Queremos una Reforma del Código Civil Peruano porque los #AnimalesNOsonCosas

La causa

¿Sabías que los animales son considerados "bienes muebles" en nuestro Código Civil? ¿Y que la Constitución actual ni siquiera los nombra? 

Sí, aunque parezca increíble esa es su realidad: los animales son tratados como objetos y cosas por el derecho, lo que los deja desprotegidos en términos legales cuando son víctimas de abusos y maltratos. Por otra parte, hace bastante tiempo que la ciencia declaró que los animales son capaces de sentir, tanto sensaciones físicas como placer y dolor, y también sentimientos como miedo y estrés. Nuestras leyes están obsoletas, ya que no reflejan este conocimiento científico.

El Código Civil Peruano data nada más y nada menos que de 1984.

Para esta ley, que a lo largo del tiempo ha ido registrando numerosas reformas para modernizarse e irse adaptando en otros aspectos, los animales todavía son considerados “bienes semovientes”, es decir, COSAS.

Perú necesita adecuar su Código Civil a la realidad social y legal actual. Por ello nos proponemos impulsar la reforma del Código Civil para que los animales reciban el estatuto jurídico que ya les otorga el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europa que, en su artículo 13, reconoce a los animales como seres sintientes, es decir, seres vivos dotados de sensibilidad.

Este anacronismo legal ya se ha reformado en otros Códigos Civiles del Mundo como el catalán, que reconoce expresamente que los animales no son cosas, o el Código Civil francés, austriaco, suizo o alemán, que ya han llevado a cabo la pertinente reforma para cambiar el estatuto jurídico de los animales de “cosas”“seres vivos dotados de sensibilidad”.

Nuestros Legisladores (Congresistas) Peruanos deben asumir la realidad y las necesidades actuales del momento que vivimos, donde los animales son seres vivos con derechos reconocidos y protegidos por ese mismo Ordenamiento Jurídico del que forma parte el Código Civil y amoldar la legislación a  la sociedad contemporánea y al reconocimiento, afecto y respeto que se merecen los seres vivos con los que compartimos vida e incluso convivencia.

Tras la reforma del Código Civil se les otorgará una nueva categoría como seres sensibles: no gozan de los mismos derechos que las personas, pero se podría reconocer que tienen necesidades, Aunque parezca solo una cuestión de terminología jurídica, en la práctica representa un cambio importante en cuanto al trato de nuestras mascotas. Hay normativas que tendrán que cambiar, y se regulará qué ocurre con los animales cuando un juez tiene que tomar una decisión sobre este animal.

Se trata de un proyecto de ley con iniciativa ciudadana, Pero, ojo no podemos olvidar que existe una Iniciativa como el PL N°3940/2018-CR, que fue presentado por el congresista Hernando Cevallos, Luego tenemos otra iniciativa que en su momento fue ingresada al Ministerio de Justicia (2016), donde se planteaba que en el artículo 886 del Código Civil se introduzca que "los animales no son cosas", más bien "seres sintientes no humanos dotados de sensibilidad" Esta ultima Iniciativa fue presentada por la presidenta de la Comisión de Estudios de los Derecho de los Animales del Colegio de Abogados de Lima, Sonia Córdova, quien solicito que el tema sea precisado en el artículo 886 de la norma civil peruana.

El Art 886 del Código Civil, referido a los bienes muebles, señala en su inciso 9: [son bienes muebles] Los demás bienes que puedan llevarse de un lugar a otro". 

En nuestro país aún no se ha puesto en discusión este tema, ya que los animales siguen siendo considerados objetos y no sujetos de derecho. De hecho, la Ley 30407, Ley de protección y bienestar animal, que penaliza la violencia contra los animales confirma esto; ya que ubicaron este nuevo artículo dentro de los delitos contra el patrimonio, con lo que se colige que no se protege en sí la vida del animal sino los intereses patrimoniales de su dueño.

