Indemnización por cancelación de vuelo IB6585 de Iberia entre Madrid y Bogotá del 1/11/20


Indemnización por cancelación de vuelo IB6585 de Iberia entre Madrid y Bogotá del 1/11/20
El problema
PUEDEN ACCEDER AL ESCRITO COMPLETO INCLUYENDO CAPTURAS DE LOS DATOS PROPORCIONADOS ASÍ COMO INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE EL CASO EN LA SIGUIENTE DIRECCIÓN: http://bit.ly/reclamacion-a-iberia
Mi nombre es Vibian Andrea Tarazona Ochoa, de nacionalidad colombiana, y voy a relatarles mi caso e intentos de volver a Colombia volando con Iberia así como la gestión realizada por parte de la compañía que se traducirán en la reclamación que les interpondré por las vías oficiales, es decir, vía el servicio que la Comunidad de Madrid ofrece para ello.
El pasado día 28 de Septiembre compré un billete para la ruta Madrid – Bogotá con Iberia para viajar el día 1 de Noviembre de 2020.
Es importante resaltar aquí algunos puntos ya que tienen relevancia en la reclamación a cursar a Iberia por la cancelación del vuelo:
- La venta (más concretamente el cambio de un billete que tenía para el 14 de Diciembre de 2020) se produce el 28 de Septiembre de 2020, esto es, días después de que se restablecieran los vuelos comerciales internacionales con destino Bogotá cancelados por la pandemia del COVID-19. Entiendo que antes de ofertar un vuelo, Iberia realizaría todas las comprobaciones y gestiones necesarias para poderlo operar y no causar a sus clientes los trastornos asociados a la cancelación de un vuelo de estas características.
- En el billete se incluye la reserva para poder viajar con mi perrita Chihuahua, de nombre “Pirula” :) Esto tendrá relevancia en los importes reclamados a Iberia a raíz de la cancelación.
Con fecha 28 de Octubre de 2020, a las 19:49 para ser más exactos, recibo un correo notificándoseme la CANCELACIÓN del vuelo, esto es, la notificación se produce a escasas 93 horas de la salida del vuelo (16:10 del 1 de Noviembre), esto es: con menos de 4 días de antelación a la salida del vuelo.
Según se indica en la web de Iberia, más concretamente en la dirección https://www.iberia.com/es/derechos-pasajero/ en el apartado referente a cancelaciones:
"El Reglamento (Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, en vigor desde el 17 de febrero de 2005) contempla que el transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo no está obligado a pagar una indemnización al pasajero:
Si se puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables (casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo, congestión aeroportuaria, gestión del tráfico aéreo y huelgas que afecten a las operaciones del transportista aéreo)."
Resulta en este caso difícil pensar que se cumplieron alguna de esas condiciones cuando según se informa en la web de Iberia, más concretamente en la dirección https://www.iberia.com/es/llegadas-y-salidas/ el mismo vuelo (mismo origen: Madrid, (España) y mismo destino: Bogotá (Colombia)) se operó con normalidad con fecha 30 de Octubre de 2020, es decir: 2 días antes de mi vuelo; así como por el hecho de que Iberia ofertara en su correo de notificación de la cancelación vuelos para las fechas 6 de Noviembre de 2020 (5 días después del vuelo cancelado), 13 de Noviembre de 2020, 20 de Noviembre de 2020 y 27 de Noviembre de 2020. Ver el escrito completo para confirmar estos datos disponible en http://bit.ly/reclamacion-a-iberia. Con todo ello, queda claro que es responsabilidad de Iberia PROBAR que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias.
Por otro lado, en dicho mismo documento disponible en la web de Iberia sobre “Derechos del pasajero” (https://www.iberia.com/es/derechos-pasajero/), es posible leer lo siguiente referente a las causas que eximirían a Iberia de indemnizar a un pasajero por la cancelación de su vuelo así como sobre el importe de dicha cuantía:
"Si se avisa al pasajero con menos de siete días de antelación a la hora de salida prevista y se le ofrece otro vuelo que le permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida original de su vuelo y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista en el vuelo inicialmente contratado. (...)
