Desarrollo integral y sostenido de Playa Unión, Puerto Rawson, Playa Maganga y su entorno

Desarrollo integral y sostenido de Playa Unión, Puerto Rawson, Playa Maganga y su entorno

Firmantes recientes:
Mariana Nicolasa Navarreta Román y 19 personas más firmaron la petición recientemente.

La causa

“El deterioro no comienza cuando cae la primera vereda. Comienza cuando una comunidad se resigna a mirar hacia otro lado y convierte la espera en una forma de gobierno.”

Somos un grupo de vecinas y vecinos de Rawson y Playa Unión que, junto a la Biblioteca Asencio Abeijón, organizamos el ciclo de Charlas ambientales porque estamos a favor de una playa sostenible en el tiempo. Ciclo de charlas ambientales. Playa Unión, Rawson, Chubut

Consideramos que la decisión que propone el gobierno no es la solución para lograr detener la erosión costera y no contempla el inminente daño ambiental que puede generarse.

Exigimos:

A las autoridades municipales, provinciales y nacionales con competencia en ordenamiento territorial, gestión costera y evaluación ambiental; a la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable (SAyCDS) del Chubut, Autoridad de Aplicación del Código Ambiental y a los organismos de control, Defensoría del Pueblo, Fiscalía de Estado

                                              soluciones sustentables y a futuro 

Como habitantes, usuarios y defensores de Playa Unión, nos dirigimos a ustedes para denunciar formalmente la avanzada de una obra de defensa rígida sobre 350 metros de línea de costa, impulsada sin evaluación ambiental previa y en omisión deliberada de la participación ciudadana. La última piedra Esta decisión no responde a un vacío técnico: responde a la voluntad de eludir el reconocimiento de un daño ambiental inducido científicamente previsible. La construcción de una estructura rígida modifica el transporte litoral de sedimentos, genera una pérdida cierta e irreversible del frente de playa en el sector intervenido y desplaza la erosión hacia el norte, comprometiendo la estabilidad de sectores señeros como Aquavida y la Biblioteca Popular Asencio Abeijón. Un incierto viaje buscando su destino Esta evidencia es, precisamente, la razón esencial por la cual la gestión actual opta por ignorar a la comunidad: reconocer estos impactos obligaría, por ley, a suspender la obra, someterla a un Estudio de Impacto Ambiental y asumir la responsabilidad por sus consecuencias a largo plazo.

INTRODUCCIÓN: 
Hace más de veinte años, la playa de nuestra infancia empezó a retroceder. Al principio, nadie lo notó. Luego dijeron que era una situación pasajera. Después, que era “culpa de la naturaleza” o del cambio climático. Y cuando el oleaje ya lamía las veredas, decidieron actuar. Pero ya era tarde. Y lo que hicieron fue, como siempre: poner piedras. La última piedra

Así empezó todo. Con una piedra. Y luego otra. Y otras más. Hasta que la costa se convirtió en un camposanto de rocas y la memoria en un paisaje de improvisación. 

Esta no es solo la historia de una playa que se achica. Es la historia de un sistema costero desequilibrado, de decisiones tomadas sin ciencia, de una desidia que se volvió política y de una comunidad que, poco a poco, normalizó el deterioro.

Pero también puede ser la historia de un despertar. Porque el mar no se equivoca. Solo responde.  Y nosotros, tarde o temprano, debemos empezar a responder con sabiduría.

Fundamentos técnico-jurídicos vulnerados
1. Daño ambiental inducido: certeza técnica y riesgo patrimonial inminente

La literatura costera y la jurisprudencia ambiental reconocen que las defensas rígidas no "protegen" la playa: la aíslan, la ahogan sedimentológicamente y trasladan la energía erosiva a zonas adyacentes. En Playa Unión, esto se traduce en una pérdida neta de área de playa frente a la obra y en un desplazamiento acelerado de la línea de costa hacia el norte, amenazando directamente espacios de valor recreativo, cultural y educativo como Aquavida y la Biblioteca Popular Asencio Abeijón. La omisión de estudios hidrodinámicos, de modelamiento sedimentario y de línea base ambiental no es un descuido procedural; es una estrategia para evitar la tipificación legal del daño ambiental inducido, figura que genera responsabilidad objetiva y deber de reparación conforme al Código Ambiental Provincial.

2. Vulneración del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental

La Ley XI N° 35 (Código Ambiental del Chubut) y su Decreto Reglamentario N° 185/09 establecen de manera imperativa que toda intervención con potencial de alterar la dinámica natural del litoral debe ser sometida a un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) previo, independiente y participativo. Avanzar con una obra de esta magnitud sin cumplir dicho requisito constituye una infracción sustancial al ordenamiento ambiental provincial y un fraude al procedimiento administrativo, ya que se pretende materializar una intervención antes de evaluar sus efectos acumulativos y desplazados.

