

Novedades en relación al Proyecto de Código de Ordenamiento Territorial del Partido de Escobar. Te agradecemos la difusión en tus redes!
Comunicado de Prensa (Proyecto de Ordenamiento de Territorio): “PUERTO REGASIFICADOR – POTENCIAL INCREMENTO de los RIESGOS que impactan en la SEGURIDAD de la POBLACIÓN y los HUMEDALES DEL DELTA DEL PARANÁ”
En las presentaciones efectuadas por las organizaciones no gubernamentales (ver (2)) ante el Concejo Deliberante, sobre las que venimos informando, se fundamentó que el proyecto de Código de Ordenamiento del Territorio (COT) remitido por el ejecutivo no tuvo un proceso previo de evaluación ambiental de impactos (acumulativos y sinérgicos), siendo que es una “exigencia legal mínima para asegurar la protección del ambiente”. Y sin ese proceso esencial se decide permitir en el proyecto de COT, entre otros, la INSTALACIÓN DE NUEVOS PUERTOS, DEPÓSITOS PELIGROSOS, INDUSTRIAS, PARQUES INDUSTRIALES, etc., en las cercanías del PUERTO REGASIFICADOR Y EN LA ZONA DE GIRO DE LOS BUQUES METANEROS.
En consecuencia, se fundó que no se está considerando que las operatorias náuticas e industriales de transporte, transvase, almacenamiento y regasificación que se realizan en el Puerto Regasificador SON ALTAMENTE PELIGROSAS. Cabe recordar, que en dicho puerto se encuentra instalado de forma permanente un buque fábrica (o FSRU), clasificado por el organismo ambiental provincial como una industria de la categoría de riesgo más alta (o categoría 3), conforme la Disposición N° 4354 del año 2010 del referido organismo.
A lo que se suma y como dirimente, que TAMPOCO han sido establecidos PLANES DE EVACUACIÓN DE LA POBLACIÓN, entre otros faltantes y/o incumplimientos, conforme ha sido determinado en el informe pericial en el marco de la causa N° 75001619/2011 caratulada “NN s/Averiguación de Delito”. En este sentido el estudio pericial determinó que ante un ESCENARIO DE FUEGO MAYOR, en que el fuego escalase y alcanzase la mayor parte del buque o su totalidad, INCLUYENDO SU CARGA DE GNL (escenario de un incendio categoría III) no ha sido previstas acciones coordinadas para la evacuación de la población.
Para dimensionar la superficie de población a evacuar, no sólo en Escobar sino a lo largo de kilómetros a la redonda del recorrido/permanencia de los buques metaneros y/o buque FSRU, toma relevancia lo establecido por la ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL en el Manual sobre contaminación química Parte 1: Evaluación del Problema y Medidas de Respuesta OMI Nº Cat. IA632S, considerado en Plan Nacional de Contingencias “PLANACON” de la Prefectura Naval Argentina para la Terminal GNL Escobar, que se debió tener presente para la toma de decisiones al momento de instalar el Puerto Regasificador en Escobar, y que estima en el caso de derrames de gases o líquidos las ZONAS DE EXCLUSIÓN POTENCIALMENTE PELIGROSAS PARA DISTINTAS CANTIDADES.
El manual establece para unas 1000 toneladas liberadas de GNL que el RIESGO DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN alcanza los 4000 METROS (radio que deberá ampliarse para los potenciales casos de derrames mayores), UN BUQUE METANERO TRANSPORTA “50.000 TONELADAS” (98.000 m3) con destino al Puerto GNL Escobar y el BUQUE FSRU TIENE UNA CAPACIDAD MÁXIMA DE ALMACENAMIENTO 70.000 TONELADAS (150.9000 m3) de GNL, “50 a 70 VECES MÁS DE LA CANTIDAD QUE DETERMINA UN RADIO DE 4000 METROS, resultando LA ZONA DE EXCLUSIÓN POTENCIALMENTE PELIGROSA EN UN RADIO DE 12 KILÓMETROS”.
Además, para su funcionamiento se requiere que pueda darse cumplimiento a la medida de seguridad “ZARPADA DE EMERGENCIA DE LOS BUQUES METANEROS Y/O FSRU”. Esta medida de seguridad mínima o básica, que debe poder efectuarse en todo momento, es exigida en las Normas de Seguridad de la Prefectura Naval Argentina SNAV NA 9 N° 4/2011 e incorporada en los planes de emergencia y/o contingencia de la Terminal Portuaria de GNL Escobar, del buque fábrica FSRU y de los buques metaneros LNGC o transportadores, sin embargo, NO SE ENCUENTRA GARANTIZADA LA ZARPADA DE EMERGENCIA EN TODO MOMENTO PORQUE ESTA OPERATORIA SE ENCUENTRA LIMITADA POR LAS CONDICIONES HIDROMETEOROLÓGICAS, conforme fue determinado en el estudio pericial referido,
Para acceder al comunicado de prensa completo y todas sus imagenes ingresa a: https://www.facebook.com/aapescobar/
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