300 euros para todos los vuelos no incluidos en los puntos anteriores, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a cuatro horas, con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado; o a 600 euros si el retraso es superior a cuatro horas."
Como detallaba con anterioridad, la notificación de la cancelación del vuelo se realiza con menos de 4 días de antelación y además NO se ofrece “otro vuelo que le permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida original de su vuelo y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista en el vuelo inicialmente contratado”.
Tal y como se indica en la web de Iberia, no por iniciativa propia de Iberia vistos los inconvenientes que pone la compañía para hacer frente a sus responsabilidades por la cancelación de sus vuelos, sino por ser lo dictado por el Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, en vigor desde el 17 de febrero de 2005, la indemnización asciende a 600€.
Mencionar también que en ningún momento Iberia hace la más mínima mención a este párrafo del reglamento y que es posible leer en la página titulada “Derechos del pasajero” de la web de Iberia (https://www.iberia.com/es/derechos-pasajero/):
"2.2 Asistencia por cancelación
- El pasajero puede elegir entre:
- Conducción a su destino final, en condiciones de transporte comparables, lo antes posible o en fecha posterior a conveniencia del pasajero en función de las plazas disponibles.
- Reembolso** en un plazo de 7 días del trayecto o trayectos del recorrido no utilizados, y del trayecto o trayectos del recorrido realizado si el viaje ya no tiene razón de ser y a un vuelo de vuelta al primer punto de partida.
- Además, el pasajero recibirá gratuitamente:
- Bebida y comida suficientes en función del tiempo que sea necesario esperar.
- Dos llamadas telefónicas o el envío de dos mensajes de télex, o dos mensajes de fax, o dos correos electrónicos.
- Si es necesario pernoctar: alojamiento, cuando proceda, y transporte de ida y vuelta entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento."
Si bien no es responsabilidad de Iberia el informar al viajero de estos extremos, sería muy de agradecer como muestra de buena voluntad por parte de Iberia notificar a los clientes afectados por la cancelación de un vuelo con vistas a para resarcir EN PARTE de los trastornos causados por la cancelación de un vuelo de estas características, y de cualquier vuelo en general.
En mi caso, este tema es también relevante por cuanto resido en Sevilla, el vuelo partía desde Madrid y tenía una reserva de un coche para desplazarme a Madrid para coger dicho vuelo que a raíz de la cancelación del vuelo tuve que anular y devolver en un destino distinto (Sevilla), cobrándome la empresa de alquiler de coches la penalización correspondiente (170€), más sobre esto un poco más adelante.
Expuestos los hechos, me pongo en contacto con Iberia para informarles de mi deseo de poner una reclamación por la cancelación del vuelo con vistas a recibir la indemnización que me corresponde. En la línea de Atención al Cliente de Iberia se me notifica que no existe ninguna otra vía de poner una reclamación a Iberia que vía su web, más concretamente en la dirección https://www.iberia.com/es/relaciones-cliente/
Doy de alta la reclamación por la vía indicada a raíz de la cual me intercambio una serie de correos con el Servicio de Atención al Cliente en los que básicamente Iberia exime toda responsabilidad en la cancelación del vuelo. Ver el histórico de correos intercambiados en la dirección http://bit.ly/reclamacion-a-iberia
A modo de resumen, les notifico, adjunto 3 documentos y facturas y les reclamo lo siguiente:
- Factura de la Clínica Veterinaria por importe de 288,83€ referente al importe de las pruebas y certificados necesarios para poder volar a Colombia desde España con mi perrita Chihuahua, de nombre “Pirula” :) Pueden encontrar toda la información referente a la normativa existente en la siguiente dirección de Internet https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/guiadeexportacionanimalesdecompaniaagosto-2020_tcm30-104898.pdf con la “GUÍA PRÁCTICA PARA VIAJAR CON TU MASCOTA” del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España.
- Factura original de alquiler del coche con la empresa Centauro con recogida y entrega del mismo en el Aeropuerto de Madrid (informarles que Germán Toro del Valle es mi esposo el cual me iba a desplazar a Madrid al no disponer yo de licencia de conducir en España por haber extraviado mi licencia colombiana y tener que desplazarme a Colombia para volver a expedirla).