3. Exclusión sistemática y asimetría informativa deliberada

Si esta obra respondiera a intereses portuarios o productivos, existirían mesas técnicas, audiencias y cronogramas de consulta pública. Para la comunidad, en cambio, solo hay silencios, notas evasivas y la promesa de una "consulta posterior" una vez definida la obra. Esta secuencia invertida contradice el principio de participación temprana y vulnera el derecho de acceso a la información pública ambiental (Ley Nacional N° 25.831), consagrado también en el Código Ambiental Chubutense. Ignorar a la sociedad no es un acto administrativo neutro: es una barrera diseñada para blindar decisiones que, de ser transparentadas, revelarían su inviabilidad técnica y jurídica.

4. Principio de precaución y responsabilidad intergeneracional

El Artículo 2° de la Ley XI N° 35 declara de interés provincial la preservación y el mejoramiento de los ambientes naturales. Intervenir un sistema costero no monitoreado, sin línea base ni proyección de impactos desplazados, constituye una acción imprudente que expone a la comunidad y a las generaciones futuras a daños potencialmente irreversibles. La gestión pública no puede ampararse en la urgencia coyuntural para omitir la evaluación científica ni para trasladar costos ambientales a quienes habitan y disfrutan el litoral.

Exigencias formales y urgentes
Ante la gravedad de lo expuesto, y en ejercicio de nuestros derechos constitucionales y legales, exigimos:

1.Suspensión cautelar inmediata de toda intervención física en la costa de Playa Unión, hasta la completa aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) que incluya modelamiento hidrodinámico, evaluación de transporte sedimentario y análisis de impactos desplazados (erosión norte) y patrimoniales (Aquavida, Biblioteca Popular Asencio Abeijón).

2.Acceso pleno, gratuito y sin restricciones a toda la documentación técnica, financiera, geotécnica y jurídica relacionada con el proyecto, en estricto cumplimiento de la Ley Nacional N° 25.831 y del Código Ambiental Provincial.

3.Apertura de una Audiencia Pública vinculante, conforme al Decreto N° 185/09, con convocatoria publicada en Boletín Oficial y medios locales, plazos efectivos para la inscripción y participación de la comunidad, especialistas independientes y organizaciones ambientales.

4.Compromiso público de monitoreo continuo del sistema costero, con generación de datos abiertos, auditorías técnicas periódicas y mecanismos de alerta temprana para la protección de los sectores identitarios amenazados por la erosión desplazada.

5.Respuesta formal y fundada a la presente en un plazo no mayor a 15 días hábiles, con copia a la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut, la Comisión de Ambiente de la Legislatura Provincial y los medios de comunicación regionales.

El futuro de Playa Unión no se decide mediante obras apresuradas ni mediante el silencio institucional. La costa no es un lienzo para intervenciones improvisadas; es un sistema vivo, un patrimonio común y un derecho colectivo. Exigimos el cumplimiento estricto de la ley, el respeto a la evidencia científica y la garantía de que la gestión pública priorice la sostenibilidad litoral por sobre los intereses coyunturales. La protección de la playa, la prevención del daño ambiental inducido y la defensa de nuestros espacios identitarios no son negociables.

EPÍLOGO: EL TIEMPO  DE LA INGNOMINIA

Nos han vendido urgencia para esconder improvisación. Mientras tanto, nos dejaron en la más absoluta desinformación. Y hoy, sin responder una sola pregunta esencial, la obra arranca. Con un pronóstico de DAÑO AMBIENTAL SIN RESPONSABLES A LA VISTA.

La historia de Playa Unión no es un accidente. Es un patrón. La historia de la improvisación convertida en política. Del no estudiar. Del mirar hacia otro lado. Del asumir que el mar se cansará antes que la comunidad.
Pero el mar no se cansa. Solo responde. Y la ley no es opcional. Es el piso mínimo de convivencia.

Porque la playa no nos pertenece. La recibimos de nuestros mayores y apenas la sostenemos en préstamo para nuestros hijos y nietos. Y hasta hoy, no hemos sabido honrar la responsabilidad de cuidarla.

Porque preservar la costa no es simplemente ejecutar una obra pública: es decidir qué memoria,  qué paisaje y qué futuro dejaremos a quienes todavía no han llegado. Y hay momentos en los que una comunidad debe elegir entre seguir administrando el deterioro o comenzar, de una vez por todas, a defender aquello que ama.

Quedamos a disposición para conformar una Mesa de Trabajo Técnica y Ciudadana que permita resolver esta situación con transparencia, rigor y justicia ambiental, en el marco de lo establecido por el Código Ambiental de la Provincia del Chubut.