Con la entrada en vigencia de esta Ley 30407 se reconoce únicamente a los animales vertebrados domésticos y silvestres mantenidos en cautiverio como seres sensibles sin que sea necesario una modificación expresa y textual del Código Civil peruano al respecto; sin embargo, al resto de animales, se les sigue considerando como bienes muebles (artículo 886° del Código Civil Peruano de 1984),

En definitiva, desde el Partido Animalista Peruano, pedimos que se te tenga en cuenta a los animales a la hora de actualizar nuestras leyes y nuestro Código Civil se ponga al día en este aspecto, porque los animales, no son cosas.

Otros países han dado este paso mucho antes que nosotros. En el Artículo 13 del Tratado de Lisboa (2007), considerado la carta constitucional de la Unión Europea, ya se habla de los animales como “seres sintientes”, y esto ha sido replicado por constituciones y códigos civiles en Austria, Alemania, Suiza, Luxemburgo, Francia, República Checa, Cataluña, entre otros. Por otro lado, en la Declaración de Cambrige (2012), un grupo de científicos liderados por Stephen Hawking fue más lejos y aseguró que además de ser seres sintientes, muchos animales tienen consciencia de sí mismos y de su existencia.

Los animales no son muebles, no son cosas, no son objetos ni simples artículos de propiedad privada. Los animales son nuestros amigos, nuestros compañeros, e inclusive algunos son parte de nuestra familia. Los animales son sujetos de consideración moral y merecen respeto.

-CORRIENTE INTERNACIONAL-

Este tipo de iniciativas no son nuevas en el mundo. Austria fue el primer país europeo que cambió su Código Civil. En 1988, estableció que los animales no son cosas y que están protegidos por las leyes. Lo mismo hicieron Alemania (1990) y Suiza (2003) . 

Si bien desde 1976 Francia reconocía a los animales como seres sensibles en su Código Rural y de Pesca Marítima, en el 2015 reformó su Código Civil para declarar que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. 

En América Latina, el primer país en hacer esta modificación fue Colombia.  El año pasado, en su Código Civil se introdujo que "los animales como seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos".

En Argentina y Chile hay proyectos de ley similares al Perú 

Somos un grupo de organizaciones ciudadanas comprometidas con que en Perú se reconozca a los animales como seres vivos (Sintientes) que merecen dignidad y derechos.

De la misma manera, las autoridades estatales y municipales deberán garantizar la protección, bienestar, el trato digno y respetuoso a los animales; además, fomentarán una cultura de cuidado y tutela responsable.

Lo anterior, con el objetivo de proteger a los seres en mención, por lo que, la ley determinará las conductas prohibidas y establecerá las sanciones aplicables por los actos de Abandono, Maltrato y Crueldad.

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En esa medida damos a conocer que el 19 de noviembre del 2021, el Congresista José Enrique Jeri Ore de la Bancada de Somos Perú, Acogió la Propuesta la cual fue trabajada con su equipo en diversas reuniones con la participación de la sociedad civil y organizaciones animalistas. 

Logrando el PL N°798/2021-CR, Ya presentado en el Congreso para ser derivado a una comisión y luego debatida en Pleno, la cual recayó en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos que Preside la Congresista Gladys Echaíz

Agradecemos al Congresista y a los otros 21 parlamentarios que han tomado la posta de impulsar este pedido iniciado y sumarse a una Agenda Animalista. 

Pueden revisar los considerandos y mejoras que trae este nuevo proyecto de ley PL N°798/2021-CR, presentado al congreso el 19 noviembre 2021

https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/NjIyMw==/pdf/PL-00798

De igual forma pueden ir sumando sus Opiniones en el siguiente enlace: 

https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal/#/expediente/2021/798

Necesitamos el apoyo de todos en Compartir y Dejar su Opinión que fortalezca el PL y ayude a tomar decisión favorable lo mas pronto posible en favor de los Animales. 

¡Firma y comparte ahora esta petición usando el hashtag #NoSonMuebles y #AnimalesNOsonCosas para ayudarnos a conseguir todas las firmas posibles!

