

"Jóvenes Rurales exigimos: ¡Protejan a Agrosavia para salvar el futuro del agro!"


"Jóvenes Rurales exigimos: ¡Protejan a Agrosavia para salvar el futuro del agro!"
El problema
Bogotá D.C., Abril de 2026
Señores:
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN (DNP)
E. S. D.
ASUNTO: Pronunciamiento Nacional de RAJSA y organizaciones aliadas en defensa de la autonomía financiera y el fortalecimiento misional de AGROSAVIA.
REFERENCIA: Derecho de Petición de Interés General (Art. 23 C.P. y Ley 1755 de 2015).
Respetados Ministros y Directores,
Nosotros, los jóvenes integrantes de la Red Nacional de Apoyo a Juventudes Rurales del Sector Agropecuario — RAJSA, actuando en representación de las diversas organizaciones juveniles, campesinas, técnicas y emprendedoras del campo colombiano, comparecemos ante ustedes para manifestar nuestra profunda preocupación y rechazo frente a las medidas de recorte presupuestal que afectan a la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (AGROSAVIA).
Para la juventud rural, Agrosavia no es solo una entidad técnica; es el pilar científico que garantiza que nuestra decisión de permanecer en el campo sea viable, competitiva y digna.
I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Sustentamos nuestra reclamación en el marco legal y constitucional que obliga al Estado a proteger la ciencia aplicada al agro:
Mandato de Ciencia y Tecnología (Arts. 64 y 65 C.P.): La Constitución impone al Estado el deber de promover el acceso a la ciencia para mejorar la productividad y la calidad de vida de los campesinos. Un recorte a la investigación agropecuaria constituye una medida regresiva que vulnera este precepto constitucional.
Ley 1876 de 2017 (Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria - SNIA): Esta ley establece que la innovación es un servicio público esencial. Agrosavia es el actor principal del SNIA; su desfinanciamiento implica el incumplimiento de una política de Estado obligatoria para el desarrollo rural integral.
Ley 1885 de 2018 (Estatuto de Ciudadanía Juvenil): El Estado debe garantizar condiciones para el desarrollo integral de la juventud rural. La innovación que provee Agrosavia es la única herramienta efectiva para enfrentar los retos del cambio climático y la seguridad alimentaria.
Jurisprudencia Constitucional (Sentencia C-077 de 2017): La Corte ha reiterado que el campesinado es sujeto de especial protección. Bajo el principio de no regresividad, el presupuesto destinado al desarrollo rural no puede ser disminuido arbitrariamente sin afectar derechos fundamentales.
II. PETICIONES
BLINDAR de manera inmediata la asignación presupuestal de Agrosavia para la vigencia 2026 y 2027, garantizando los recursos necesarios para la operación de sus centros de investigación y laboratorios.
PRIORIZAR dentro de las metas del sector agropecuario los programas de transferencia de tecnología dirigidos a asociaciones de jóvenes, reconociendo a RAJSA como interlocutor válido en territorio.
CONVOCAR a una mesa técnica con delegados de nuestra Red para discutir las implicaciones de estas medidas financieras en el relevo generacional del campo.
III. NOTIFICACIONES
Recibiremos respuesta a este requerimiento en el correo electrónico: colectivo.sumerce18@gmail.com
Atentamente,
Suscriben la presente comunicación los representantes de las organizaciones de jóvenes rurales, asociaciones campesinas y colectivos agrarios que integran la Red RAJSÁ, cuyos datos y firmas constan en el anexo adjunto, representando a las juventudes de diferentes departamentos del país.
CON COPIA A:
Honorable Comisión Quinta del Senado de la República. (Asuntos Agropecuarios y Ambientales).
Honorable Comisión Quinta de la Cámara de Representantes.
Dirección Ejecutiva de AGROSAVIA.
Defensoría del Pueblo (Delegada para Asuntos Agrarios).
Procuraduría General de la Nación (Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios).

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El problema
Bogotá D.C., Abril de 2026
Señores:
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN (DNP)
E. S. D.
ASUNTO: Pronunciamiento Nacional de RAJSA y organizaciones aliadas en defensa de la autonomía financiera y el fortalecimiento misional de AGROSAVIA.
REFERENCIA: Derecho de Petición de Interés General (Art. 23 C.P. y Ley 1755 de 2015).
Respetados Ministros y Directores,
Nosotros, los jóvenes integrantes de la Red Nacional de Apoyo a Juventudes Rurales del Sector Agropecuario — RAJSA, actuando en representación de las diversas organizaciones juveniles, campesinas, técnicas y emprendedoras del campo colombiano, comparecemos ante ustedes para manifestar nuestra profunda preocupación y rechazo frente a las medidas de recorte presupuestal que afectan a la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (AGROSAVIA).
Para la juventud rural, Agrosavia no es solo una entidad técnica; es el pilar científico que garantiza que nuestra decisión de permanecer en el campo sea viable, competitiva y digna.
I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Sustentamos nuestra reclamación en el marco legal y constitucional que obliga al Estado a proteger la ciencia aplicada al agro:
Mandato de Ciencia y Tecnología (Arts. 64 y 65 C.P.): La Constitución impone al Estado el deber de promover el acceso a la ciencia para mejorar la productividad y la calidad de vida de los campesinos. Un recorte a la investigación agropecuaria constituye una medida regresiva que vulnera este precepto constitucional.
Ley 1876 de 2017 (Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria - SNIA): Esta ley establece que la innovación es un servicio público esencial. Agrosavia es el actor principal del SNIA; su desfinanciamiento implica el incumplimiento de una política de Estado obligatoria para el desarrollo rural integral.
Ley 1885 de 2018 (Estatuto de Ciudadanía Juvenil): El Estado debe garantizar condiciones para el desarrollo integral de la juventud rural. La innovación que provee Agrosavia es la única herramienta efectiva para enfrentar los retos del cambio climático y la seguridad alimentaria.
Jurisprudencia Constitucional (Sentencia C-077 de 2017): La Corte ha reiterado que el campesinado es sujeto de especial protección. Bajo el principio de no regresividad, el presupuesto destinado al desarrollo rural no puede ser disminuido arbitrariamente sin afectar derechos fundamentales.
II. PETICIONES
BLINDAR de manera inmediata la asignación presupuestal de Agrosavia para la vigencia 2026 y 2027, garantizando los recursos necesarios para la operación de sus centros de investigación y laboratorios.
PRIORIZAR dentro de las metas del sector agropecuario los programas de transferencia de tecnología dirigidos a asociaciones de jóvenes, reconociendo a RAJSA como interlocutor válido en territorio.
CONVOCAR a una mesa técnica con delegados de nuestra Red para discutir las implicaciones de estas medidas financieras en el relevo generacional del campo.
III. NOTIFICACIONES
Recibiremos respuesta a este requerimiento en el correo electrónico: colectivo.sumerce18@gmail.com
Atentamente,
Suscriben la presente comunicación los representantes de las organizaciones de jóvenes rurales, asociaciones campesinas y colectivos agrarios que integran la Red RAJSÁ, cuyos datos y firmas constan en el anexo adjunto, representando a las juventudes de diferentes departamentos del país.
CON COPIA A:
Honorable Comisión Quinta del Senado de la República. (Asuntos Agropecuarios y Ambientales).
Honorable Comisión Quinta de la Cámara de Representantes.
Dirección Ejecutiva de AGROSAVIA.
Defensoría del Pueblo (Delegada para Asuntos Agrarios).
Procuraduría General de la Nación (Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios).

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Petición creada en 20 de abril de 2026