Justicia para J​.​A.C​.​B: Excarcelación Inmediata por Condena Inexistente en la Ley

El problema

J.A.C.B  ha sido condenado por la Sección 4 de la  Audiencia Provincial de Madrid injustamente por poseer una sustancia para uso personal que, según la ley española, NO está fiscalizada ni penalizada. Fue acusado por la fiscalía por un error de esta en la cantidad que la jurisprudencia tiene fijada como autoconsumo para esta sustancia(105ml de GBL), poseyendo el mismo una cantidad extremadamente inferior,pues solo tenía 31ml para su propio consumo. Pero que además la fiscalía cometió doble error porque segun la Orden SCO/2004/2006 que excluye al GBL de las listas de fiscalización por ser este un éster ciclico del GHB, su tenencia es legal.

Esta injusticia se agrava al constatar que J.A.C.B es solo una de las muchas personas afectadas durante los últimos 20 años, desde que el Tribunal Supremo aplicó una jurisprudencia desfasada en base a una orden que fue modificada en 2006, excluyendo esta sustancia de las listas de control. Sin embargo, esta exclusión nunca fue adoptada en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, aunque tanto el Tribunal Supremo como la Fiscalía han tenido conocimiento de esta modificación y a pesar de ello se continuó utilizando la orden desfasada anterior e ilegal, dejando a miles de personas expuestas a condenas injustas y penas de prisión simplemente por poseer para autoconsumo una sustancia que no constituye delito en nuestro sistema legal. Pero que además de las condenas de prisión improcedentes aplican conjuntamente una multa desproporcionada alcanzando por ejemplo por los 31ml de gbl una multa de casi 3000 euros, cuando 30ml de gbl cuestan en realidad solo 20 euros.

Motivos de la petición:

1. Posesión para autoconsumo de una sustancia NO penalizada: La sustancia que poseía J.A.C.B es legal para consumo personal según la normativa vigente (Orden SCO/2004/2006). A pesar de esto, fue condenado basándose en una interpretación errónea y desactualizada, que lo considera delito de manera arbitraria.

2. Cantidad muy baja, lejos del límite de autoconsumo: J.A.C.B tenía una cantidad muy inferior a la establecida como límite para autoconsumo de esta sustancia, una realidad ignorada durante su condena. No existen pruebas de que haya traficado o distribuido, siendo un consumidor privado.

3. Injusticia sistemática por aplicación de jurisprudencia obsoleta: Durante dos décadas, el sistema judicial ha perpetuado esta injusticia, basándose en una normativa modificada en 2006, la cual excluyó esta sustancia del control. Sin embargo, el Tribunal Supremo no actualizó su jurisprudencia, generando así una cadena de condenas arbitrarias contra consumidores como J.A.C.B, que no han cometido delito alguno.

4. Derechos humanos y dignidad personal violados: J.A.C.B, es un ciudadano con una vida profesional, familiar y social estable, estaba recibiendo tratamiento de deshabituación voluntaria, con resultados positivos. Este tratamiento fue abruptamente interrumpido cuando fue encarcelado, privándolo de continuar su rehabilitación y de mantenerse con su familia y en su trabajo. Esta decisión de prisión refleja una falta de humanidad, que afecta gravemente su reinserción y bienestar.

Exigimos:

La excarcelación inmediata de J.A.C.B y la revisión de su condena, junto con una rectificación de la jurisprudencia aplicada por el Tribunal Supremo en estos casos. La justicia debe respetar la normativa actual y los derechos fundamentales de los ciudadanos, y no puede castigar a quienes no han cometido delito alguno.

 

Firma esta petición para instar al Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, al Ministerio de Justicia y al Ministerio Fiscal a corregir esta injusticia histórica y devolver la libertad a J.A.C.B. Con cada firma, estás apoyando la revisión de miles de condenas injustas y devolviendo la esperanza a quienes han sido condenados arbitrariamente.

