Juan Carles Batanés Subirana (Alcalde de Sant Fruitós de Bages): QUE SE RETRACTE POR LA PROPUESTA DE EXPEDIENTE A DOS AGENTES


Juan Carles Batanés Subirana (Alcalde de Sant Fruitós de Bages): QUE SE RETRACTE POR LA PROPUESTA DE EXPEDIENTE A DOS AGENTES
El problema
Según los medios de comunicación el ayuntamiento de Sant Fruitós de Bages se está planteando sancionar disciplinariamente a dos agentes de la Policía Local de su municipio, por acudir presuntamente a una llamada de auxilio de su regidor de Seguridad Ciudadana, el Sr. Agusti Masana, el cual habían parado en un control de alcoholemia en la ciudad de Manresa, situada al límite de la población del municipio de Sant fruitós, y este dió un resultado de 0,61 mg/l en aire espirado.
Tal y como hemos tenido conocimiento:
El entonces Regidor llamó presuntamente a los agentes y les solicitó de forma reiterada auxilio sin concretar el motivo concreto y indicándoles que se encontraba en la zona del Paseo del Rio de Manresa.
Los agentes en cumplimiento de sus funciones establecidas en la ley 16/91, de 10 de julio de las policías locales, al tratarse de un miembro de su corporación local, acudieron al auxilio de su superior jerárquico desconociendo el motivo de la petición del auxilio.
Al llegar al lugar de los hechos, se encontraron presuntamente a su regidor discutiendo con agentes de la policía local de Manresa en un control de alcoholemia. El entonces regidor presuntamente solicitó a sus agentes que procedieran a retirar su coche particular para que no quedara inmovilizado por la Policía de Manresa y lo llevaran a su domicilio.
Estos agentes se negaron de ello por tratarse de una petición la cual presuntamente no correspondía a las funciones que tienen atribuidas y contraria a la ley.
Presuntamente por tales hechos, el regidor ha sido apartado de su cargo y el ayuntamiento de Sant Fruitós de Bages se plantea presuntamente sancionar de empleo y sueldo a los agentes por abandonar el servicio y el municipio.
Pero debemos preguntarnos.... Que culpa tienen los agentes ante una actitud presuntamente irresponsable de su superior jerárquico, ¿que hubiera sucedido si no hubieran acudido a la petición de su superior jerárquico, el cual presuntamente solicitó auxilio inmediato sin concretar el motivo? ¿DENEGACIÓN DE AUXILIO? ¿INCUMPLIMIENTO DE ORDENES DE UN SUPERIOR?. ¿Que solución tenían los agentes ante esta situación?
Es por ello que entendemos que los agentes actuaron con buen criterio y conforme a lo establecido en la ley 16/91, de 10 de julio, de policías locales de Catalunya.
Por todo ello, entendemos que los agentes de la policía Local de Sant Fruitós actuantes, EN NINGÚN CASO pueden ser sancionados por acudir a una llamada de auxilio y negarse a obedecer órdenes presuntamente ilícitas.
www.policiacataluña.es
"luchamos por una Seguridad Pública digna; libre de interferencias políticas; económicas y de jerarquías condicionadas por el poder. Para la lucha social donde no sólo el pensamiento sea libre!"
El problema
Según los medios de comunicación el ayuntamiento de Sant Fruitós de Bages se está planteando sancionar disciplinariamente a dos agentes de la Policía Local de su municipio, por acudir presuntamente a una llamada de auxilio de su regidor de Seguridad Ciudadana, el Sr. Agusti Masana, el cual habían parado en un control de alcoholemia en la ciudad de Manresa, situada al límite de la población del municipio de Sant fruitós, y este dió un resultado de 0,61 mg/l en aire espirado.
Tal y como hemos tenido conocimiento:
El entonces Regidor llamó presuntamente a los agentes y les solicitó de forma reiterada auxilio sin concretar el motivo concreto y indicándoles que se encontraba en la zona del Paseo del Rio de Manresa.
Los agentes en cumplimiento de sus funciones establecidas en la ley 16/91, de 10 de julio de las policías locales, al tratarse de un miembro de su corporación local, acudieron al auxilio de su superior jerárquico desconociendo el motivo de la petición del auxilio.
Al llegar al lugar de los hechos, se encontraron presuntamente a su regidor discutiendo con agentes de la policía local de Manresa en un control de alcoholemia. El entonces regidor presuntamente solicitó a sus agentes que procedieran a retirar su coche particular para que no quedara inmovilizado por la Policía de Manresa y lo llevaran a su domicilio.
Estos agentes se negaron de ello por tratarse de una petición la cual presuntamente no correspondía a las funciones que tienen atribuidas y contraria a la ley.
Presuntamente por tales hechos, el regidor ha sido apartado de su cargo y el ayuntamiento de Sant Fruitós de Bages se plantea presuntamente sancionar de empleo y sueldo a los agentes por abandonar el servicio y el municipio.
Pero debemos preguntarnos.... Que culpa tienen los agentes ante una actitud presuntamente irresponsable de su superior jerárquico, ¿que hubiera sucedido si no hubieran acudido a la petición de su superior jerárquico, el cual presuntamente solicitó auxilio inmediato sin concretar el motivo? ¿DENEGACIÓN DE AUXILIO? ¿INCUMPLIMIENTO DE ORDENES DE UN SUPERIOR?. ¿Que solución tenían los agentes ante esta situación?
Es por ello que entendemos que los agentes actuaron con buen criterio y conforme a lo establecido en la ley 16/91, de 10 de julio, de policías locales de Catalunya.
Por todo ello, entendemos que los agentes de la policía Local de Sant Fruitós actuantes, EN NINGÚN CASO pueden ser sancionados por acudir a una llamada de auxilio y negarse a obedecer órdenes presuntamente ilícitas.
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Victoria confirmada
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Petición creada en 20 de marzo de 2013