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Alexander Liborio Chavez MartinezCreador de la peticiónDoctorando, Mg Gestión Pública, Mg Derecho Penal y Procesal Penal, Administración, Derecho, Diplomados, Especializaciones, Conciliador Extrajudicial y Arbitro por el MINJUSDH, político de centro, animalista, ambientalista. "MI TRABAJO SON TUS DERECHOS"

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La causa

¿Sabías que los animales son considerados "bienes muebles" en nuestro Código Civil? ¿Y que la Constitución actual ni siquiera los nombra? 

Sí, aunque parezca increíble esa es su realidad: los animales son tratados como objetos y cosas por el derecho, lo que los deja desprotegidos en términos legales cuando son víctimas de abusos y maltratos. Por otra parte, hace bastante tiempo que la ciencia declaró que los animales son capaces de sentir, tanto sensaciones físicas como placer y dolor, y también sentimientos como miedo y estrés. Nuestras leyes están obsoletas, ya que no reflejan este conocimiento científico.

El Código Civil Peruano data nada más y nada menos que de 1984.

Para esta ley, que a lo largo del tiempo ha ido registrando numerosas reformas para modernizarse e irse adaptando en otros aspectos, los animales todavía son considerados “bienes semovientes”, es decir, COSAS.

Perú necesita adecuar su Código Civil a la realidad social y legal actual. Por ello nos proponemos impulsar la reforma del Código Civil para que los animales reciban el estatuto jurídico que ya les otorga el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europa que, en su artículo 13, reconoce a los animales como seres sintientes, es decir, seres vivos dotados de sensibilidad.

Este anacronismo legal ya se ha reformado en otros Códigos Civiles del Mundo como el catalán, que reconoce expresamente que los animales no son cosas, o el Código Civil francés, austriaco, suizo o alemán, que ya han llevado a cabo la pertinente reforma para cambiar el estatuto jurídico de los animales de “cosas”“seres vivos dotados de sensibilidad”.

Nuestros Legisladores (Congresistas) Peruanos deben asumir la realidad y las necesidades actuales del momento que vivimos, donde los animales son seres vivos con derechos reconocidos y protegidos por ese mismo Ordenamiento Jurídico del que forma parte el Código Civil y amoldar la legislación a  la sociedad contemporánea y al reconocimiento, afecto y respeto que se merecen los seres vivos con los que compartimos vida e incluso convivencia.

Tras la reforma del Código Civil se les otorgará una nueva categoría como seres sensibles: no gozan de los mismos derechos que las personas, pero se podría reconocer que tienen necesidades, Aunque parezca solo una cuestión de terminología jurídica, en la práctica representa un cambio importante en cuanto al trato de nuestras mascotas. Hay normativas que tendrán que cambiar, y se regulará qué ocurre con los animales cuando un juez tiene que tomar una decisión sobre este animal.

Se trata de un proyecto de ley con iniciativa ciudadana, Pero, ojo no podemos olvidar que existe una Iniciativa como el PL N°3940/2018-CR, que fue presentado por el congresista Hernando Cevallos, Luego tenemos otra iniciativa que en su momento fue ingresada al Ministerio de Justicia (2016), donde se planteaba que en el artículo 886 del Código Civil se introduzca que "los animales no son cosas", más bien "seres sintientes no humanos dotados de sensibilidad" Esta ultima Iniciativa fue presentada por la presidenta de la Comisión de Estudios de los Derecho de los Animales del Colegio de Abogados de Lima, Sonia Córdova, quien solicito que el tema sea precisado en el artículo 886 de la norma civil peruana.

El Art 886 del Código Civil, referido a los bienes muebles, señala en su inciso 9: [son bienes muebles] Los demás bienes que puedan llevarse de un lugar a otro". 

En nuestro país aún no se ha puesto en discusión este tema, ya que los animales siguen siendo considerados objetos y no sujetos de derecho. De hecho, la Ley 30407, Ley de protección y bienestar animal, que penaliza la violencia contra los animales confirma esto; ya que ubicaron este nuevo artículo dentro de los delitos contra el patrimonio, con lo que se colige que no se protege en sí la vida del animal sino los intereses patrimoniales de su dueño.

