Cumplimiento de la Ley Nacional 14.346


Cumplimiento de la Ley Nacional 14.346
La causa
Los animales son seres vivos y merecen todo el respeto del mundo, al no haber castigo para las personas que los maltratan y abusan de ellos se convierten en victimas perfectas de la crueldad y poca humanidad de las personas. Es necesario tipificar como delito el maltrato animal ya que las personas que cometen crímenes en contra de un ser que no puede defenderse, no tardará en hacerlo con otras personas, es un criminal en potencia.
Es necesario que la muerte de muchos animales a manos de personas sin escrúpulos no quede impune y en el olvido, sino que sirva de motor para iniciar una acción correctiva que brinde no solo a los animales, sino a nosotros mismos un mejor lugar para vivir.
Ley 14.346.
http://www.cmc.unl.edu.ar/docs/LEY%2014346.pdf
Ley Nacional 14.346 de Protección Animal
SANCIONADA EN EL CONGRESO NACIONAL EL 27/9/54.
INCLUIDA EN EL CODIGO PENAL.
Art.3: 7) Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por el sólo espíritu de perversidad.
8) Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice animales.

127
La causa
Los animales son seres vivos y merecen todo el respeto del mundo, al no haber castigo para las personas que los maltratan y abusan de ellos se convierten en victimas perfectas de la crueldad y poca humanidad de las personas. Es necesario tipificar como delito el maltrato animal ya que las personas que cometen crímenes en contra de un ser que no puede defenderse, no tardará en hacerlo con otras personas, es un criminal en potencia.
Es necesario que la muerte de muchos animales a manos de personas sin escrúpulos no quede impune y en el olvido, sino que sirva de motor para iniciar una acción correctiva que brinde no solo a los animales, sino a nosotros mismos un mejor lugar para vivir.
Ley 14.346.
http://www.cmc.unl.edu.ar/docs/LEY%2014346.pdf
Ley Nacional 14.346 de Protección Animal
SANCIONADA EN EL CONGRESO NACIONAL EL 27/9/54.
INCLUIDA EN EL CODIGO PENAL.
Art.3: 7) Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por el sólo espíritu de perversidad.
8) Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice animales.

127
Los tomadores de decisiones
Actualizaciones de la petición
Compartir esta petición
Petición creada en 6 de agosto de 2014