Integración Matronas en grupo A1 de clasificación profesional


Integración Matronas en grupo A1 de clasificación profesional
El problema
Las matronas debemos pertenecer al grupo A1. Justificación:
Para formar parte del grupo de clasificación profesional A1 se precisan tres condiciones, las cuales las matronas las cumplen indudablemente (RD 5/2015, de 30 de octubre, Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).
1.Grado universitario: 240 ECTS.
2. Características pruebas de acceso: acceso EXCLUSIVO vía EIR (convocatoria pública anual), más dos años de formación, 3600 horas que equivaldrían a 144 ECTS. No es posible ser matrona por mera experiencia en el servicio o cúmulo en créditos generales de formación. Debes reunir los 384 ECTS (240ECTS+3600horas) y haber superado el examen nacional.
3. Nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar: autonomía para el DIAGNÓSTICO, seguimiento, tratamiento, ingreso, alta del embarazo de bajo riesgo; autonomía para la atención a la mujer en todas las etapas de su vida (desde adolescencia a climaterio), autonomía en la atención y reanimación del recién nacido, etc. Competencias estipuladas por ley que conllevan un nivel de autonomía y responsabilidad excepcional no comparable a otras disciplinas grado o a la misma enfermería generalista.
Además, el RD1837/2008, 8nov; Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ya equiparaba el nivel de formación y responsabilidad de las matronas con las categoríasque en la actualidad forman parte del grupo A1. En el mismo, las matronas están ubicadas en el mismo nivel de formación descrito en el artículo 19.5 donde se les incluyen junto a abogados, médicos especialistas, ingenieros, profesor de universidad, químicos, veterinario, arquitectos, etc... una lista de grados universitarios con nombramiento masculino al que le atribuyeron el grado A1, mientras matronas y enfermeras especialistas, estando en el mismo apartado y "fortuitamente" únicas profesiones con categoría femenina quedaron sin justificación alguna menosprecaidas en el grupo A2 junto a las profesiones catalogadas por este RD en el artículo 19,4 de menor nivel de formación/responsabilidad.
Por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos que se cumpla a nivel retributivo lo que está estipulado y se reconozca a las matronas el nivel que le corresponde, nivel A1, por su autonomía, responsabilidad y nivel de formación (384ECTS) reconocidas y exigidas por ley, y su forma exclusiva de acceso.
Rogamos la reflexión y consideración seria y detenida de nuestra petición con base normativa suficiente para poner fin a tan largo menosprecio injustificado a esta categoría profesional.
Atentamente,
Matronas al servicio de las familias de todo el territorio nacional.
3118
El problema
Las matronas debemos pertenecer al grupo A1. Justificación:
Para formar parte del grupo de clasificación profesional A1 se precisan tres condiciones, las cuales las matronas las cumplen indudablemente (RD 5/2015, de 30 de octubre, Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).
1.Grado universitario: 240 ECTS.
2. Características pruebas de acceso: acceso EXCLUSIVO vía EIR (convocatoria pública anual), más dos años de formación, 3600 horas que equivaldrían a 144 ECTS. No es posible ser matrona por mera experiencia en el servicio o cúmulo en créditos generales de formación. Debes reunir los 384 ECTS (240ECTS+3600horas) y haber superado el examen nacional.
3. Nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar: autonomía para el DIAGNÓSTICO, seguimiento, tratamiento, ingreso, alta del embarazo de bajo riesgo; autonomía para la atención a la mujer en todas las etapas de su vida (desde adolescencia a climaterio), autonomía en la atención y reanimación del recién nacido, etc. Competencias estipuladas por ley que conllevan un nivel de autonomía y responsabilidad excepcional no comparable a otras disciplinas grado o a la misma enfermería generalista.
Además, el RD1837/2008, 8nov; Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ya equiparaba el nivel de formación y responsabilidad de las matronas con las categoríasque en la actualidad forman parte del grupo A1. En el mismo, las matronas están ubicadas en el mismo nivel de formación descrito en el artículo 19.5 donde se les incluyen junto a abogados, médicos especialistas, ingenieros, profesor de universidad, químicos, veterinario, arquitectos, etc... una lista de grados universitarios con nombramiento masculino al que le atribuyeron el grado A1, mientras matronas y enfermeras especialistas, estando en el mismo apartado y "fortuitamente" únicas profesiones con categoría femenina quedaron sin justificación alguna menosprecaidas en el grupo A2 junto a las profesiones catalogadas por este RD en el artículo 19,4 de menor nivel de formación/responsabilidad.
Por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos que se cumpla a nivel retributivo lo que está estipulado y se reconozca a las matronas el nivel que le corresponde, nivel A1, por su autonomía, responsabilidad y nivel de formación (384ECTS) reconocidas y exigidas por ley, y su forma exclusiva de acceso.
Rogamos la reflexión y consideración seria y detenida de nuestra petición con base normativa suficiente para poner fin a tan largo menosprecio injustificado a esta categoría profesional.
Atentamente,
Matronas al servicio de las familias de todo el territorio nacional.
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Petición creada en 28 de enero de 2024


