra reacción del cloro (que es la más peligrosa) es cuando el cloro se une a los nitrógenos de la urea (orina) de las personas, generando cloraminas, que entra al torrente sanguíneo de los peces y el resultado es un paro respiratorio en los organismos. Estas toxinas son bioacumulables en peces que las personas consumen, por lo que la CESPE pone en un riesgo grave a la población, los efectos van desde problemas de asma, tiroides, enfermedades renales, hasta cáncer; esto es porque las cloraminas son citotóxicas, es decir que dañan y matan las células o los tejidos de las personas y de cualquier ser vivo.
La CESPE al utilizar el cloro está afectando seriamente al ambiente marino, a las algas, pastos marinos que son zona de anidación, refugio de especies importantes, fuente de nuestra comida y riqueza biológica, especies de importancia comercial para la pesca son afectadas, como el pulpo, moluscos, organismos filtradores, peces; la CESPE está matando la vida de nuestras costas.
Así mismo, las descargas de aguas negras están afectando áreas de gran relevancia ecológica, como lo es el Sitio Ramsar Estero de Punta Banda.
Ilícitos.
Por otra parte, la comisión de ilícitos ambientales en las materias de forestal, impacto ambiental, recursos marinos, vida silvestre y zona federal marítimo terrestre, pueden constituir la imposición de sanciones que abarcan desde lo administrativo hasta lo penal (arresto administrativo hasta por 36 horas, multas, prisión). Nuestro Código Penal Federal en su artículo 416 establece penas para quien realice, autorice u ordene la descarga de aguas residuales, el cual cito:
Artículo 416.- Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, al que ilícitamente descargue, deposite, o infiltre, lo autorice u ordene, aguas residuales, líquidos químicos o bioquímicos, desechos o contaminantes en los suelos, subsuelos, aguas marinas, ríos, cuencas, vasos o demás depósitos o corrientes de agua de competencia federal, que cause un riesgo de daño o dañe a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a la calidad del agua, a los ecosistemas o al ambiente. Cuando se trate de aguas que se encuentren depositadas, fluyan en o hacia una área natural protegida, la prisión se elevará hasta tres años más y la pena económica hasta mil días multa.
En cada violación a nuestro derecho humano a un ambiente sano, alguien actuó mal, alguien fue irresponsable, alguien incumplió sus obligaciones y eso nos afectó no sólo en el momento, sino que puede tener consecuencias de muy diverso tipo en nuestra vida y en el desarrollo de nuestra comunidad.
El momento de actuar es ahora.

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La causa
C. Marina del Pilar Ávila Olmeda.
C. Claudia Agatón Muñiz.
Es imperante que la Gobernatura del Estado de Baja California y la Presidencia Municipal de Ensenada, reconozcan como un Derecho Humano el contar con un Medio Ambiente Sano, que tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, deberán prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca nuestro marco legal.
El momento de actuar es ahora, les solicitamos asuman directamente, y de manera inmediata, la responsabilidad de dar solución a la problemática derivada del mal funcionamiento de las plantas de tratamiento de agua residual en el Municipio de Ensenada.
Adopten inmediatamente las medidas, acciones, planes, estrategias y/o técnicas-tecnologías, que recomiendan los centros de investigación y académicos con experiencia en el tratamiento de aguas residuales en nuestra entidad, como lo son la Facultad de Ciencias Marinas de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), el Instituto de Investigaciones Oceanológicas (IIO) y el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada (CICESE).
Decreten la prohibición de más autorizaciones para el desarrollo de zonas residenciales, fraccionamientos, colonias y todo tipo de desarrollos habitacionales en el Municipio de Ensenada, en tanto no se resuelva el problema del mal funcionamiento de las plantas de tratamiento de agua residual.
Hagan pública, a través del sitio en internet del Gobierno del Estado de Baja California, toda la información relacionada a la operación y funcionamiento de las plantas de tratamiento de aguas residuales, como lo son los análisis de calidad de agua que se recibe y de la que se descarga, las autorizaciones para operar y descargar las aguas residuales, los manifiestos de impacto ambiental, licencias de construcción, bitácoras de mantenimiento.
Incapacidad.
