Petition updateEsclarecimiento de homicidios y la aplicación de la ley que castiga los crímenes de odio
Actualización

Aldo PeraltaMexico
Jul 6, 2017
El día de ayer 5 de julio asesinaron a cuatro personas pertenecientes a la comunidad LGBTTTI Gerardo Ramos Navarrete, Sergio Romero y dos más de los cuales se desconoce su nombre, exijo al presidente del ejecutivo Enrique Peña Nieto , al gobernador del estado de guerrero Héctor Astudillo Flores que se apliquen las sanciones correspondientes en base al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero, Número 499, Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 61 Alcance IV, de Fecha Viernes 01 de Agosto de 2014. Art. 10o, 136, 147o .
Delitos contra la vida y la integridad corporal
Capítulo I Homicidio
Artículo 10. Dignidad de la persona humana
Queda prohibido todo acto u omisión, en cualquier fase del procedimiento, que vulnere la dignidad humana a víctima o de la persona inculpada. La fracción de este principio será sancionada con arreglo al ordenamiento jurídico aplicable
Artículo 136. Homicidio en razón de la orientación sexual
A quien dolosamente prive de la vida a otra persona por su orientación sexual o razón de género, se le impondrá una pena de veinte a cincuenta años de prisión.
Basta de no respetar los derechos humanos de todas y de todos.
Artículo 147. Circunstancias calificativas
El homicidio y las lesiones son calificados cuando se cometen con premeditación, ventaja,
traición, alevosía, retribución, por el medio empleado o saña.
I. Existe premeditación:
Cuando el agente, intencionalmente, decide cometer el hecho tras detenida y cuidadosa
reflexión y ponderación de los factores que concurran en su perpetración.
II. Existe ventaja:
a) Cuando el sujeto activo es superior en fuerza física a la víctima y ésta no se halla armada;
b) Cuando el sujeto activo es superior por las armas empledas, por su mayor destreza en el
manejo de éstas o por el número de personas que intervengan con él;
c) Cuando el sujeto activo se vale de algún medio que debilita la defensa del sujeto pasivo;
d) Cuando el sujeto pasivo se halla inerme o caído y el sujeto activo se encuentra armado o de
pie, o
e) Cuando existe una situación de vulnerabilidad motivada por la discriminación o violencia por
razones o condición de género.
III. Existe traición:
Cuando el sujeto activo realiza el hecho quebrantando la confianza o seguridad que
expresamente le había prometido al sujeto pasivo o las mismas que de forma tácita debía éste esperar de
aquel por las relaciones de confianza real y actual que existen entre ambos.
IV. Existe alevosía:
Cuando el agente realiza el hecho sorprendiendo intencionalmente a alguien de improviso, o
empleando acechanza u otro medio que no le dé lugar a defenderse ni a evitar el mal que se le quería
hacer.
V. Existe retribución:
Cuando el agente comete el hecho por pago o prestación prometida o entregada.
Basta de crímenes de odio en GUERRERO y en todo el país.
Aldo Peralta Valdés
Activista Estado de México
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