LIMITACIÓN DEL USO DE DISPOSITIVOS ELECTRONICOS EN CENTROS PÚBLICOS Y CONCERTADOS

Firmantes recientes
Raquel Castillo y 19 personas más han firmado la petición recientemente.

El problema

LA EXCESIVA DIGITALIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTÁ AFECTANDO  A LA SALUD Y AL APRENDIZAJE DE NUESTROS HIJOS, EN DETRIMENTO DE SU CAPACIDAD DE ATENCIÓN Y CONCENTRACIÓN.

PEDIMOS AL GOBIERNO DE ARAGÓN UNA REGULACIÓN DEL USO DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS EN EL AULA, APOYÁNDONOS EN NUMEROSOS INFORMES SANITARIOS.

ES EL MOMENTO DE REFLEXIONAR Y ACTUAR. LEE NUESTRAS PROPUESTAS Y SÚMATE A NOSOTROS CON TU FIRMA.

 

ILMA SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN

LIMITACIÓN DEL USO DE DISPOSITIVOS ELECTRONICOS EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS

Las familias firmantes, con hijos/as en infantil, primaria o secundaria en centros educativos sostenidos con fondos públicos (colegios públicos y concertados) de la Comunidad Autónoma de Aragón, preocupadas por la salud física y mental de sus hijos, ante esta Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, comparecemos y exponemos:

La competencia digital es fundamental en el aprendizaje y en el fomento de la capacidad de “aprender a aprender”, como establece la Ley Orgánica 2/2006 de Educación. Si bien, los recientes resultados del Consejo Superior de Investigaciones Científicas indican que el uso excesivo de dispositivos digitales durante dos o más horas al día, ocasiona en los niños un rendimiento académico significativamente inferior.

El informe de la Unesco de 2023 concluye que no existen pruebas sólidas del valor añadido de la tecnología digital en la educación; por el contrario, indica que puede tener un efecto perjudicial si se utilizan de manera inapropiada o excesiva. 

A mayor abundamiento, el informe de la OCDE de 2015 indica que “un uso frecuente del ordenador en el aula otorga resultados significativamente peores”. En los países en los que era más corriente el uso de Internet en el colegio para los deberes, el rendimiento en lectura disminuyó. Además, los alumnos que no usaron el ordenador en sus lecciones de matemáticas obtuvieron mejores calificaciones.

El uso excesivo de los dispositivos digitales es incompatible con las recomendaciones de la “guía Chic@s y pantallas entre los 9 y los 12 años“ del Servicio Aragonés de Salud, que establece como máximo un uso de 1 hora al día.  

            La Asociación Nacional de Pediatría en sus recomendaciones del “Plan Digital Familiar” recomienda limitar el uso de pantallas, en atención a la edad del menor, debido a los efectos en el desarrollo cerebral y del aprendizaje del niño, unidos a los problemas de salud mental, muy relacionados con los efectos del excesivo uso de los dispositivos electrónicos, tanto en el ámbito escolar como en el doméstico, en perjuicio del fomento de una mayor interacción social. 

El colegio nacional de ópticos-optometristas advierte que el uso abusivo e incontrolado de dispositivos electrónicos aumenta el riesgo de sufrir miopía en niños.

Por último, leer un libro de texto volcado en una pantalla no mejora las competencias digitales del alumnado; muy al contrario, añade todos los riesgos expuestos. 

El acceso a internet y redes sociales a edades tempranas está creando problemas relacionados con consumo de violencia, acoso y pérdida de interacción social; elevando exponencialmente el número de niños y adolescentes que requieren atención psicológica o psiquiátrica.

Es incuestionable científicamente que el uso excesivo de los dispositivos electrónicos como herramienta de aprendizaje, está ocasionando un empobrecimiento de la comprensión lectora, de la capacidad de atención, de concentración y de la expresión escrita. Si unimos a ello el desarrollo de la inteligencia artificial, está creando un escenario preocupante en la comunidad educativa en lo que respecta a la evaluación objetiva de los alumnos.

Como reflexión final, la crisis educativa es, en gran medida, una crisis de atención (Catherine L'Ecuyer, “Educar en la realidad”, 2015) que se ha acentuado por el uso creciente de las nuevas tecnologías en edades en las que el alumno aún no tiene la madurez para poder usar bien dichas herramientas sin perder la atención. La única medida a tomar, tanto por sus progenitores como por sus profesores en el aula, es reducir las tareas a realizar con dicha herramienta y la utilización de libros físicos en aras de mejorar la comprensión lectora, la capacidad de sintetizar y la expresión escrita.

