Exigimos reconocer derecho a la afiliación política de la Comunidad Peruana en el Exterior

Exigimos reconocer derecho a la afiliación política de la Comunidad Peruana en el Exterior
Por qué es importante esta petición

La Constitución Política del Perú (1993) reconoce el derecho a la libre y voluntaria afiliación politica de toda ciudadana/o con derecho a sufragio (Ley No 28090/30995).
En la realidad sólo es reconocido el derecho al sufragio. Si usted, amistad o familiar, se encuentra en el extranjero y desea inscribirse en un movimiento político, que pretenda ser reconocido oficialmente ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) como nuevo partido político, no lo podrá hacer. Podrá afiliarse para el registro interno de la organización política más no así será considerado como parte de la militancia para efectos de inscripción. ¿Lo sabía?
Este arbitrario hecho viola todo principio del Derecho Constitucional como el derecho a la igualdad ante la ley y no discriminación (art.2, 2), al libre tránsito y residencia fuera del Perú (art.2, 11), al derecho a ser elegidas/os (art. 31) y a la libre y voluntaria afiliación como consta en la Ley de Partidos Políticos No 30414/2019 art.18 (Ley No 28094, 2003).
Por lo dicho, en la búsqueda del respeto irrestricto al Estado de Derecho, al orden democrático y al derecho a la igualdad y no discriminación de la ciudadanía, por ningún motivo, las/os invitamos a apoyar esta petición, por ser de justicia, en beneficio de la Comunidad Peruana en el Exterior independiente de su opción política. Y, por dejar sentado que el respeto al derecho fundamental de toda persona se encuentra sobre cualquier principio político y técnico más aún si estos atentan contra la integridad de la persona y el bien común. ¡Viva el Perú!