- Factura emitida por la empresa de alquiler de coches Centauro con la penalización por la devolución del coche en Sevilla en lugar de en Madrid tal y como teníamos planeado hasta la cancelación del vuelo, por un importe de 170€.
Pueden acceder a las facturas y a la documentación referida en la versión extendida del escrito a la que pueden acceder en la siguiente dirección: http://bit.ly/reclamacion-a-iberia
ACTUALIZACIÓN: No salgo de mi asombro al confirmar que el vuelo IB6585 con origen en Madrid (España) y destino Bogotá (Colombia) del día 01/11/2020 CANCELADO POR IBERIA con fecha 28/10/20 FINALMENTE SÍ HA TENIDO LUGAR EL DÍA 01/11/2020 como puede corroborarse consultando la web https://es.flightaware.com/live/flight/IBE6585 (adjunto las siguientes capturas: https://drive.google.com/file/d/1fcMjv6pSwFM1Sdy_tIXjn4BhWY-l7nlG/view?usp=sharing, y https://drive.google.com/file/d/1K9xSE0Ukc3qk7Ce0qjXWIJ6HXEIIMGDA/view?usp=sharing), así como en la grabación de una llamada al Servicio de Atención al Cliente de Iberia confirmando que el vuelo se encontraba en el aire y camino de Bogotá (grabación disponible aquí: https://drive.google.com/file/d/1gLWK_hL_OYjWtl4T_jZkv7mPcUQIo6tm/view).
HISTÓRICO DE TWEETS:
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322915101847019521
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322951954423812099
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322966901081997316
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322974918166880264
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322980019191369733
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322991043864895489
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322981655037005824
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323033441064177666
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323178456155361282
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323179170235637760
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323207372110704640
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323236941261873152
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323244293142777857
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323250081081032704
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323252708338532352
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323261481295749121
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323265428022591488
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323269091327680514
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323273500090617856
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323287740826427392
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323536694470156290
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323541447619104769
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323550687024873472
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323585492902883328
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323623020670394369
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323623830703738881
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323625276086095877
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323627821214978049
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323628350238326785
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323629711453544449
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323634825299976193
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323636544331304965
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323640557097418755
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323671782356885505
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323673661451259904
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323735443716874241
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323928369344483329
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323934985636773889
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323941207035314176
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323983432024793089
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323988096053055489
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1324014316455079941
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1324327070562983936
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1324357384559616001
También en https://twitter.com/vibitarazona
POR TODO ELLO, SI:
- TE ENCUENTRAS EN UNA SITUACIÓN SIMILAR (SOBRE TODO SI IBAS A VOLAR EN EL VUELO DE IBERIA REFERIDO ENTRE MADRID Y BOGOTÁ DEL DÍA 1 DE NOVIEMBRE DE 2020)
- ERES EXTRANJER@ (SI ERES ESPAÑOL/A TAMBIÉN, POR SUPUESTO ;) )
- Y/O DESCONOCES CÓMO ARTICULAR TU RECLAMACIÓN NO DUDES EN PONERTE EN CONTACTO CONMIGO EN LA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO QUE HE HABILITADO A TAL EFECTO: reclamacion.a.iberia@gmail.com
TE AYUDARÉ A REALIZAR LAS MISMAS GESTIONES QUE HE REALIZADO YO SIN ABSOLUTAMENTE NINGÚN COSTE Y POR SIMPLE SOLIDARIDAD CON OTR@S POSIBLES VIAJER@S AFECTAD@S.
NO REALICE NINGÚN TIPO DE PAGO O APORTACIÓN DESINTERESADA RELACIONADA CON ESTE CASO YA QUE ESA SERÁ LA PRUEBA MANIFIESTA DE QUE NO SOY YO LA PERSONA QUE SE ENCUENTRA DETRÁS DE LA MISMA.
¡MUCHAS GRACIAS!!!
______________________________________
“La unión hace la fuerza. Si no luchamos por nuestros derechos, permitimos que nos sigan atropellando.”