Los países nórdicos, pioneros en implantación de nuevas tecnologías ante el empeoramiento de los resultados en comprensión lectora y competencia  matemática han reducido al mínimo el uso de las nuevas tecnologías en el aula, no habiendo resultados concluyentes que muestren que haya una mejora en el aprendizaje. Por el contrario, sí que hay estudios recientes que indican que la lectura y actividades analógicas mejoran el proceso cognitivo de aprendizaje.

Por todo ello, al amparo del art.111.bis de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, el cual establece que las Administraciones educativas promoverán el uso de las tecnologías de información y comunicación (TIC) en el aula, como medio didáctico “apropiado y valioso” para llevar a cabo actividades de enseñanza y aprendizaje, nos gustaría mantener una reunión para comentar nuestra experiencia en los centros educativos  con nuestros hijos. En muchos centros educativos de Aragón se ha mantenido un diálogo con la dirección de los mismos sin que haya habido ningún cambio ni reducción en el uso de las nuevas tecnologías en el aula, a pesar de todas las recomendaciones sanitarias.

El apartado M12 de la solicitud de un pacto de estado para la infancia y adolescencia en el entorno digital presentado por más de 150 organizaciones con el título "Prevención para un uso seguro y responsable" establece la necesidad de promover la regulación en las CCAA para limitar el usto de los móviles en los centros educativos y para adecuar el uso de los dispositivos tecnológicos en el aula por parte de los centros a las pautas por edades recomendadas por las sociedades científicas españolas.

Es indudable que la situación actual está generando unas responsabilidades a las familias de control, vigilancia y protección, que no se justifican pedagógicamente e interfieren en el derecho de los padres a decidir la educación de sus hijos. Confiamos en que la participación de toda la comunidad educativa, tanto familias como docentes, logre la mejora urgente que necesita el sistema educativo. 

Finalmente, es obvio que se ha abierto un debate social en España y a nivel mundial en el que un colectivo muy amplio de docentes, algunos también progenitores firmantes, aboga por la imperiosa necesidad de introducir cambios relevantes en el sistema educativo actual, en lo que respecta al uso excesivo de las Tecnologías de Información y Comunicación en la enseñanza obligatoria.

            Es una cuestión que se podría proponer también en el Consejo Escolar del Estado.

En consecuencia, por todo lo expuesto anteriormente, solicitamos que la Consejería regule en las etapas de Educación Primaria y en la Educación Secundaria Obligatoria los siguientes puntos:

 1) El anexo de las instrucciones de la Consejería de Educación de 22 de enero de 2024 hace referencia a que el Proyecto Educativo de Centro deberá establecer el uso de dispositivos electrónicos en momentos puntuales, con fines exclusivamente didácticos y criterios pedagógicos debidamente justificados. Es obvio que esta regulación es insuficiente, se requiere una normativa más exhaustiva que limite la obligatoriedad de estudiar en libros digitales, así como la utilización de dispositivos electrónicos recurrentemente para múltiples tareas, sin existir una finalidad didáctica o pedagógica suficientemente justificada que requiera hacerlo por este medio.

2) Que los dispositivos electrónicos sean una herramienta más de apoyo al aprendizaje en el aula, que deben utilizarse en momentos concretos, y no ser eje central del sistema educativo, como está sucediendo en el aprendizaje actual, digitalizado en extremo.

3) Limitación del uso de estas herramientas en el aula, concretando el tiempo de exposición de los alumnos al máximo recomendado por los profesionales sanitarios. 

4) La justificación debida del uso de dispositivos electrónicos en el aula en el Proyecto Educativo de cada centro, de manera que haya una finalidad pedagógica incuestionable en cada actividad programada. Además, se debería garantizar el cumplimiento de las instrucciones que regulan los Planes Digitales de los centros buscando el consenso de toda la comunidad educativa.

5) En los últimos años de primaria, debería introducirse muy progresivamente su uso, únicamente en el aula, con la finalidad de cumplir con los objetivos fijados en la etapa, sin ser propiedad del alumno para evitar así distracciones en el estudio domiciliario. 

6) Enseñanza pública gratuita. El art.27 de la Constitución Española establece que todos tienen derecho a una educación pública y gratuita y ésta debe estar garantizada por los poderes públicos. La imposición a las familias de la compra de un dispositivo electrónico durante la enseñanza obligatoria atenta contra dicho principio, siendo además un perjuicio para el refuerzo de la comprensión lectora y la expresión escrita. Los centros deben de estar dotados de los recursos necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación (art.122.1 LOE). 