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El problema

J.A.C.B  ha sido condenado por la Sección 4 de la  Audiencia Provincial de Madrid injustamente por poseer una sustancia para uso personal que, según la ley española, NO está fiscalizada ni penalizada. Fue acusado por la fiscalía por un error de esta en la cantidad que la jurisprudencia tiene fijada como autoconsumo para esta sustancia(105ml de GBL), poseyendo el mismo una cantidad extremadamente inferior,pues solo tenía 31ml para su propio consumo. Pero que además la fiscalía cometió doble error porque segun la Orden SCO/2004/2006 que excluye al GBL de las listas de fiscalización por ser este un éster ciclico del GHB, su tenencia es legal.

Esta injusticia se agrava al constatar que J.A.C.B es solo una de las muchas personas afectadas durante los últimos 20 años, desde que el Tribunal Supremo aplicó una jurisprudencia desfasada en base a una orden que fue modificada en 2006, excluyendo esta sustancia de las listas de control. Sin embargo, esta exclusión nunca fue adoptada en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, aunque tanto el Tribunal Supremo como la Fiscalía han tenido conocimiento de esta modificación y a pesar de ello se continuó utilizando la orden desfasada anterior e ilegal, dejando a miles de personas expuestas a condenas injustas y penas de prisión simplemente por poseer para autoconsumo una sustancia que no constituye delito en nuestro sistema legal. Pero que además de las condenas de prisión improcedentes aplican conjuntamente una multa desproporcionada alcanzando por ejemplo por los 31ml de gbl una multa de casi 3000 euros, cuando 30ml de gbl cuestan en realidad solo 20 euros.

Motivos de la petición:

1. Posesión para autoconsumo de una sustancia NO penalizada: La sustancia que poseía J.A.C.B es legal para consumo personal según la normativa vigente (Orden SCO/2004/2006). A pesar de esto, fue condenado basándose en una interpretación errónea y desactualizada, que lo considera delito de manera arbitraria.

2. Cantidad muy baja, lejos del límite de autoconsumo: J.A.C.B tenía una cantidad muy inferior a la establecida como límite para autoconsumo de esta sustancia, una realidad ignorada durante su condena. No existen pruebas de que haya traficado o distribuido, siendo un consumidor privado.

3. Injusticia sistemática por aplicación de jurisprudencia obsoleta: Durante dos décadas, el sistema judicial ha perpetuado esta injusticia, basándose en una normativa modificada en 2006, la cual excluyó esta sustancia del control. Sin embargo, el Tribunal Supremo no actualizó su jurisprudencia, generando así una cadena de condenas arbitrarias contra consumidores como J.A.C.B, que no han cometido delito alguno.

4. Derechos humanos y dignidad personal violados: J.A.C.B, es un ciudadano con una vida profesional, familiar y social estable, estaba recibiendo tratamiento de deshabituación voluntaria, con resultados positivos. Este tratamiento fue abruptamente interrumpido cuando fue encarcelado, privándolo de continuar su rehabilitación y de mantenerse con su familia y en su trabajo. Esta decisión de prisión refleja una falta de humanidad, que afecta gravemente su reinserción y bienestar.

Exigimos:

La excarcelación inmediata de J.A.C.B y la revisión de su condena, junto con una rectificación de la jurisprudencia aplicada por el Tribunal Supremo en estos casos. La justicia debe respetar la normativa actual y los derechos fundamentales de los ciudadanos, y no puede castigar a quienes no han cometido delito alguno.

 

Firma esta petición para instar al Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, al Ministerio de Justicia y al Ministerio Fiscal a corregir esta injusticia histórica y devolver la libertad a J.A.C.B. Con cada firma, estás apoyando la revisión de miles de condenas injustas y devolviendo la esperanza a quienes han sido condenados arbitrariamente.

Los destinatarios de la petición

Ministerio de Justicia
Gobierno de España
Audiencia Provincial de Madrid Seccion 4
Audiencia Provincial de Madrid Seccion 4

Actualizaciones de la petición