Atentamente, Comunidad de Playa Unión y Ciudadanos Comprometidos con la Sostenibilidad Costera

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Firmantes recientes:
Mariana Nicolasa Navarreta Román y 19 personas más firmaron la petición recientemente.

La causa

“El deterioro no comienza cuando cae la primera vereda. Comienza cuando una comunidad se resigna a mirar hacia otro lado y convierte la espera en una forma de gobierno.”

Somos un grupo de vecinas y vecinos de Rawson y Playa Unión que, junto a la Biblioteca Asencio Abeijón, organizamos el ciclo de Charlas ambientales porque estamos a favor de una playa sostenible en el tiempo. Ciclo de charlas ambientales. Playa Unión, Rawson, Chubut

Consideramos que la decisión que propone el gobierno no es la solución para lograr detener la erosión costera y no contempla el inminente daño ambiental que puede generarse.

Exigimos:

A las autoridades municipales, provinciales y nacionales con competencia en ordenamiento territorial, gestión costera y evaluación ambiental; a la Secretaría de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable (SAyCDS) del Chubut, Autoridad de Aplicación del Código Ambiental y a los organismos de control, Defensoría del Pueblo, Fiscalía de Estado

                                              soluciones sustentables y a futuro 

Como habitantes, usuarios y defensores de Playa Unión, nos dirigimos a ustedes para denunciar formalmente la avanzada de una obra de defensa rígida sobre 350 metros de línea de costa, impulsada sin evaluación ambiental previa y en omisión deliberada de la participación ciudadana. La última piedra Esta decisión no responde a un vacío técnico: responde a la voluntad de eludir el reconocimiento de un daño ambiental inducido científicamente previsible. La construcción de una estructura rígida modifica el transporte litoral de sedimentos, genera una pérdida cierta e irreversible del frente de playa en el sector intervenido y desplaza la erosión hacia el norte, comprometiendo la estabilidad de sectores señeros como Aquavida y la Biblioteca Popular Asencio Abeijón. Un incierto viaje buscando su destino Esta evidencia es, precisamente, la razón esencial por la cual la gestión actual opta por ignorar a la comunidad: reconocer estos impactos obligaría, por ley, a suspender la obra, someterla a un Estudio de Impacto Ambiental y asumir la responsabilidad por sus consecuencias a largo plazo.

INTRODUCCIÓN: 
Hace más de veinte años, la playa de nuestra infancia empezó a retroceder. Al principio, nadie lo notó. Luego dijeron que era una situación pasajera. Después, que era “culpa de la naturaleza” o del cambio climático. Y cuando el oleaje ya lamía las veredas, decidieron actuar. Pero ya era tarde. Y lo que hicieron fue, como siempre: poner piedras. La última piedra

Así empezó todo. Con una piedra. Y luego otra. Y otras más. Hasta que la costa se convirtió en un camposanto de rocas y la memoria en un paisaje de improvisación. 

Esta no es solo la historia de una playa que se achica. Es la historia de un sistema costero desequilibrado, de decisiones tomadas sin ciencia, de una desidia que se volvió política y de una comunidad que, poco a poco, normalizó el deterioro.

Pero también puede ser la historia de un despertar. Porque el mar no se equivoca. Solo responde.  Y nosotros, tarde o temprano, debemos empezar a responder con sabiduría.

Fundamentos técnico-jurídicos vulnerados
1. Daño ambiental inducido: certeza técnica y riesgo patrimonial inminente

La literatura costera y la jurisprudencia ambiental reconocen que las defensas rígidas no "protegen" la playa: la aíslan, la ahogan sedimentológicamente y trasladan la energía erosiva a zonas adyacentes. En Playa Unión, esto se traduce en una pérdida neta de área de playa frente a la obra y en un desplazamiento acelerado de la línea de costa hacia el norte, amenazando directamente espacios de valor recreativo, cultural y educativo como Aquavida y la Biblioteca Popular Asencio Abeijón. La omisión de estudios hidrodinámicos, de modelamiento sedimentario y de línea base ambiental no es un descuido procedural; es una estrategia para evitar la tipificación legal del daño ambiental inducido, figura que genera responsabilidad objetiva y deber de reparación conforme al Código Ambiental Provincial.

2. Vulneración del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental

La Ley XI N° 35 (Código Ambiental del Chubut) y su Decreto Reglamentario N° 185/09 establecen de manera imperativa que toda intervención con potencial de alterar la dinámica natural del litoral debe ser sometida a un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) previo, independiente y participativo. Avanzar con una obra de esta magnitud sin cumplir dicho requisito constituye una infracción sustancial al ordenamiento ambiental provincial y un fraude al procedimiento administrativo, ya que se pretende materializar una intervención antes de evaluar sus efectos acumulativos y desplazados.

