Derogación urgente de la Ley 8952/01 de Jineteadas en la provincia de Córdoba

La causa

El Festival de Jesús María lleva 50 años teniendo a la “doma” como una atracción que resulta ser, para los caballos y en muchas ediciones, un destino fatal.

En los últimos años han muerto equinos dentro del campo y en traslados posteriores, como daño colateral del Festival.

La edición 2010 registró la muerte del jinete Carlos Espíndola. Otros accidentes de jinetes, no fueron fatales.

Aun así, se continúa con este formato que ha demostrado que la Muerte está presente en el campo, esperando hacerse con la Vida de personas o de animales.

La excusa de “mantener las tradiciones” no deja contemplar otras modalidades a la jineteada que impedirían el maltrato a los caballos como bien explica Oscar Scarpatti Schmidt (artífice de la Doma India) en la nota:

http://www.lanacion.com.ar/autor/oscar-scarpati-schmid-4055

Y corrobora la Veterinaria Anahí Zlotnik Especialista en Equinos:

 https://www.facebook.com/notes/protectora-rosario/a-proposito-de-las-jineteadas/515918925095667/

 La muerte de los equinos, dispararon denuncias penales y un Recurso de Amparo rechazado por  juez de Control de Jesús María, Oscar Patat:

 http://infojusnoticias.gov.ar/nacionales/jineteadas-bien-cultural-o-maltrato-animal-2911.html

 Las tradiciones no suponen seguir manteniendo prácticas reñidas con la Ética a contrapelo de avances en los campos de la Ciencia y del Derecho que nos han permitido conocer y entender que los animales no son máquinas desprovistas de la capacidad de sentir estrés, dolor, angustia, miedo y que en el mundo se avanza para reconocerles derechos y protegerlos de las acciones humanas. 

Argentina cuenta desde el año 1954, con la Ley 14346 impulsada por el entonces Presidente Perón que en su artículo 3 (actos de crueldad), inc 8 incluye: “Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales”.

Por considerar que lo que se lleva a cabo en este Festival encuadra perfectamente en lo que el artículo citado enmarca como “parodia en que se mate, hiera u hostilice a los animales”, por entender que las tradiciones se preservan en tanto y en cuanto no signifiquen daño a ningún ser vivo, por el rechazo que esta actividad cosecha año tras año, solicitamos la derogación de la Ley 8952/01 que la permite en todo el territorio provincial.

Los organizadores del citado Festival deberán apelar, de esta manera, a brindar un espectáculo que ensalce la figura del caballo como compañero incondicional del hombre de campo y demuestre a los alumnos de las Escuelas beneficiadas con la recaudación de cada edición, que el respeto a la Vida deber ser un valor esencial en la educación humana.

 

 

 

 

 

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El Festival de Jesús María lleva 50 años teniendo a la “doma” como una atracción que resulta ser, para los caballos y en muchas ediciones, un destino fatal.

En los últimos años han muerto equinos dentro del campo y en traslados posteriores, como daño colateral del Festival.

La edición 2010 registró la muerte del jinete Carlos Espíndola. Otros accidentes de jinetes, no fueron fatales.

Aun así, se continúa con este formato que ha demostrado que la Muerte está presente en el campo, esperando hacerse con la Vida de personas o de animales.

La excusa de “mantener las tradiciones” no deja contemplar otras modalidades a la jineteada que impedirían el maltrato a los caballos como bien explica Oscar Scarpatti Schmidt (artífice de la Doma India) en la nota:

http://www.lanacion.com.ar/autor/oscar-scarpati-schmid-4055

Y corrobora la Veterinaria Anahí Zlotnik Especialista en Equinos:

 https://www.facebook.com/notes/protectora-rosario/a-proposito-de-las-jineteadas/515918925095667/

 La muerte de los equinos, dispararon denuncias penales y un Recurso de Amparo rechazado por  juez de Control de Jesús María, Oscar Patat:

 http://infojusnoticias.gov.ar/nacionales/jineteadas-bien-cultural-o-maltrato-animal-2911.html

 Las tradiciones no suponen seguir manteniendo prácticas reñidas con la Ética a contrapelo de avances en los campos de la Ciencia y del Derecho que nos han permitido conocer y entender que los animales no son máquinas desprovistas de la capacidad de sentir estrés, dolor, angustia, miedo y que en el mundo se avanza para reconocerles derechos y protegerlos de las acciones humanas. 

Argentina cuenta desde el año 1954, con la Ley 14346 impulsada por el entonces Presidente Perón que en su artículo 3 (actos de crueldad), inc 8 incluye: “Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales”.

Por considerar que lo que se lleva a cabo en este Festival encuadra perfectamente en lo que el artículo citado enmarca como “parodia en que se mate, hiera u hostilice a los animales”, por entender que las tradiciones se preservan en tanto y en cuanto no signifiquen daño a ningún ser vivo, por el rechazo que esta actividad cosecha año tras año, solicitamos la derogación de la Ley 8952/01 que la permite en todo el territorio provincial.

Los organizadores del citado Festival deberán apelar, de esta manera, a brindar un espectáculo que ensalce la figura del caballo como compañero incondicional del hombre de campo y demuestre a los alumnos de las Escuelas beneficiadas con la recaudación de cada edición, que el respeto a la Vida deber ser un valor esencial en la educación humana.

 

 

 

 

 

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Vice Gobernador Martín Llaryora
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