El Colegio de Veterinarios de la Pcia. de Bs​.​As. atenta contra la salud pública

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La causa

SRA. GOBERNADORA PERMÍTANOS CONTINUAR CON LA TAREA DE DISMINUIR EL ABANDONO Y EL MALTRATO ANIMAL QUE HOY NOS ES IMPEDIDA POR EL COLEGIO DE VETERINARIOS DE LA PROV. DE BS. AS.  

FundACo fue creada hace 8 años para trabajar entre otros pilares, en el CONTROL ÉTICO DE LA SUPERPOBLACIÓN DE LA FAUNA URBANA (perros y gatos), con la firme convicción que la esterilización quirúrgica (práctica aceptada en todo el mundo y en muchas ciudades de nuestro país como el método correcto de control poblacional) es una valiosa herramienta porque reúne tres características importantes: ética, eficiencia y economía, para así evitar el nacimiento de miles de crías no deseadas terminen malviviendo en el abandono.

En estos 8 años llevamos realizadas más de 137.000 cirugías en todo el país, habiendo sido realizadas el 80% de las mismas, en el ámbito de la Prov. de Bs. As., tarea llevada a cabo con más de 10 equipos de veterinarios matriculados en la provincia, y sin registrar denuncia alguna por mala praxis.

Según la progresión geométrica de la reproducción canina,  de una  perra y sus descendientes, al cabo de 7 años nacerán 5.432 perros más y 509.000 en el caso de los felinos (*1) .Según esta estadística, con las más de 137.000 cirugías se evitaron los nacimientos de aprox. 744 millones de animales de compañía, (suponiendo que la mayoría fueran hembras caninas, como nuestras estadísticas lo demuestran) que NO SE SUMARON A LAS FILAS DEL ABANDONO NI AL MALTRATO ANIMAL.

A lo largo de estos años siempre nos hemos tropezado con los distintos Colegios de Veterinarios quienes ven en nuestra labor una afrenta a sus intereses corporativos porque suponen incurrimos en competencia desleal, sin comprender que es una tarea social, que propicia mayor SALUD PÚBLICA y un AMBIENTE SANO porque a menor presencia de perros y gatos en la vía pública menor riesgo habrá de contagio de las enfermedades zoonóticas como toxocarosis (parasitosis) hidatidosis, rabia, toxoplasmosis, triquinosis, leptospirosis, tiñas, brucelosis, etc. disminuyendo también las mordeduras a humanos, los accidentes de tránsito ocasionados por el deambular de estos animales, habrá menos contaminación ambiental por esparcimiento de basura en la vía pública por rotura de bolsas de basura, presencia de deposiciones, ladridos, etc. etc. ahorrando así muchísimos recursos al Municipio.

Es sabido que hoy la Prov. de Bs. As., en cualquiera de sus municipios, enfrenta la problemática de la superpoblación de la fauna urbana (perros y gatos) Dicha superpoblación es la consecuencia de décadas de políticas públicas de actuar sobre los efectos (a través de la matanza de animales) y no de adopción de medidas de prevención (esterilizaciones masivas, sostenidas en el tiempo, tempranas y gratuitas)

Cuando comenzamos, allá por 2008, aún en la Prov. se permitía el sacrificio de los animales mediante cámara de gas, ahorcamientos, inyecciones letales o golpes, como método de control poblacional, y como broche de oro de semanas de suplicio. Los Centros de Zoonosis (eufemismo de las antiguas perreras) estuvieron a cargo de tan macabra tarea.

Para terminar con esta cruel metodología, por demás ineficiente e ilógica ya que mientras la reproducción de los nacimientos es geométrica, las cantidad de muertes se eleva en progresión aritmética , y mediante intensa lucha de los animalistas, contra la férrea oposición del Colegio de Veterinarios quien siempre impartió como solución sistemática al problema de la superpoblación el sacrificio de los animales, en la Prov. de Bs. As., se promulgó la ley No. 13.879,  reglamentada en 2011 (por DEMANDA LEGAL presentada por Fundaco) bajo el Decreto Reglamentario No. 400/11 ( * 2)

Que en cumplimiento de la ley 13879, el Estado Provincial y los distintos Estados Municipales han resuelto –dando cumplimiento así con el art. 43 de la CN y el Decreto 400/11 que autoriza a las ONG´s a participar para colaborar con la problemática del distrito- a aplicar el sistema de esterilizaciones quirúrgicas, sistemáticas extendidas y gratuitas, cambiando el paradigma de “matar” por “prevenir”, evitando así incurrir los gobernantes en la ley 14.346 de Maltrato Animal.