Vibian Andrea Tarazona Ochoa.

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El problema
PUEDEN ACCEDER AL ESCRITO COMPLETO INCLUYENDO CAPTURAS DE LOS DATOS PROPORCIONADOS ASÍ COMO INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE EL CASO EN LA SIGUIENTE DIRECCIÓN: http://bit.ly/reclamacion-a-iberia
Mi nombre es Vibian Andrea Tarazona Ochoa, de nacionalidad colombiana, y voy a relatarles mi caso e intentos de volver a Colombia volando con Iberia así como la gestión realizada por parte de la compañía que se traducirán en la reclamación que les interpondré por las vías oficiales, es decir, vía el servicio que la Comunidad de Madrid ofrece para ello.
El pasado día 28 de Septiembre compré un billete para la ruta Madrid – Bogotá con Iberia para viajar el día 1 de Noviembre de 2020.
Es importante resaltar aquí algunos puntos ya que tienen relevancia en la reclamación a cursar a Iberia por la cancelación del vuelo:
- La venta (más concretamente el cambio de un billete que tenía para el 14 de Diciembre de 2020) se produce el 28 de Septiembre de 2020, esto es, días después de que se restablecieran los vuelos comerciales internacionales con destino Bogotá cancelados por la pandemia del COVID-19. Entiendo que antes de ofertar un vuelo, Iberia realizaría todas las comprobaciones y gestiones necesarias para poderlo operar y no causar a sus clientes los trastornos asociados a la cancelación de un vuelo de estas características.
- En el billete se incluye la reserva para poder viajar con mi perrita Chihuahua, de nombre “Pirula” :) Esto tendrá relevancia en los importes reclamados a Iberia a raíz de la cancelación.
Con fecha 28 de Octubre de 2020, a las 19:49 para ser más exactos, recibo un correo notificándoseme la CANCELACIÓN del vuelo, esto es, la notificación se produce a escasas 93 horas de la salida del vuelo (16:10 del 1 de Noviembre), esto es: con menos de 4 días de antelación a la salida del vuelo.
Según se indica en la web de Iberia, más concretamente en la dirección https://www.iberia.com/es/derechos-pasajero/ en el apartado referente a cancelaciones:
"El Reglamento (Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, en vigor desde el 17 de febrero de 2005) contempla que el transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo no está obligado a pagar una indemnización al pasajero:
Si se puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables (casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo, congestión aeroportuaria, gestión del tráfico aéreo y huelgas que afecten a las operaciones del transportista aéreo)."
Resulta en este caso difícil pensar que se cumplieron alguna de esas condiciones cuando según se informa en la web de Iberia, más concretamente en la dirección https://www.iberia.com/es/llegadas-y-salidas/ el mismo vuelo (mismo origen: Madrid, (España) y mismo destino: Bogotá (Colombia)) se operó con normalidad con fecha 30 de Octubre de 2020, es decir: 2 días antes de mi vuelo; así como por el hecho de que Iberia ofertara en su correo de notificación de la cancelación vuelos para las fechas 6 de Noviembre de 2020 (5 días después del vuelo cancelado), 13 de Noviembre de 2020, 20 de Noviembre de 2020 y 27 de Noviembre de 2020. Ver el escrito completo para confirmar estos datos disponible en http://bit.ly/reclamacion-a-iberia. Con todo ello, queda claro que es responsabilidad de Iberia PROBAR que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias.
Por otro lado, en dicho mismo documento disponible en la web de Iberia sobre “Derechos del pasajero” (https://www.iberia.com/es/derechos-pasajero/), es posible leer lo siguiente referente a las causas que eximirían a Iberia de indemnizar a un pasajero por la cancelación de su vuelo así como sobre el importe de dicha cuantía:
"Si se avisa al pasajero con menos de siete días de antelación a la hora de salida prevista y se le ofrece otro vuelo que le permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida original de su vuelo y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista en el vuelo inicialmente contratado. (...)
300 euros para todos los vuelos no incluidos en los puntos anteriores, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a cuatro horas, con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado; o a 600 euros si el retraso es superior a cuatro horas."
