Exigir la Emisión de Títulos para Cursos de Especialización Anteriores a 2024

El problema

Soy una de las muchas personas que completó un curso de especialización en el año académico 2023-2024. Según la Junta de Andalucía, a nosotros solo nos corresponde un certificado, no un título.

Sin embargo, los cursos no han cambiado en absoluto: las materias, los temarios, todo es como cuando nosotros cursamos. No hay ninguna lógica en que los cursos de 2024-2025 y posteriores reciban un título, pero los que los completamos antes no lo hagamos. No existe ninguna alternativa para nosotros y solo recibimos negativas. 

Necesitamos que se reconozcan nuestros logros académicos y profesionales y se nos permita expedir nuestros títulos, y no solo un certificado de profesionalidad, ya que el título tiene mucho mayor peso en diferentes ámbitos, como en oposiciones por ejemplo. 

Pedimos a la Junta de Andalucía y al Ministerio de Educación que revisen esta situación y que nos brinden la oportunidad de obtener los títulos que merecemos. 

Según el Artículo 14 de la Constitución española: “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social“, por lo que por ser mayores hemos sido castigados, ya que las personas que puedan presentarse ahora a dicho curso, recibirán lo que es justo, mientras que a nosotros no se nos pone ni una mísera solución.

Un ejemplo es la anterior EGB, que correspondería a la ESO actual, pero a las personas que tienen su título de EGB, les dieron la oportunidad de obtener el título de la ESO (con un examen, si, ya que las materias cambiaron), mientras que a nosotros nos dejan abandonados.

 

Por otra parte, en el Real Decreto 279/2021, de 20 de abril (por el que se establece el Curso de especialización en Inteligencia Artificial y Big Data y se fijan los aspectos básicos del currículo.), se establece:

Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

 

En el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.

Disposición adicional undécima. Equivalencia de los títulos de Formación Profesional (Grados D) y de los cursos de especialización (Grados E). Apartado 4.

Los títulos correspondientes a cursos de especialización, de Grado Medio y de Grado Superior, expedidos con arreglo a la regulación prevista en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, se consideran equivalentes respectivamente, y a todos los efectos académicos, profesionales y de acceso a empleos públicos y privados a los títulos de Especialista y de Máster de Formación Profesional.

 

Y por ultimo la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

Artículo 54. Titulación y convalidaciones. Punto 3

Reglamentariamente se regulará el régimen de convalidaciones entre los cursos de especialización de grado superior de Formación Profesional y los títulos oficiales de Grado universitario.

 

Firmen esta petición para instar a la Junta de Andalucía y al Ministerio de Educación a que actúen con equidad y justicia para todos los estudiantes de cursos de especialización.

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El problema

Soy una de las muchas personas que completó un curso de especialización en el año académico 2023-2024. Según la Junta de Andalucía, a nosotros solo nos corresponde un certificado, no un título.

Sin embargo, los cursos no han cambiado en absoluto: las materias, los temarios, todo es como cuando nosotros cursamos. No hay ninguna lógica en que los cursos de 2024-2025 y posteriores reciban un título, pero los que los completamos antes no lo hagamos. No existe ninguna alternativa para nosotros y solo recibimos negativas. 

Necesitamos que se reconozcan nuestros logros académicos y profesionales y se nos permita expedir nuestros títulos, y no solo un certificado de profesionalidad, ya que el título tiene mucho mayor peso en diferentes ámbitos, como en oposiciones por ejemplo. 

Pedimos a la Junta de Andalucía y al Ministerio de Educación que revisen esta situación y que nos brinden la oportunidad de obtener los títulos que merecemos. 

Según el Artículo 14 de la Constitución española: “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social“, por lo que por ser mayores hemos sido castigados, ya que las personas que puedan presentarse ahora a dicho curso, recibirán lo que es justo, mientras que a nosotros no se nos pone ni una mísera solución.

Un ejemplo es la anterior EGB, que correspondería a la ESO actual, pero a las personas que tienen su título de EGB, les dieron la oportunidad de obtener el título de la ESO (con un examen, si, ya que las materias cambiaron), mientras que a nosotros nos dejan abandonados.

 

Por otra parte, en el Real Decreto 279/2021, de 20 de abril (por el que se establece el Curso de especialización en Inteligencia Artificial y Big Data y se fijan los aspectos básicos del currículo.), se establece:

Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

 

En el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.

Disposición adicional undécima. Equivalencia de los títulos de Formación Profesional (Grados D) y de los cursos de especialización (Grados E). Apartado 4.

Los títulos correspondientes a cursos de especialización, de Grado Medio y de Grado Superior, expedidos con arreglo a la regulación prevista en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, se consideran equivalentes respectivamente, y a todos los efectos académicos, profesionales y de acceso a empleos públicos y privados a los títulos de Especialista y de Máster de Formación Profesional.

 

Y por ultimo la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

Artículo 54. Titulación y convalidaciones. Punto 3

Reglamentariamente se regulará el régimen de convalidaciones entre los cursos de especialización de grado superior de Formación Profesional y los títulos oficiales de Grado universitario.

 

Firmen esta petición para instar a la Junta de Andalucía y al Ministerio de Educación a que actúen con equidad y justicia para todos los estudiantes de cursos de especialización.

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