Kampanya güncellemesiJusticia Urgente: Celeridad Procesal para personas con VIH bajo la. Nro: Ley 27​.​675Si la Ley reconoce que mi tiempo es menor, ¿por qué la Justicia me obliga a morir esperando?
José Federico MayorgaCiudad Autónoma de Buenos Aires, Arjantin
30 Ara 2025

Sumo este anexo porque la realidad es desesperante. El Estado Argentino, a través de la Ley 27.675, ya reconoció que las personas con enfermedades crónicas tenemos una urgencia biológica distinta al jubilarnos 15 años antes. Si me jubilan a los 50 es porque las estadísticas y la ciencia dicen que mi tiempo de vida es más corto.

​Tengo 55 años. Según esa misma lógica legal, me quedan aproximadamente 10 años de vida. Si un juicio laboral o civil en este país dura 8, 10 o más años, la conclusión es una sola: voy a estar muerto para cuando llegue la sentencia.

​No es una suposición, es matemática pura y es una condena a muerte en vida. Es una inaceptable dilación que nos roba el único recurso que no tiene precio: nuestro tiempo final. La justicia lenta para un enfermo crónico no es justicia, es abandono de persona por parte del Estado.

​Exigimos la implementación inmediata de procesos sumarísimos (urgentes). Los jueces deben entender que no podemos esperar en un cajón judicial mientras nuestra vida se apaga. Necesitamos decisiones hoy, no cuando ya sea tarde.

​¡Justicia rápida o no es justicia!

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