Erradicar el matrimonio en adolescentes menores de 16 años

La causa

Por un desarrollo integral de las y los adolescentes: Erradicación del Matrimonio Adolescente: El artículo 241 del Código Civil contempla que, de manera excepcional, las y los adolescentes pueden casarse a partir de los 16 años con el consentimiento de, por lo menos, uno de sus padres.

El 4 de setiembre de 2018, se publicó el Decreto Legislativo 1384 que modificó el artículo 42 del Código Civil relativo a la capacidad de ejercicio plena.

Este cambio abrió la posibilidad del matrimonio infantil, a partir de los 14 años. Ello quiebra los estándares internacionales de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que consideran el matrimonio infantil como un problema social, económico y de salud pública.

Para lograr que se respeten sus derechos únete a nuestra campaña y cuéntanos tu opinión.

Victoria
¡Esta petición logró su objetivo con el apoyo de 27,443 personas!

La causa

Por un desarrollo integral de las y los adolescentes: Erradicación del Matrimonio Adolescente: El artículo 241 del Código Civil contempla que, de manera excepcional, las y los adolescentes pueden casarse a partir de los 16 años con el consentimiento de, por lo menos, uno de sus padres.

El 4 de setiembre de 2018, se publicó el Decreto Legislativo 1384 que modificó el artículo 42 del Código Civil relativo a la capacidad de ejercicio plena.

Este cambio abrió la posibilidad del matrimonio infantil, a partir de los 14 años. Ello quiebra los estándares internacionales de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que consideran el matrimonio infantil como un problema social, económico y de salud pública.

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Los tomadores de decisiones

Arlette Contreras
Congresista del Perú
Se respondió
Hola a GIF ( Grupo Interdisciplinario de Familias), creadores de la petición y a todos los firmantes. Como congresista les quiero agradecer por unirse a la lucha de un tema tan importante y delicado como lo es el Matrimonio adolescente, a continuación les voy a compartir el status de la iniciativa: RESUMEN SOBRE EL PROYECTO DE LEY PROYECTO DE LEY 5871-2020/CR Proyecto de ley que deroga el último párrafo del artículo 42° del Decreto Legislativo N° 295, Código Civil para erradicar el matrimonio adolescente. Fecha de presentación: 29/07/2020 Comisión dictaminadora: Comisión de Justicia y Derechos Humanos Opiniones favorables de entidades y organismos: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Defensoría del Pueblo Sistema de las Naciones Unidas en el Perú Otras En la actualidad cuenta con un predictamen, listo para ser debatido y votado en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Sin embargo, ante la falta de interés de la Comisión de someterlo a debate, también se optó por exonerarlo del dictamen de esa Comisión, por acuerdo de Junta de Portavoces para lo cual se requería como mínimo 77 firmas. El formato de exoneración de dictamen de Comisión logró 94 adhesiones, y está lista para su debate y votación en el Pleno. Les estaremos informando el día del debate para que puedan apoyar la iniciativa. Un saludo a todos, ARLETTE CONTRERAS BAUTISTA
COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Actualizaciones de la petición
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Petición creada en 1 de noviembre de 2019