

Inhibición Juez Carretero (Caso Errejón)


Inhibición Juez Carretero (Caso Errejón)
El problema
Adolfo Carretero es el encargado de la instrucción del caso Errejón y ha lanzado cuestiones a la actriz Elisa Mouliaá como: "Dice que se sacó el miembro viril. ¿Sabe usted para qué?". Encargado de la instrucción del caso por la presunta agresión sexual del político Iñigo Errejón contra la actriz Elisa Mouliaá, el juez Adolfo Carretero Sánchez ha vuelto a hacer honor a su fama de magistrado 'peculiar' y con querencia a realizar preguntas incómodas.
La cuestión de la filtración del vídeo de la declaración de una víctima de violencia de género, es algo inadmisible se mire por donde se mire. Si hay algo bueno en esto es que, por primera vez, veamos cómo un juez le pregunta a la víctima por qué el agresor se saca el pene, como le dice cuánto tiempo estuvo chupándole las tetas. Donde ahí, además de la violencia machista ejercida por el juez contra la víctima, cruza una violencia de clase evidente.
Hay otros momentos del juicio en los que el juez grita a la víctima, si comparas el tono con el que le habla a Errejón es totalmente distinto. A Elisa no le deja acabar sus respuestas. Cuando el juez le dice a la víctima: 'Es que no entiendo por qué se sintió usted violentada'. Su trabajo no es comprender por qué se sintió así, sino valorar los hechos, las pruebas, los testimonios. Usted, señor Carretero, no tiene por qué entender por qué se siente una mujer violentada. Este juez está poniendo en cuestión, no ya que se sienta violentada, si no el derecho mismo a sentirse así.
Una de las principales polémicas se centra en la actitud del juez Adolfo Carretero, quien ha llegado a sugerir que la denuncia podría responder a un acto de despecho. Es inadmisible. Lo hemos tachado de violencia institucional y no solo daña a Elisa Mouliaá, sino que manda un mensaje disuasorio a otras posibles denunciantes. Es un daño enorme a nuestras hijas y a cualquier mujer que quiera denunciar, esperando un trato debido de la judicatura.
Lejos de ser una cuestión de protocolos, existen leyes que obligan a garantizar un trato digno hacia las víctimas. Entre ellas, la Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima del Delito, que establece que estas tienen derecho a ser tratadas con respeto y dignidad. "Obligan a tratar a la víctima con respeto, a que pueda ir acompañada, a que se siente, a que no sea en esas formas… Tiene derecho a un respeto a su dignidad constante".
Este tipo de interrogatorio revictimiza a las mujeres y las aleja de la denuncia y de la protección. La LOGILS (Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual) pone el consentimiento en el centro y ha cambiado el paradigma de valoración de las conductas machistas. El juez debe valorar las pruebas, no cuestionar a la víctima.
Esperamos que no solo las feministas, también la abogacía, judicatura y fiscalía actúen ante las filtraciones, vulneración de derechos y grave maltrato institucional, incluidos gritos e interrupciones constantes a una denunciante de agresión sexual. No normalicemos.
Este tipo de hechos es «maltrato institucional» y tienen «un efecto disuasorio en las demás víctimas». Por eso solo denunciaba el 8%.
El Estado debe reaccionar de manera rigurosa diciendo que esto no es la judicatura que queremos, ni la que las leyes obligan a tener en el trato a las víctimas.
Por todos estos motivos, solicitamos la inhibición en el Caso Errejón de manera inmediata por parte del juez Adolfo Carretero. El Canon 20 de Ética Judicial establece una lista, no exhaustiva, de las razones para que un juez o jueza dejen de atender un caso. Nos acogemos a la primera de ellas:
a) Por tener prejuicio o parcialidad hacia cualquiera de las personas, las abogadas o los abogados que intervengan en el pleito o por haber prejuzgado el caso.

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El problema
Adolfo Carretero es el encargado de la instrucción del caso Errejón y ha lanzado cuestiones a la actriz Elisa Mouliaá como: "Dice que se sacó el miembro viril. ¿Sabe usted para qué?". Encargado de la instrucción del caso por la presunta agresión sexual del político Iñigo Errejón contra la actriz Elisa Mouliaá, el juez Adolfo Carretero Sánchez ha vuelto a hacer honor a su fama de magistrado 'peculiar' y con querencia a realizar preguntas incómodas.
La cuestión de la filtración del vídeo de la declaración de una víctima de violencia de género, es algo inadmisible se mire por donde se mire. Si hay algo bueno en esto es que, por primera vez, veamos cómo un juez le pregunta a la víctima por qué el agresor se saca el pene, como le dice cuánto tiempo estuvo chupándole las tetas. Donde ahí, además de la violencia machista ejercida por el juez contra la víctima, cruza una violencia de clase evidente.
Hay otros momentos del juicio en los que el juez grita a la víctima, si comparas el tono con el que le habla a Errejón es totalmente distinto. A Elisa no le deja acabar sus respuestas. Cuando el juez le dice a la víctima: 'Es que no entiendo por qué se sintió usted violentada'. Su trabajo no es comprender por qué se sintió así, sino valorar los hechos, las pruebas, los testimonios. Usted, señor Carretero, no tiene por qué entender por qué se siente una mujer violentada. Este juez está poniendo en cuestión, no ya que se sienta violentada, si no el derecho mismo a sentirse así.
Una de las principales polémicas se centra en la actitud del juez Adolfo Carretero, quien ha llegado a sugerir que la denuncia podría responder a un acto de despecho. Es inadmisible. Lo hemos tachado de violencia institucional y no solo daña a Elisa Mouliaá, sino que manda un mensaje disuasorio a otras posibles denunciantes. Es un daño enorme a nuestras hijas y a cualquier mujer que quiera denunciar, esperando un trato debido de la judicatura.
Lejos de ser una cuestión de protocolos, existen leyes que obligan a garantizar un trato digno hacia las víctimas. Entre ellas, la Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima del Delito, que establece que estas tienen derecho a ser tratadas con respeto y dignidad. "Obligan a tratar a la víctima con respeto, a que pueda ir acompañada, a que se siente, a que no sea en esas formas… Tiene derecho a un respeto a su dignidad constante".
Este tipo de interrogatorio revictimiza a las mujeres y las aleja de la denuncia y de la protección. La LOGILS (Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual) pone el consentimiento en el centro y ha cambiado el paradigma de valoración de las conductas machistas. El juez debe valorar las pruebas, no cuestionar a la víctima.
Esperamos que no solo las feministas, también la abogacía, judicatura y fiscalía actúen ante las filtraciones, vulneración de derechos y grave maltrato institucional, incluidos gritos e interrupciones constantes a una denunciante de agresión sexual. No normalicemos.
Este tipo de hechos es «maltrato institucional» y tienen «un efecto disuasorio en las demás víctimas». Por eso solo denunciaba el 8%.
El Estado debe reaccionar de manera rigurosa diciendo que esto no es la judicatura que queremos, ni la que las leyes obligan a tener en el trato a las víctimas.
Por todos estos motivos, solicitamos la inhibición en el Caso Errejón de manera inmediata por parte del juez Adolfo Carretero. El Canon 20 de Ética Judicial establece una lista, no exhaustiva, de las razones para que un juez o jueza dejen de atender un caso. Nos acogemos a la primera de ellas:
a) Por tener prejuicio o parcialidad hacia cualquiera de las personas, las abogadas o los abogados que intervengan en el pleito o por haber prejuzgado el caso.

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Petición creada en 21 de enero de 2025