Hoy más que nunca, el Colegio de Veterinarios de la Prov. de Bs. As. nos impide seguir con estas campañas, basados en la ley 10526, pretendiendo hacer valer una reglamentación de habilitaciones, por sobre el ambiente sano y la salud pública, los cuales por mandato constitucional, prevalecen por sobre toda normativa,

Nos preguntamos si éstos pueden impedir la acción de las ONG´s cuando éstas colaboran con las castraciones a las cuales está obligada la Provincia y los Municipios, en tanto el Decreto 400/11 las autoriza expresamente a participar?

Que los controles que trata de imponer el Colegio de Veterinarios sobre el Intendente Municipal, haciendo torcer la voluntad administrativa, resultan de una arbitrariedad absoluta y son demostrativas del estado violatorio que tal Colegio quiere ejercer. Que ese poderío no sólo lo pretenden ejercer sobre el Intendente y sobre las ONG´s –aún sin facultades para ello- sino también sobre los propios colegiados que intentan trabajar para la Comunidad, de acuerdo con los términos de la Constitución Nacional y Provincial.

Respecto a las supuestas situaciones de ilegalidad en que incurrirían las ONG´s brindando este servicio de total beneficio para la Comunidad y el bien común, cabe preguntarse en igual sentido –ya que de habilitaciones de quirófanos se trata como así también de manejo de residuos patogénicos y demás cuestiones meramente administrativas que olvidan el derecho de fondo que es la protección del ambiente y la salud pública- qué ocurre cuando los veterinarios atienden una emergencia que implica una cirugía a domicilio, castran un potrillo en medio del campo, o realizan la cesárea de un bovino en un potrero o en un corral, valerá el inicio de un sumario?

Que de igual modo, la ley 10526/88 no contempla la habilitación para los quirófanos móviles, por lo cual mal puede requerirse la misma, de la misma manera que no se contempla la habilitación de los consultorios o quirófanos de los Centros de Zoonosis municipales o provinciales, porque indudablemente el espíritu de la ley 10526 ha sido regular la actividad profesional como medio de vida y no como prestación de un servicio a la comunidad.

Habida cuenta de la función social que las ONG´s cumplen y en particular, la que representamos, que se caracteriza por actuar lejos de todo ánimo de lucro, y en un marco de colaboración del sistema de prevención que la ley 13.879 le impone a la Provincia en general y a los Municipios en particular, cabe aclarar que en un contexto de total legalidad, nuestro accionar hace prevalecer el derecho a un ambiente sano y el derecho a la salud pública, poniendo el eje en la Comunidad lejos de intereses privados de mero carácter económico.

Por todo lo expuesto, PEDIMOS:

-        Declare DE INTERÉS PROVINCIAL a las CAMPAÑAS DE ESTERILIZACION QUIRÚRGICAS MASIVAS Y GRATUITAS realizadas por ONG´s legalmente constituídas e inscriptas, a través de veterinarios matriculados en la Prov. de Bs. As., y con el debido control post quirúrgico, a fin de dar cumplimiento a lo sancionado por los representantes del pueblo bonaerense a través de la Ley No. 13.879 que obliga al estado provincial y al municipal a castrar perros y gatos hasta alcanzar el equilibrio poblacional y en tal sentido como ordena el Decreto 400/11 reglamentario de dicha ley y citado por el Colegio de Veterinarios de la Prov. de Bs. As. “el estado municipal y provincial, implementarán las estrategias y acciones que permitan alcanzar el equilibrio entre la población animal, la humana y el medio ambiente, a fin de lograr una sana convivencia entre ellos…destacando que las organizaciones no gubernamentales…podrán colaborar con la problemática de cada distrito…”

(*1) Fuente:  datos extraídos del informe sobre “Los beneficios de esterilizar a los animales domésticos” de la American Human Association, U.S.A. (basados en el cálculo de dos camadas anuales de una pareja de animales no controlados)

(*2) Ley No. 13.879 (agregar texto)

(*3) Decreto Reglamentario No 400/11 (agregar texto)

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✔ Superpoblación de Perros y Gatos - parte 4
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2 de Diciembre de 2016

 

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Los tomadores de decisiones

Gobernadora María Eugenia Vidal
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Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires
Dr. Daniel Marcelo Salvador
Dr. Daniel Marcelo Salvador
Vicegobernador de la Provincia de Buenos Aires
Fabián Perechodnik
Fabián Perechodnik
Secretaría General Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
Dra. Zulma Ortiz
Dra. Zulma Ortiz
Ministra de Salud Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
Andres Scarsi
Andres Scarsi
Jefatura de Gabinete Gobierno de la Provincia de Buenos Aires

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