7) El desarrollo de la inteligencia artificial puede reducir al mínimo el esfuerzo del alumno; además de tener al alcance una distracción constante, tanto en el aula como en las tareas a realizar. La mayor parte de las tareas de enseñanza y aprendizaje que se realizan en casa y en el centro no deben requerir la utilización de un dispositivo electrónico.

8) El derecho de los padres a elegir que sus hijos puedan estudiar en un libro físico, independientemente de que con carácter puntual, en el aula, puedan realizar algunas tareas digitalmente al objeto de adquirir la competencia digital. El uso de dispositivos en materias como matemáticas, lengua, sociales o naturales debe de estar muy justificado, dado que los informes globales de resultados académicos muestran en todos los niveles que es prioritario reforzar la comprensión lectora y la competencia matemática, como pone de manifiesto el programa de refuerzo estatal aprobado recientemente. 

 

            Por todo ello, 

 

            SOLICITAMOS:

1) Que se tenga por presentado este escrito, y a su vista se cite a los representantes de los firmantes a una reunión en la que se valoren las propuestas plasmadas en el cuerpo de este escrito y/o en su defecto y atendiendo las citadas propuestas relativas a la reducción del uso de dispositivos electrónicos en las aulas, regulando su uso de forma que se garantice la menor exposición de los menores a dichos dispositivos, potenciando el uso de libros en papel.

2) Que regule el uso de dispositivos en el aula de acuerdo con las propuestas planteadas con el fin de garantizar una educación de calidad mediante el uso de las nuevas tecnologías de forma razonable,  en base a criterios pedagógicos y respetando las recomendaciones de la comunidad científica.

 

NOTA: La Consejería puede verificar todos los datos de los progenitores firmantes. En caso de que hubiese algún firmante que no reuniera  las condiciones indicadas al inicio del escrito será responsabilidad del progenitor.

Se enviará copia de esta solicitud junto con las firmas  al Consejo Escolar de Aragón como órgano de participación de la comunidad educativa.
            

           

            Zaragoza a 7 de Marzo de 2024

 

 

 

 

 

SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CIENCIAS Y UNIVERSIDADES.  GOBIERNO DE ARAGÓN.

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Firmantes recientes
Raquel Castillo y 19 personas más han firmado la petición recientemente.

El problema

LA EXCESIVA DIGITALIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTÁ AFECTANDO  A LA SALUD Y AL APRENDIZAJE DE NUESTROS HIJOS, EN DETRIMENTO DE SU CAPACIDAD DE ATENCIÓN Y CONCENTRACIÓN.

PEDIMOS AL GOBIERNO DE ARAGÓN UNA REGULACIÓN DEL USO DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS EN EL AULA, APOYÁNDONOS EN NUMEROSOS INFORMES SANITARIOS.

ES EL MOMENTO DE REFLEXIONAR Y ACTUAR. LEE NUESTRAS PROPUESTAS Y SÚMATE A NOSOTROS CON TU FIRMA.

 

ILMA SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN

LIMITACIÓN DEL USO DE DISPOSITIVOS ELECTRONICOS EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS

Las familias firmantes, con hijos/as en infantil, primaria o secundaria en centros educativos sostenidos con fondos públicos (colegios públicos y concertados) de la Comunidad Autónoma de Aragón, preocupadas por la salud física y mental de sus hijos, ante esta Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, comparecemos y exponemos:

La competencia digital es fundamental en el aprendizaje y en el fomento de la capacidad de “aprender a aprender”, como establece la Ley Orgánica 2/2006 de Educación. Si bien, los recientes resultados del Consejo Superior de Investigaciones Científicas indican que el uso excesivo de dispositivos digitales durante dos o más horas al día, ocasiona en los niños un rendimiento académico significativamente inferior.

El informe de la Unesco de 2023 concluye que no existen pruebas sólidas del valor añadido de la tecnología digital en la educación; por el contrario, indica que puede tener un efecto perjudicial si se utilizan de manera inapropiada o excesiva. 

A mayor abundamiento, el informe de la OCDE de 2015 indica que “un uso frecuente del ordenador en el aula otorga resultados significativamente peores”. En los países en los que era más corriente el uso de Internet en el colegio para los deberes, el rendimiento en lectura disminuyó. Además, los alumnos que no usaron el ordenador en sus lecciones de matemáticas obtuvieron mejores calificaciones.

