Ilegitimidad de Anses en aceptar actualización de acta matrimonial como prueba única legal

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La causa

Es urgente que quiten la exigencia de actualización de partidas como única prueba válida en virtud de los casos pendientes de inicio y de los ya iniciados con período de evaluación.

Buenos días, les cuento que para iniciar pensiones por fallecimiento de trabajador o de jubilado, la ANSES pide como requisito acompañar partida de matrimonio actualizada para acreditar que el vínculo continuó con el correr de los años.

No tiene facultades para desconocer la validez legal de un documento público y esto hace que en muchos casos el beneficiario no pueda hacer uso de su derecho. Por lo tanto si nuestro Código Civil dice expresamente quien puede pedir nulidad de partidas matrimoniales y la ANSES no está entre los facultados, entonces no pueden atribuirse derecho de negar la partida original la cual al ser acompañada con otras pruebas que acreditan continuidad, puede tomarse como válida. Podrían pedir cualquier otra prueba como por ejemplo servicios a nombre o incluso certificado de domicilio expedido por la comisaría zonal en forma conjunta con la partida original.

Muchos abogados nos vemos obligados a iniciar bajo insistencia sino no toman el trámite. Hay una presentación realizada ante la PIA vía web con el registro BZMJ-613 y respondieron dictamen diciendo que no intervendrán, pero que lo dejarán a evaluación de la UFISES la cual ya recibió la denuncia y el dictamen, y quieren que mencione el nombre de los afectados para dar tratamiento. Esto afecta a todos los casos de pensiones por eso quise preservar la identidad de dichas personas y solo basta con acceder a la web de ANSES para ver que el requisito es exigido. 

Adicionalmente su normativa dice que para acreditar convivencia se deben acompañar servicios  de 5 años antes del fallecimiento. Dando más valor a un servicio de 2015 que el que puede tener uno de 2020 donde figura el nombre del causante y el domicilio que coincide con el del cónyuge superstite.

Es injusto que una persona haya aportado toda su vida laboral y que su cónyuge supérstite no tenga el derecho si no acompaña lo que ilegítimamente solicitan.

En resumen:

-No están legitimados

-Afectación moral y económica (esas actualizaciones tienen un costo y si son matrimonios en el extranjero, más aún, a eso se le suma su dolor por la pérdida y que duden de la veracidad de haber estado casados)

-La misma Administración puede en forma interna verificar en los registros nacionales si hay inscripciones de divorcios o nuevos vínculos declarados que invaliden el denunciado en el expediente de inicio.

-Pueden pedir se acompañe con la partida matrimonial, otras pruebas.

Los derechos de pensión están en juego por una ilegalidad y arbitrariedad manifiesta.

Los tomadores de decisiones

Fernanda Raverta
Fernanda Raverta
ANSES
UFISES unidad fiscal para investigación de delitos de la seguridad social - PIA (Procuraduría)
UFISES unidad fiscal para investigación de delitos de la seguridad social - PIA (Procuraduría)
Administración Pública Ministerio Público Fiscal
Claudio Omar Moroni
Claudio Omar Moroni
Ministerio de Trabajo, empleo y Seguridad Social

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