Por una igualdad de derechos para los ATP. Clave definitiva para 3ª y 4ª generación


Por una igualdad de derechos para los ATP. Clave definitiva para 3ª y 4ª generación
La causa
Los Asesores Técnico Pedagógico expresamos que nuestros derechos laborales han sido vulnerados tras la implementación de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (LGSCMM), se nos está coartando nuestro derecho a la superación profesional ya que, mientras a docentes y directores que se encontraban en proceso de inducción sí se les otorgó en automático la base definitiva, a los ATP en el mismo proceso se nos excluyó, aunque cumplimos con los mismos requerimientos.
Estamos siendo afectados, porque nos inscribimos a un proceso de superación profesional que culminaría con la promoción definitiva, un aumento salarial y la oportunidad de ubicarnos cerca de nuestras familias, en cambio solo recibimos incertidumbre e indiferencia de parte de nuestras autoridades oficiales y sindicales, nos ha quedado una promesa muerta. Nos afecta en lo económico porque hemos acumulado hasta cuatro años esperando el movimiento definitivo, en tanto nos mantienen con un bono compensatorio del cual nos descuentan ISR a pesar de que no se considera como parte del ingreso base ni incide en prestaciones y su porcentaje de incremento salarial es inferior al incremento que recibe el salario básico tabular, además nos deja muy lejos de la percepción económica de los compañeros que ya recibieron el alta definitiva. Nos afecta en lo familiar, porque quienes estamos en esta situación, accedimos a separarnos de nuestras familias para luchar y ofrecerles un futuro mejor, sin embargo, gracias a las nuevas leyes emitidas no hemos logrado los anhelos que nos planteamos como crecimiento profesional y de proyecto de vida.
La Estructura Ocupacional del Asesor Técnico Pedagógico se ubica en la Supervisión Escolar. Por jornada laboral y salario, la función está ubicada arriba del directivo, por funciones pedagógicas a la par; por tanto, debería estar al menos al mismo nivel del director para que, al cumplir con los requisitos de antigüedad, se promueva a supervisión y no ha dirección, como está actualmente.
Solicitamos:
1.- Que los legisladores nos consideren dentro del paquete fiscal para lograr la certeza laboral justa para los de 3ª y 4ª generación que quedamos truncados y excluidos en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (LGSCMM).
2.- Que la Autoridad Educativa Federal nos otorgue el nombramiento definitivo con la clave y categoría de Asesor Técnico Pedagógico.
3.- Que se ubique la función en la estructura ocupacional, a la par del directivo para que una promoción vertical sea un “ascenso” y no un “descenso”.
4.- Que mientras el bono compensatorio Kw no incida en sueldo base y prestaciones no sea grabado con el ISR.
De no otorgarnos la clave definitiva, seguiremos formando parte de los mexicanos afectados y excluidos de la Ley que se supone debe cumplir con la no retroactividad en perjuicio del trabajador.
Los Asesores Técnico Pedagógico nos hemos caracterizado por nuestro compromiso y trabajo de la mano con nuestras autoridades educativas y compañeros docentes para contribuir con la mejora de los aprendizajes de los NNA, con la revalorización del magisterio, la promoción de la agenda educativa al ser impulsores de los procesos que requiere la transformación del país. Las funciones del Asesor Técnico Pedagógico inciden directamente al interior de su zona de supervisión, con la Autoridad Educativa Local y Federal, asesorando y acompañando a los docentes de diferentes maneras para atender la diversidad de sus alumnos de manera contextualizada.
¡Los Asesores Técnico Pedagógico, unidos por un trato legal igualitario e incluyente!

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La causa
Los Asesores Técnico Pedagógico expresamos que nuestros derechos laborales han sido vulnerados tras la implementación de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (LGSCMM), se nos está coartando nuestro derecho a la superación profesional ya que, mientras a docentes y directores que se encontraban en proceso de inducción sí se les otorgó en automático la base definitiva, a los ATP en el mismo proceso se nos excluyó, aunque cumplimos con los mismos requerimientos.
Estamos siendo afectados, porque nos inscribimos a un proceso de superación profesional que culminaría con la promoción definitiva, un aumento salarial y la oportunidad de ubicarnos cerca de nuestras familias, en cambio solo recibimos incertidumbre e indiferencia de parte de nuestras autoridades oficiales y sindicales, nos ha quedado una promesa muerta. Nos afecta en lo económico porque hemos acumulado hasta cuatro años esperando el movimiento definitivo, en tanto nos mantienen con un bono compensatorio del cual nos descuentan ISR a pesar de que no se considera como parte del ingreso base ni incide en prestaciones y su porcentaje de incremento salarial es inferior al incremento que recibe el salario básico tabular, además nos deja muy lejos de la percepción económica de los compañeros que ya recibieron el alta definitiva. Nos afecta en lo familiar, porque quienes estamos en esta situación, accedimos a separarnos de nuestras familias para luchar y ofrecerles un futuro mejor, sin embargo, gracias a las nuevas leyes emitidas no hemos logrado los anhelos que nos planteamos como crecimiento profesional y de proyecto de vida.
La Estructura Ocupacional del Asesor Técnico Pedagógico se ubica en la Supervisión Escolar. Por jornada laboral y salario, la función está ubicada arriba del directivo, por funciones pedagógicas a la par; por tanto, debería estar al menos al mismo nivel del director para que, al cumplir con los requisitos de antigüedad, se promueva a supervisión y no ha dirección, como está actualmente.
Solicitamos:
1.- Que los legisladores nos consideren dentro del paquete fiscal para lograr la certeza laboral justa para los de 3ª y 4ª generación que quedamos truncados y excluidos en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (LGSCMM).
2.- Que la Autoridad Educativa Federal nos otorgue el nombramiento definitivo con la clave y categoría de Asesor Técnico Pedagógico.
3.- Que se ubique la función en la estructura ocupacional, a la par del directivo para que una promoción vertical sea un “ascenso” y no un “descenso”.
4.- Que mientras el bono compensatorio Kw no incida en sueldo base y prestaciones no sea grabado con el ISR.
De no otorgarnos la clave definitiva, seguiremos formando parte de los mexicanos afectados y excluidos de la Ley que se supone debe cumplir con la no retroactividad en perjuicio del trabajador.
Los Asesores Técnico Pedagógico nos hemos caracterizado por nuestro compromiso y trabajo de la mano con nuestras autoridades educativas y compañeros docentes para contribuir con la mejora de los aprendizajes de los NNA, con la revalorización del magisterio, la promoción de la agenda educativa al ser impulsores de los procesos que requiere la transformación del país. Las funciones del Asesor Técnico Pedagógico inciden directamente al interior de su zona de supervisión, con la Autoridad Educativa Local y Federal, asesorando y acompañando a los docentes de diferentes maneras para atender la diversidad de sus alumnos de manera contextualizada.
¡Los Asesores Técnico Pedagógico, unidos por un trato legal igualitario e incluyente!

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Petición creada en 21 de septiembre de 2020