3. Exclusión sistemática y asimetría informativa deliberada

Si esta obra respondiera a intereses portuarios o productivos, existirían mesas técnicas, audiencias y cronogramas de consulta pública. Para la comunidad, en cambio, solo hay silencios, notas evasivas y la promesa de una "consulta posterior" una vez definida la obra. Esta secuencia invertida contradice el principio de participación temprana y vulnera el derecho de acceso a la información pública ambiental (Ley Nacional N° 25.831), consagrado también en el Código Ambiental Chubutense. Ignorar a la sociedad no es un acto administrativo neutro: es una barrera diseñada para blindar decisiones que, de ser transparentadas, revelarían su inviabilidad técnica y jurídica.

4. Principio de precaución y responsabilidad intergeneracional

El Artículo 2° de la Ley XI N° 35 declara de interés provincial la preservación y el mejoramiento de los ambientes naturales. Intervenir un sistema costero no monitoreado, sin línea base ni proyección de impactos desplazados, constituye una acción imprudente que expone a la comunidad y a las generaciones futuras a daños potencialmente irreversibles. La gestión pública no puede ampararse en la urgencia coyuntural para omitir la evaluación científica ni para trasladar costos ambientales a quienes habitan y disfrutan el litoral.

Exigencias formales y urgentes
Ante la gravedad de lo expuesto, y en ejercicio de nuestros derechos constitucionales y legales, exigimos:

1.Suspensión cautelar inmediata de toda intervención física en la costa de Playa Unión, hasta la completa aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) que incluya modelamiento hidrodinámico, evaluación de transporte sedimentario y análisis de impactos desplazados (erosión norte) y patrimoniales (Aquavida, Biblioteca Popular Asencio Abeijón).

2.Acceso pleno, gratuito y sin restricciones a toda la documentación técnica, financiera, geotécnica y jurídica relacionada con el proyecto, en estricto cumplimiento de la Ley Nacional N° 25.831 y del Código Ambiental Provincial.

3.Apertura de una Audiencia Pública vinculante, conforme al Decreto N° 185/09, con convocatoria publicada en Boletín Oficial y medios locales, plazos efectivos para la inscripción y participación de la comunidad, especialistas independientes y organizaciones ambientales.

4.Compromiso público de monitoreo continuo del sistema costero, con generación de datos abiertos, auditorías técnicas periódicas y mecanismos de alerta temprana para la protección de los sectores identitarios amenazados por la erosión desplazada.

5.Respuesta formal y fundada a la presente en un plazo no mayor a 15 días hábiles, con copia a la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut, la Comisión de Ambiente de la Legislatura Provincial y los medios de comunicación regionales.

El futuro de Playa Unión no se decide mediante obras apresuradas ni mediante el silencio institucional. La costa no es un lienzo para intervenciones improvisadas; es un sistema vivo, un patrimonio común y un derecho colectivo. Exigimos el cumplimiento estricto de la ley, el respeto a la evidencia científica y la garantía de que la gestión pública priorice la sostenibilidad litoral por sobre los intereses coyunturales. La protección de la playa, la prevención del daño ambiental inducido y la defensa de nuestros espacios identitarios no son negociables.

EPÍLOGO: EL TIEMPO  DE LA INGNOMINIA

Nos han vendido urgencia para esconder improvisación. Mientras tanto, nos dejaron en la más absoluta desinformación. Y hoy, sin responder una sola pregunta esencial, la obra arranca. Con un pronóstico de DAÑO AMBIENTAL SIN RESPONSABLES A LA VISTA.

La historia de Playa Unión no es un accidente. Es un patrón. La historia de la improvisación convertida en política. Del no estudiar. Del mirar hacia otro lado. Del asumir que el mar se cansará antes que la comunidad.
Pero el mar no se cansa. Solo responde. Y la ley no es opcional. Es el piso mínimo de convivencia.

Porque la playa no nos pertenece. La recibimos de nuestros mayores y apenas la sostenemos en préstamo para nuestros hijos y nietos. Y hasta hoy, no hemos sabido honrar la responsabilidad de cuidarla.

Porque preservar la costa no es simplemente ejecutar una obra pública: es decidir qué memoria,  qué paisaje y qué futuro dejaremos a quienes todavía no han llegado. Y hay momentos en los que una comunidad debe elegir entre seguir administrando el deterioro o comenzar, de una vez por todas, a defender aquello que ama.

Quedamos a disposición para conformar una Mesa de Trabajo Técnica y Ciudadana que permita resolver esta situación con transparencia, rigor y justicia ambiental, en el marco de lo establecido por el Código Ambiental de la Provincia del Chubut.

Atentamente, Comunidad de Playa Unión y Ciudadanos Comprometidos con la Sostenibilidad Costera

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