Como detallaba con anterioridad, la notificación de la cancelación del vuelo se realiza con menos de 4 días de antelación y además NO se ofrece “otro vuelo que le permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida original de su vuelo y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista en el vuelo inicialmente contratado”.
Tal y como se indica en la web de Iberia, no por iniciativa propia de Iberia vistos los inconvenientes que pone la compañía para hacer frente a sus responsabilidades por la cancelación de sus vuelos, sino por ser lo dictado por el Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, en vigor desde el 17 de febrero de 2005, la indemnización asciende a 600€.
Mencionar también que en ningún momento Iberia hace la más mínima mención a este párrafo del reglamento y que es posible leer en la página titulada “Derechos del pasajero” de la web de Iberia (https://www.iberia.com/es/derechos-pasajero/):
"2.2 Asistencia por cancelación
- El pasajero puede elegir entre:
- Conducción a su destino final, en condiciones de transporte comparables, lo antes posible o en fecha posterior a conveniencia del pasajero en función de las plazas disponibles.
- Reembolso** en un plazo de 7 días del trayecto o trayectos del recorrido no utilizados, y del trayecto o trayectos del recorrido realizado si el viaje ya no tiene razón de ser y a un vuelo de vuelta al primer punto de partida.
- Además, el pasajero recibirá gratuitamente:
- Bebida y comida suficientes en función del tiempo que sea necesario esperar.
- Dos llamadas telefónicas o el envío de dos mensajes de télex, o dos mensajes de fax, o dos correos electrónicos.
- Si es necesario pernoctar: alojamiento, cuando proceda, y transporte de ida y vuelta entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento."
Si bien no es responsabilidad de Iberia el informar al viajero de estos extremos, sería muy de agradecer como muestra de buena voluntad por parte de Iberia notificar a los clientes afectados por la cancelación de un vuelo con vistas a para resarcir EN PARTE de los trastornos causados por la cancelación de un vuelo de estas características, y de cualquier vuelo en general.
En mi caso, este tema es también relevante por cuanto resido en Sevilla, el vuelo partía desde Madrid y tenía una reserva de un coche para desplazarme a Madrid para coger dicho vuelo que a raíz de la cancelación del vuelo tuve que anular y devolver en un destino distinto (Sevilla), cobrándome la empresa de alquiler de coches la penalización correspondiente (170€), más sobre esto un poco más adelante.
Expuestos los hechos, me pongo en contacto con Iberia para informarles de mi deseo de poner una reclamación por la cancelación del vuelo con vistas a recibir la indemnización que me corresponde. En la línea de Atención al Cliente de Iberia se me notifica que no existe ninguna otra vía de poner una reclamación a Iberia que vía su web, más concretamente en la dirección https://www.iberia.com/es/relaciones-cliente/
Doy de alta la reclamación por la vía indicada a raíz de la cual me intercambio una serie de correos con el Servicio de Atención al Cliente en los que básicamente Iberia exime toda responsabilidad en la cancelación del vuelo. Ver el histórico de correos intercambiados en la dirección http://bit.ly/reclamacion-a-iberia
A modo de resumen, les notifico, adjunto 3 documentos y facturas y les reclamo lo siguiente:
- Factura de la Clínica Veterinaria por importe de 288,83€ referente al importe de las pruebas y certificados necesarios para poder volar a Colombia desde España con mi perrita Chihuahua, de nombre “Pirula” :) Pueden encontrar toda la información referente a la normativa existente en la siguiente dirección de Internet https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/guiadeexportacionanimalesdecompaniaagosto-2020_tcm30-104898.pdf con la “GUÍA PRÁCTICA PARA VIAJAR CON TU MASCOTA” del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España.
- Factura original de alquiler del coche con la empresa Centauro con recogida y entrega del mismo en el Aeropuerto de Madrid (informarles que Germán Toro del Valle es mi esposo el cual me iba a desplazar a Madrid al no disponer yo de licencia de conducir en España por haber extraviado mi licencia colombiana y tener que desplazarme a Colombia para volver a expedirla).