El uso excesivo de los dispositivos digitales es incompatible con las recomendaciones de la “guía Chic@s y pantallas entre los 9 y los 12 años“ del Servicio Aragonés de Salud, que establece como máximo un uso de 1 hora al día.  

            La Asociación Nacional de Pediatría en sus recomendaciones del “Plan Digital Familiar” recomienda limitar el uso de pantallas, en atención a la edad del menor, debido a los efectos en el desarrollo cerebral y del aprendizaje del niño, unidos a los problemas de salud mental, muy relacionados con los efectos del excesivo uso de los dispositivos electrónicos, tanto en el ámbito escolar como en el doméstico, en perjuicio del fomento de una mayor interacción social. 

El colegio nacional de ópticos-optometristas advierte que el uso abusivo e incontrolado de dispositivos electrónicos aumenta el riesgo de sufrir miopía en niños.

Por último, leer un libro de texto volcado en una pantalla no mejora las competencias digitales del alumnado; muy al contrario, añade todos los riesgos expuestos. 

El acceso a internet y redes sociales a edades tempranas está creando problemas relacionados con consumo de violencia, acoso y pérdida de interacción social; elevando exponencialmente el número de niños y adolescentes que requieren atención psicológica o psiquiátrica.

Es incuestionable científicamente que el uso excesivo de los dispositivos electrónicos como herramienta de aprendizaje, está ocasionando un empobrecimiento de la comprensión lectora, de la capacidad de atención, de concentración y de la expresión escrita. Si unimos a ello el desarrollo de la inteligencia artificial, está creando un escenario preocupante en la comunidad educativa en lo que respecta a la evaluación objetiva de los alumnos.

Como reflexión final, la crisis educativa es, en gran medida, una crisis de atención (Catherine L'Ecuyer, “Educar en la realidad”, 2015) que se ha acentuado por el uso creciente de las nuevas tecnologías en edades en las que el alumno aún no tiene la madurez para poder usar bien dichas herramientas sin perder la atención. La única medida a tomar, tanto por sus progenitores como por sus profesores en el aula, es reducir las tareas a realizar con dicha herramienta y la utilización de libros físicos en aras de mejorar la comprensión lectora, la capacidad de sintetizar y la expresión escrita.

Los países nórdicos, pioneros en implantación de nuevas tecnologías ante el empeoramiento de los resultados en comprensión lectora y competencia  matemática han reducido al mínimo el uso de las nuevas tecnologías en el aula, no habiendo resultados concluyentes que muestren que haya una mejora en el aprendizaje. Por el contrario, sí que hay estudios recientes que indican que la lectura y actividades analógicas mejoran el proceso cognitivo de aprendizaje.

Por todo ello, al amparo del art.111.bis de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, el cual establece que las Administraciones educativas promoverán el uso de las tecnologías de información y comunicación (TIC) en el aula, como medio didáctico “apropiado y valioso” para llevar a cabo actividades de enseñanza y aprendizaje, nos gustaría mantener una reunión para comentar nuestra experiencia en los centros educativos  con nuestros hijos. En muchos centros educativos de Aragón se ha mantenido un diálogo con la dirección de los mismos sin que haya habido ningún cambio ni reducción en el uso de las nuevas tecnologías en el aula, a pesar de todas las recomendaciones sanitarias.

El apartado M12 de la solicitud de un pacto de estado para la infancia y adolescencia en el entorno digital presentado por más de 150 organizaciones con el título "Prevención para un uso seguro y responsable" establece la necesidad de promover la regulación en las CCAA para limitar el usto de los móviles en los centros educativos y para adecuar el uso de los dispositivos tecnológicos en el aula por parte de los centros a las pautas por edades recomendadas por las sociedades científicas españolas.

Es indudable que la situación actual está generando unas responsabilidades a las familias de control, vigilancia y protección, que no se justifican pedagógicamente e interfieren en el derecho de los padres a decidir la educación de sus hijos. Confiamos en que la participación de toda la comunidad educativa, tanto familias como docentes, logre la mejora urgente que necesita el sistema educativo. 

Finalmente, es obvio que se ha abierto un debate social en España y a nivel mundial en el que un colectivo muy amplio de docentes, algunos también progenitores firmantes, aboga por la imperiosa necesidad de introducir cambios relevantes en el sistema educativo actual, en lo que respecta al uso excesivo de las Tecnologías de Información y Comunicación en la enseñanza obligatoria.

            Es una cuestión que se podría proponer también en el Consejo Escolar del Estado.