Al frente de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Ensenada (CESPE) y de la Secretaría para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua (SEPROA), se requieren perfiles con la capacidad de enfrentar el mayor reto de sus administraciones: la contaminación de arroyos, playas y humedales del Municipio de Ensenada, derivada del mal funcionamiento de las plantas de tratamiento de aguas residuales.
Afectaciones graves a la salud de las personas, al ambiente y la economía.
Los niveles de coliformes fecales y enterococos en arroyos y playas (Arroyo San Carlos, Arroyo Las Ánimas, Cañón de Doña Petra, Arroyo Cuatro Milpas-Playa California, Arroyo El Gallo-Playa Hermosa), han sobrepasado por muchas las normativas federales.
Los olores fétidos, los gases tóxicos derivados de la descomposición de la materia orgánica (CO2, metano, amoniaco y óxido nitroso), parásitos, amibas, bacterias; hacen la vida insoportable en las zonas habitacionales y escolares cercanas a las plantas de tratamiento y cárcamos en la ciudad; y ponen en riesgo permanente la salud de la ciudadanía y de la niñez.
La economía de nuestra ciudad está siendo afectada seriamente, ya que las descargas afectan áreas muy importantes para la agricultura, el turismo, la acuicultura, el deporte, la recreación y la pesca.
Resulta alarmante también el empleo de cloro por parte de la CESPE para eliminar las bacterias de las aguas residuales, ya que están generando un problema mayor a nuestro ambiente, toda vez que el agua de mar tiene naturalmente varios elementos químicos que reaccionan con el cloro, uno de ellos es el Bromo, que al reaccionar con el Cloro se genera cloruro de bromo que es un agente más reactivo que el Cloro.
Otra reacción del cloro (que es la más peligrosa) es cuando el cloro se une a los nitrógenos de la urea (orina) de las personas, generando cloraminas, que entra al torrente sanguíneo de los peces y el resultado es un paro respiratorio en los organismos. Estas toxinas son bioacumulables en peces que las personas consumen, por lo que la CESPE pone en un riesgo grave a la población, los efectos van desde problemas de asma, tiroides, enfermedades renales, hasta cáncer; esto es porque las cloraminas son citotóxicas, es decir que dañan y matan las células o los tejidos de las personas y de cualquier ser vivo.
La CESPE al utilizar el cloro está afectando seriamente al ambiente marino, a las algas, pastos marinos que son zona de anidación, refugio de especies importantes, fuente de nuestra comida y riqueza biológica, especies de importancia comercial para la pesca son afectadas, como el pulpo, moluscos, organismos filtradores, peces; la CESPE está matando la vida de nuestras costas.
Así mismo, las descargas de aguas negras están afectando áreas de gran relevancia ecológica, como lo es el Sitio Ramsar Estero de Punta Banda.
Ilícitos.
Por otra parte, la comisión de ilícitos ambientales en las materias de forestal, impacto ambiental, recursos marinos, vida silvestre y zona federal marítimo terrestre, pueden constituir la imposición de sanciones que abarcan desde lo administrativo hasta lo penal (arresto administrativo hasta por 36 horas, multas, prisión). Nuestro Código Penal Federal en su artículo 416 establece penas para quien realice, autorice u ordene la descarga de aguas residuales, el cual cito:
Artículo 416.- Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, al que ilícitamente descargue, deposite, o infiltre, lo autorice u ordene, aguas residuales, líquidos químicos o bioquímicos, desechos o contaminantes en los suelos, subsuelos, aguas marinas, ríos, cuencas, vasos o demás depósitos o corrientes de agua de competencia federal, que cause un riesgo de daño o dañe a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a la calidad del agua, a los ecosistemas o al ambiente. Cuando se trate de aguas que se encuentren depositadas, fluyan en o hacia una área natural protegida, la prisión se elevará hasta tres años más y la pena económica hasta mil días multa.
En cada violación a nuestro derecho humano a un ambiente sano, alguien actuó mal, alguien fue irresponsable, alguien incumplió sus obligaciones y eso nos afectó no sólo en el momento, sino que puede tener consecuencias de muy diverso tipo en nuestra vida y en el desarrollo de nuestra comunidad.
El momento de actuar es ahora.

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Petición creada en 12 de octubre de 2023