- Factura emitida por la empresa de alquiler de coches Centauro con la penalización por la devolución del coche en Sevilla en lugar de en Madrid tal y como teníamos planeado hasta la cancelación del vuelo, por un importe de 170€.
Pueden acceder a las facturas y a la documentación referida en la versión extendida del escrito a la que pueden acceder en la siguiente dirección: http://bit.ly/reclamacion-a-iberia
ACTUALIZACIÓN: No salgo de mi asombro al confirmar que el vuelo IB6585 con origen en Madrid (España) y destino Bogotá (Colombia) del día 01/11/2020 CANCELADO POR IBERIA con fecha 28/10/20 FINALMENTE SÍ HA TENIDO LUGAR EL DÍA 01/11/2020 como puede corroborarse consultando la web https://es.flightaware.com/live/flight/IBE6585 (adjunto las siguientes capturas: https://drive.google.com/file/d/1fcMjv6pSwFM1Sdy_tIXjn4BhWY-l7nlG/view?usp=sharing, y https://drive.google.com/file/d/1K9xSE0Ukc3qk7Ce0qjXWIJ6HXEIIMGDA/view?usp=sharing), así como en la grabación de una llamada al Servicio de Atención al Cliente de Iberia confirmando que el vuelo se encontraba en el aire y camino de Bogotá (grabación disponible aquí: https://drive.google.com/file/d/1gLWK_hL_OYjWtl4T_jZkv7mPcUQIo6tm/view).
HISTÓRICO DE TWEETS:
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322915101847019521
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322951954423812099
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322966901081997316
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322974918166880264
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322980019191369733
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322991043864895489
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1322981655037005824
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323033441064177666
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323178456155361282
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323179170235637760
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323207372110704640
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323236941261873152
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323244293142777857
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323250081081032704
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323252708338532352
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323261481295749121
-
https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323265428022591488
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323269091327680514
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323273500090617856
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323287740826427392
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323536694470156290
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323541447619104769
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323550687024873472
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323585492902883328
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323623020670394369
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323623830703738881
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323625276086095877
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323627821214978049
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323628350238326785
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323629711453544449
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323634825299976193
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323636544331304965
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323640557097418755
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323671782356885505
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323673661451259904
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323735443716874241
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323928369344483329
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323934985636773889
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323941207035314176
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323983432024793089
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1323988096053055489
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1324014316455079941
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1324327070562983936
- https://twitter.com/gtorodelvalle/status/1324357384559616001
También en https://twitter.com/vibitarazona
POR TODO ELLO, SI:
- TE ENCUENTRAS EN UNA SITUACIÓN SIMILAR (SOBRE TODO SI IBAS A VOLAR EN EL VUELO DE IBERIA REFERIDO ENTRE MADRID Y BOGOTÁ DEL DÍA 1 DE NOVIEMBRE DE 2020)
- ERES EXTRANJER@ (SI ERES ESPAÑOL/A TAMBIÉN, POR SUPUESTO ;) )
- Y/O DESCONOCES CÓMO ARTICULAR TU RECLAMACIÓN NO DUDES EN PONERTE EN CONTACTO CONMIGO EN LA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO QUE HE HABILITADO A TAL EFECTO: reclamacion.a.iberia@gmail.com
TE AYUDARÉ A REALIZAR LAS MISMAS GESTIONES QUE HE REALIZADO YO SIN ABSOLUTAMENTE NINGÚN COSTE Y POR SIMPLE SOLIDARIDAD CON OTR@S POSIBLES VIAJER@S AFECTAD@S.
NO REALICE NINGÚN TIPO DE PAGO O APORTACIÓN DESINTERESADA RELACIONADA CON ESTE CASO YA QUE ESA SERÁ LA PRUEBA MANIFIESTA DE QUE NO SOY YO LA PERSONA QUE SE ENCUENTRA DETRÁS DE LA MISMA.
¡MUCHAS GRACIAS!!!
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“La unión hace la fuerza. Si no luchamos por nuestros derechos, permitimos que nos sigan atropellando.”
Vibian Andrea Tarazona Ochoa.

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Petición creada en 1 de noviembre de 2020