En consecuencia, por todo lo expuesto anteriormente, solicitamos que la Consejería regule en las etapas de Educación Primaria y en la Educación Secundaria Obligatoria los siguientes puntos:

 1) El anexo de las instrucciones de la Consejería de Educación de 22 de enero de 2024 hace referencia a que el Proyecto Educativo de Centro deberá establecer el uso de dispositivos electrónicos en momentos puntuales, con fines exclusivamente didácticos y criterios pedagógicos debidamente justificados. Es obvio que esta regulación es insuficiente, se requiere una normativa más exhaustiva que limite la obligatoriedad de estudiar en libros digitales, así como la utilización de dispositivos electrónicos recurrentemente para múltiples tareas, sin existir una finalidad didáctica o pedagógica suficientemente justificada que requiera hacerlo por este medio.

2) Que los dispositivos electrónicos sean una herramienta más de apoyo al aprendizaje en el aula, que deben utilizarse en momentos concretos, y no ser eje central del sistema educativo, como está sucediendo en el aprendizaje actual, digitalizado en extremo.

3) Limitación del uso de estas herramientas en el aula, concretando el tiempo de exposición de los alumnos al máximo recomendado por los profesionales sanitarios. 

4) La justificación debida del uso de dispositivos electrónicos en el aula en el Proyecto Educativo de cada centro, de manera que haya una finalidad pedagógica incuestionable en cada actividad programada. Además, se debería garantizar el cumplimiento de las instrucciones que regulan los Planes Digitales de los centros buscando el consenso de toda la comunidad educativa.

5) En los últimos años de primaria, debería introducirse muy progresivamente su uso, únicamente en el aula, con la finalidad de cumplir con los objetivos fijados en la etapa, sin ser propiedad del alumno para evitar así distracciones en el estudio domiciliario. 

6) Enseñanza pública gratuita. El art.27 de la Constitución Española establece que todos tienen derecho a una educación pública y gratuita y ésta debe estar garantizada por los poderes públicos. La imposición a las familias de la compra de un dispositivo electrónico durante la enseñanza obligatoria atenta contra dicho principio, siendo además un perjuicio para el refuerzo de la comprensión lectora y la expresión escrita. Los centros deben de estar dotados de los recursos necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación (art.122.1 LOE). 

7) El desarrollo de la inteligencia artificial puede reducir al mínimo el esfuerzo del alumno; además de tener al alcance una distracción constante, tanto en el aula como en las tareas a realizar. La mayor parte de las tareas de enseñanza y aprendizaje que se realizan en casa y en el centro no deben requerir la utilización de un dispositivo electrónico.

8) El derecho de los padres a elegir que sus hijos puedan estudiar en un libro físico, independientemente de que con carácter puntual, en el aula, puedan realizar algunas tareas digitalmente al objeto de adquirir la competencia digital. El uso de dispositivos en materias como matemáticas, lengua, sociales o naturales debe de estar muy justificado, dado que los informes globales de resultados académicos muestran en todos los niveles que es prioritario reforzar la comprensión lectora y la competencia matemática, como pone de manifiesto el programa de refuerzo estatal aprobado recientemente. 

 

            Por todo ello, 

 

            SOLICITAMOS:

1) Que se tenga por presentado este escrito, y a su vista se cite a los representantes de los firmantes a una reunión en la que se valoren las propuestas plasmadas en el cuerpo de este escrito y/o en su defecto y atendiendo las citadas propuestas relativas a la reducción del uso de dispositivos electrónicos en las aulas, regulando su uso de forma que se garantice la menor exposición de los menores a dichos dispositivos, potenciando el uso de libros en papel.

2) Que regule el uso de dispositivos en el aula de acuerdo con las propuestas planteadas con el fin de garantizar una educación de calidad mediante el uso de las nuevas tecnologías de forma razonable,  en base a criterios pedagógicos y respetando las recomendaciones de la comunidad científica.

 

NOTA: La Consejería puede verificar todos los datos de los progenitores firmantes. En caso de que hubiese algún firmante que no reuniera  las condiciones indicadas al inicio del escrito será responsabilidad del progenitor.

Se enviará copia de esta solicitud junto con las firmas  al Consejo Escolar de Aragón como órgano de participación de la comunidad educativa.
            

           

            Zaragoza a 7 de Marzo de 2024

 

 

 

 

 

SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CIENCIAS Y UNIVERSIDADES.  GOBIERNO DE ARAGÓN.

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