DAR DE BAJA LAS PÁGINAS QUE PROMUEVEN LAS CARRERAS DE GALGOS

DAR DE BAJA LAS PÁGINAS QUE PROMUEVEN LAS CARRERAS DE GALGOS

El problema

Los integrantes de Protectoras Unidas Argentinas y los aquí firmantes solicitamos sean dadas de baja páginas que promueven las carreras de galgos en el territorio nacional de la República Argentina por tratarse esto de un delito o incitación al mismo.
Cabe recordar que el 17 de Noviembre de 2016 se sancionó la Ley 27.330 Prohibición de las carreras de perros

El Boletín Oficial del 02/12/2016 -
https://www.boletinoficial.gob.ar/web2/utils/pdfView?file=%2Fpdf%2Fpaginas%2F1%2F20161202%2F3%2F3%2FnGNtGnQE%2BwnPrwtQNaMYAi1bLS1JVi1bLejLr680stKCy240IslashBareGgmM%3D -

Se publica la Ley 27330 y el Decreto 1221/2016, que prohíbe la realización de carrera de perros, cualquiera sea su raza, reprimiendo con prisión de tres (3) meses a cuatro (4) años y multa de cuatro mil pesos ($ 4.000) a ochenta mil pesos ($ 80.000) a quien la organice, promueva, facilite o realice.
Asimismo el Código Penal establece en su artículo 213 sanciones para quien haga pública la apología de un delito.


Apología del crimen

CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, art. 213 (hacer pública la apología de un delito o de un condenado por delito).

Por esto solicitamos a todos los que están en contra de este flagelo que tantas vidas de galgos ha costado firmen la petición para que páginas como las que se detallan a continuación dejen de estar publicadas en Facebook, You Tube, Twitter , Instagram, Blogs y cualquier otro medio digital.

http://www.pasionporlosgalgos.com.ar/index2.html

https://www.facebook.com/pg/Asociaci%C3%B3n-Galguera-Platense-158460394195282/about/?ref=page_internal

https://accounts.google.com/ServiceLogin?service=blogger&hl=es&passive=1209600&continue=https://www.blogger.com/blogin.g?blogspotURL%3Dhttp://galgoslaplata.blogspot.com.ar/%26zx%3D1qgvlu8dsk2na&ltmpl=private

La ley está para respetarse y cumplirse.
Sigamos respetando la vida.
#niungalgomenos.

Esta petición ha conseguido 1046 firmas

El problema

Los integrantes de Protectoras Unidas Argentinas y los aquí firmantes solicitamos sean dadas de baja páginas que promueven las carreras de galgos en el territorio nacional de la República Argentina por tratarse esto de un delito o incitación al mismo.
Cabe recordar que el 17 de Noviembre de 2016 se sancionó la Ley 27.330 Prohibición de las carreras de perros

El Boletín Oficial del 02/12/2016 -
https://www.boletinoficial.gob.ar/web2/utils/pdfView?file=%2Fpdf%2Fpaginas%2F1%2F20161202%2F3%2F3%2FnGNtGnQE%2BwnPrwtQNaMYAi1bLS1JVi1bLejLr680stKCy240IslashBareGgmM%3D -

Se publica la Ley 27330 y el Decreto 1221/2016, que prohíbe la realización de carrera de perros, cualquiera sea su raza, reprimiendo con prisión de tres (3) meses a cuatro (4) años y multa de cuatro mil pesos ($ 4.000) a ochenta mil pesos ($ 80.000) a quien la organice, promueva, facilite o realice.
Asimismo el Código Penal establece en su artículo 213 sanciones para quien haga pública la apología de un delito.


Apología del crimen

CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, art. 213 (hacer pública la apología de un delito o de un condenado por delito).

Por esto solicitamos a todos los que están en contra de este flagelo que tantas vidas de galgos ha costado firmen la petición para que páginas como las que se detallan a continuación dejen de estar publicadas en Facebook, You Tube, Twitter , Instagram, Blogs y cualquier otro medio digital.

http://www.pasionporlosgalgos.com.ar/index2.html

https://www.facebook.com/pg/Asociaci%C3%B3n-Galguera-Platense-158460394195282/about/?ref=page_internal

https://accounts.google.com/ServiceLogin?service=blogger&hl=es&passive=1209600&continue=https://www.blogger.com/blogin.g?blogspotURL%3Dhttp://galgoslaplata.blogspot.com.ar/%26zx%3D1qgvlu8dsk2na&ltmpl=private

La ley está para respetarse y cumplirse.
Sigamos respetando la vida.
#niungalgomenos.

Los destinatarios de la petición

Twitter
Twitter, Inc. 1355 Market St, Suite 900 San Francisco, CA 94103
https://www.argentina.gob.ar/enacom
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Miguel De Godoy @mdegodoy PRESIDENTE
http://www.lacnic.net/web/lacnic/inicio
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