Con la entrada en vigencia de esta Ley 30407 se reconoce únicamente a los animales vertebrados domésticos y silvestres mantenidos en cautiverio como seres sensibles sin que sea necesario una modificación expresa y textual del Código Civil peruano al respecto; sin embargo, al resto de animales, se les sigue considerando como bienes muebles (artículo 886° del Código Civil Peruano de 1984),

En definitiva, desde el Partido Animalista Peruano, pedimos que se te tenga en cuenta a los animales a la hora de actualizar nuestras leyes y nuestro Código Civil se ponga al día en este aspecto, porque los animales, no son cosas.

Otros países han dado este paso mucho antes que nosotros. En el Artículo 13 del Tratado de Lisboa (2007), considerado la carta constitucional de la Unión Europea, ya se habla de los animales como “seres sintientes”, y esto ha sido replicado por constituciones y códigos civiles en Austria, Alemania, Suiza, Luxemburgo, Francia, República Checa, Cataluña, entre otros. Por otro lado, en la Declaración de Cambrige (2012), un grupo de científicos liderados por Stephen Hawking fue más lejos y aseguró que además de ser seres sintientes, muchos animales tienen consciencia de sí mismos y de su existencia.

Los animales no son muebles, no son cosas, no son objetos ni simples artículos de propiedad privada. Los animales son nuestros amigos, nuestros compañeros, e inclusive algunos son parte de nuestra familia. Los animales son sujetos de consideración moral y merecen respeto.

-CORRIENTE INTERNACIONAL-

Este tipo de iniciativas no son nuevas en el mundo. Austria fue el primer país europeo que cambió su Código Civil. En 1988, estableció que los animales no son cosas y que están protegidos por las leyes. Lo mismo hicieron Alemania (1990) y Suiza (2003) . 

Si bien desde 1976 Francia reconocía a los animales como seres sensibles en su Código Rural y de Pesca Marítima, en el 2015 reformó su Código Civil para declarar que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. 

En América Latina, el primer país en hacer esta modificación fue Colombia.  El año pasado, en su Código Civil se introdujo que "los animales como seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos".

En Argentina y Chile hay proyectos de ley similares al Perú 

Somos un grupo de organizaciones ciudadanas comprometidas con que en Perú se reconozca a los animales como seres vivos (Sintientes) que merecen dignidad y derechos.

De la misma manera, las autoridades estatales y municipales deberán garantizar la protección, bienestar, el trato digno y respetuoso a los animales; además, fomentarán una cultura de cuidado y tutela responsable.

Lo anterior, con el objetivo de proteger a los seres en mención, por lo que, la ley determinará las conductas prohibidas y establecerá las sanciones aplicables por los actos de Abandono, Maltrato y Crueldad.

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En esa medida damos a conocer que el 19 de noviembre del 2021, el Congresista José Enrique Jeri Ore de la Bancada de Somos Perú, Acogió la Propuesta la cual fue trabajada con su equipo en diversas reuniones con la participación de la sociedad civil y organizaciones animalistas. 

Logrando el PL N°798/2021-CR, Ya presentado en el Congreso para ser derivado a una comisión y luego debatida en Pleno, la cual recayó en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos que Preside la Congresista Gladys Echaíz

Agradecemos al Congresista y a los otros 21 parlamentarios que han tomado la posta de impulsar este pedido iniciado y sumarse a una Agenda Animalista. 

Pueden revisar los considerandos y mejoras que trae este nuevo proyecto de ley PL N°798/2021-CR, presentado al congreso el 19 noviembre 2021

https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/NjIyMw==/pdf/PL-00798

De igual forma pueden ir sumando sus Opiniones en el siguiente enlace: 

https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal/#/expediente/2021/798

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Alexander Liborio Chavez MartinezCreador de la peticiónDoctorando, Mg Gestión Pública, Mg Derecho Penal y Procesal Penal, Administración, Derecho, Diplomados, Especializaciones, Conciliador Extrajudicial y Arbitro por el MINJUSDH, político de centro, animalista, ambientalista. "MI TRABAJO SON TUS DERECHOS"

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Petición creada en 19 de octubre de 2021