EQUIPARACIÓN SALARIAL ENTRE EL PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO EN LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL


EQUIPARACIÓN SALARIAL ENTRE EL PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO EN LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
El problema
La Asociación de Personal Laboral de la Administración General del Estado, (APLAGE), informa sobre la situación de agravio que sufrimos dentro del colectivo de empleados públicos, donde una amplia mayoría del Personal Laboral de la AGE, tenemos sueldos próximos al salario mínimo interprofesional y no poseemos complementos, (80 %), una diferencia económica considerable con el resto de trabajadores que realizan funciones iguales y poseen una categoría profesional equivalente dentro del Sector Público.
APLAGE exige una equiparación salarial real en la AGE, donde la Administración Central debe dar ejemplo al resto de Organismos Públicos, así como a las empresas públicas y privadas, ya que si se promueve una subida salarial social acorde a la situación económica actual, donde los beneficios empresariales crecen entre tres y cuatro veces en relación con los sueldos, donde la inflación se sitúa en dos dígitos o un valor próximo a ellos por periodos de tiempo prolongados, donde la pérdida del poder adquisitivo obliga a tener que elegir entre pagar facturas o permitirte una alimentación saludable, donde el Estado debe ser el motor económico del crecimiento cuando crecen los tipos de interés, etc. No parece ético ni moral mantener desigualdades dentro de la Administración Pública, más aún, cuando la falta de equidad sólo se enfatiza en la empresa privada y, son incapaces de solucionar dichos agravios en los Departamentos Ministeriales los cuales dirigen, donde los representantes públicos tienen una responsabilidad directa en las tomas de decisión en las mesas de negociación.
EQUIPARACIÓN SALARIAL EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
El Personal Laboral Cobra 1.900€ Menos al Año que los Funcionarios en la AGE, equivalente a una pérdida media de un 9% de salario bruto anual.
La comparativa está realizada con sueldos mínimos por equivalente grupo profesional en la AGE, tanto para Laborales como para Funcionarios, donde la amplia mayoría del Personal Laboral solo posee salario base, mientras que el Personal Funcionario posee salario base, complemento de destino y complemento específico.
En relación con la reivindicación que se exige y, promoviendo la transparencia de los datos indicados, se facilitan archivos adjuntos donde se resaltan los campos utilizados para el cálculo, así como, las fuentes de información utilizadas en el resumen gráfico.
Diferencia entre las Retribuciones Anuales Brutas del Personal Laboral y Funcionario en la Administración General del Estado para el Año 2022.
Fuente: Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos
https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/sitios/sepg/es-ES/CostesPersonal/EstadisticasInformes/Paginas/EstadisticasInformes.aspx
movimientoAGE #LuchamosPorTusDerechos #PersonalLaboral #EquiparaciónSalarial #SalarioDigno #APLAGE
👉 NOVIEMBRE 2022:
👉 ACTUALIZADO MARZO 2025:
DIFERENCIA ENTRE LAS RETRIBUCIONES ANUALES BRUTAS DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL EN LA AGE (IV CONVENIO, MARZO 2025)
El Personal Laboral Cobra un 9,5% Menos de Salario Bruto Anual que los Funcionarios de la AGE, lo que supone una media de 2.100 € Menos de Salario Bruto Anual con el equivalente grupo profesional correspondiente a niveles y cuantías mínimas.
Fuente: Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos
https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/sitios/sepg/es-ES/CostesPersonal/EstadisticasInformes/Paginas/EstadisticasInformes.aspx
👉 MARZO 2025:
👉 RESPUESTA FUNCIÓN PÚBLICA 22/09/2022:
Respuesta de la Administración, Dirección General de Función Pública, a la Exigencia de APLAGE sobre la #EQUIPARACIÓN #SALARIAL DEL #PERSONAL #LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, os facilito el archivo adjunto de respuesta, pero resumiendo dicen que SÍ SE PUEDE, la forma sería Modificando el Convenio o Decisión Unilateral de la Administración = Gobierno, en ambos casos es necesario informe del #CECIR.
Indican que nuestros representantes podrían trasladar la propuesta.
Último párrafo del escrito de respuesta:
"Sobre la base de la anterior, el aumento retributivo de personal laboral que conllevaría la equiparación salarial propuesta requerirá en cualquier caso de la modificación del convenio colectivo mediante el procedimiento contenido en el TREBEP, salvo que una decisión legislativa unilateral determinase dicha asimilación retributiva. Además, en virtud del artículo 33.Uno de la Ley 22/2021 será preceptivo solicitar informe a la CECIR, cuyo contenido será vinculante".
👉 ¡EQUIPARACIÓN SALARIAL YA!
SUELDOS QUE ROZAN EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL, ¿HASTA CUÁNDO?
¿DÓNDE ESTÁN AQUELLOS QUE NOS REPRESENTAN?
¿DE QUE SIRVE SUPERAR UNAS OPOSICIONES?
HABIENDO IGUALDAD, MÉRITO Y CAPACIDAD
Artículo 103.3 Constitución Española
La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.
¿DÓNDE QUEDA LA IGUALDAD SALARIAL ENTRE TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOS?
BOE núm. 103, de 30/04/1977.
Instrumento de Ratificación de España del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, hecho en Nueva York el 19 de diciembre de 1966.
Artículo 7.
"Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie".
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1977-10734

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El problema
La Asociación de Personal Laboral de la Administración General del Estado, (APLAGE), informa sobre la situación de agravio que sufrimos dentro del colectivo de empleados públicos, donde una amplia mayoría del Personal Laboral de la AGE, tenemos sueldos próximos al salario mínimo interprofesional y no poseemos complementos, (80 %), una diferencia económica considerable con el resto de trabajadores que realizan funciones iguales y poseen una categoría profesional equivalente dentro del Sector Público.
APLAGE exige una equiparación salarial real en la AGE, donde la Administración Central debe dar ejemplo al resto de Organismos Públicos, así como a las empresas públicas y privadas, ya que si se promueve una subida salarial social acorde a la situación económica actual, donde los beneficios empresariales crecen entre tres y cuatro veces en relación con los sueldos, donde la inflación se sitúa en dos dígitos o un valor próximo a ellos por periodos de tiempo prolongados, donde la pérdida del poder adquisitivo obliga a tener que elegir entre pagar facturas o permitirte una alimentación saludable, donde el Estado debe ser el motor económico del crecimiento cuando crecen los tipos de interés, etc. No parece ético ni moral mantener desigualdades dentro de la Administración Pública, más aún, cuando la falta de equidad sólo se enfatiza en la empresa privada y, son incapaces de solucionar dichos agravios en los Departamentos Ministeriales los cuales dirigen, donde los representantes públicos tienen una responsabilidad directa en las tomas de decisión en las mesas de negociación.
EQUIPARACIÓN SALARIAL EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
El Personal Laboral Cobra 1.900€ Menos al Año que los Funcionarios en la AGE, equivalente a una pérdida media de un 9% de salario bruto anual.
La comparativa está realizada con sueldos mínimos por equivalente grupo profesional en la AGE, tanto para Laborales como para Funcionarios, donde la amplia mayoría del Personal Laboral solo posee salario base, mientras que el Personal Funcionario posee salario base, complemento de destino y complemento específico.
En relación con la reivindicación que se exige y, promoviendo la transparencia de los datos indicados, se facilitan archivos adjuntos donde se resaltan los campos utilizados para el cálculo, así como, las fuentes de información utilizadas en el resumen gráfico.
Diferencia entre las Retribuciones Anuales Brutas del Personal Laboral y Funcionario en la Administración General del Estado para el Año 2022.
Fuente: Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos
https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/sitios/sepg/es-ES/CostesPersonal/EstadisticasInformes/Paginas/EstadisticasInformes.aspx
movimientoAGE #LuchamosPorTusDerechos #PersonalLaboral #EquiparaciónSalarial #SalarioDigno #APLAGE
👉 NOVIEMBRE 2022:
👉 ACTUALIZADO MARZO 2025:
DIFERENCIA ENTRE LAS RETRIBUCIONES ANUALES BRUTAS DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL EN LA AGE (IV CONVENIO, MARZO 2025)
El Personal Laboral Cobra un 9,5% Menos de Salario Bruto Anual que los Funcionarios de la AGE, lo que supone una media de 2.100 € Menos de Salario Bruto Anual con el equivalente grupo profesional correspondiente a niveles y cuantías mínimas.
Fuente: Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos
https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/sitios/sepg/es-ES/CostesPersonal/EstadisticasInformes/Paginas/EstadisticasInformes.aspx
👉 MARZO 2025:
👉 RESPUESTA FUNCIÓN PÚBLICA 22/09/2022:
Respuesta de la Administración, Dirección General de Función Pública, a la Exigencia de APLAGE sobre la #EQUIPARACIÓN #SALARIAL DEL #PERSONAL #LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, os facilito el archivo adjunto de respuesta, pero resumiendo dicen que SÍ SE PUEDE, la forma sería Modificando el Convenio o Decisión Unilateral de la Administración = Gobierno, en ambos casos es necesario informe del #CECIR.
Indican que nuestros representantes podrían trasladar la propuesta.
Último párrafo del escrito de respuesta:
"Sobre la base de la anterior, el aumento retributivo de personal laboral que conllevaría la equiparación salarial propuesta requerirá en cualquier caso de la modificación del convenio colectivo mediante el procedimiento contenido en el TREBEP, salvo que una decisión legislativa unilateral determinase dicha asimilación retributiva. Además, en virtud del artículo 33.Uno de la Ley 22/2021 será preceptivo solicitar informe a la CECIR, cuyo contenido será vinculante".
👉 ¡EQUIPARACIÓN SALARIAL YA!
SUELDOS QUE ROZAN EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL, ¿HASTA CUÁNDO?
¿DÓNDE ESTÁN AQUELLOS QUE NOS REPRESENTAN?
¿DE QUE SIRVE SUPERAR UNAS OPOSICIONES?
HABIENDO IGUALDAD, MÉRITO Y CAPACIDAD
Artículo 103.3 Constitución Española
La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.
¿DÓNDE QUEDA LA IGUALDAD SALARIAL ENTRE TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOS?
BOE núm. 103, de 30/04/1977.
Instrumento de Ratificación de España del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, hecho en Nueva York el 19 de diciembre de 1966.
Artículo 7.
"Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie".
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1977-10734

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Petición creada en 5 de diciembre de 2022


