Escrito de QUEJA al Defensor del Pueblo por la situación de los asesores laborales

El problema

PRIMERO.- El artículo 103 de la Constitución Española establece que: “La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.”

En este sentido, y en base a este principio constitucional de actuación de la Administración Pública, se instaura que toda Administración Pública, estatal, autonómica o local, debe operar siempre conforme a criterios de objetividad hacia los intereses generales y con total respeto a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, y pleno sometimiento a la ley y al Derecho. 

SEGUNDO.- Que desde el pasado 14 de Marzo de 2020, con motivo desde la declaración del estado de alarma, el colectivo de Graduados Sociales en toda España hemos sido esenciales e imprescindibles para hacer frente a esta maldita pandemia, sacrificando horas y horas de nuestra salud y de nuestra familia para atender a trabajadores, empresas y autónomos, y que sin nuestro trabajo, esfuerzo, dedicación y sacrificio no hubieran podido salir adelante los miles de expedientes reguladores de empleo, las prestaciones por desempleo, transmisión de seguros sociales, tramitación de ayudas y subvenciones tanto a nivel estatal, autonómico, provincial o local, y un largo etc…

TERCERO.- Todo este trabajo lo hemos llevado a cabo con la responsabilidad que caracteriza a nuestro colectivo de Graduados Sociales, priorizando nuestras obligaciones profesionales, frente a las personales y  familiares, con el único fin de ofrecer una respuesta global y eficiente en el adverso contexto social, económico y laboral en el que nos encontrábamos, reafirmando nuestra profesión como imprescindible para la ejecución y defensa de la relaciones laborales en su conjunto.

CUARTO.- Frente a esta actitud de responsabilidad, trabajo y entereza, nos hemos encontrado con una administración pública totalmente insensible y sin empatía alguna a nuestra situación profesional, donde lejos de facilitarnos la labor a los profesionales del sector, ha puesto de manifiesto su falta de voluntad para proceder a proporcionar facilidades ante los distintos procedimientos y regulaciones administrativas y jurídicas que afectan directamente a las relaciones laborales.

QUINTO.-  El colectivo de Graduados y Graduadas Sociales venimos soportando ya desde hace casi 2 años, multitud de cambios en  procedimientos administrativos, jurídicos, modificaciones normativas, publicaciones de decretos a última hora, otorgando nuevas responsabilidades y procedimientos en materia de Empleo y Seguridad Social, y trabajando bajo una inseguridad jurídica palmaria en detrimento de los intereses de nuestros representados, tales como trabajadores, empresarios y autónomos.

SEXTO.- Es por ello que desde distintos ámbitos y foros institucionales, profesionales o a nivel particular, se han venido reclamando de forma insistente y reiterativa una mayor simplificación administrativa de los trámites en materia Laboral y Seguridad Social, así como una estabilidad en la legislación Laboral y de Seguridad Social, para evitar la sobrecarga de trabajo que venimos arrastrando desde la declaración del estado de alarma, sin que hasta la fecha se haya conseguido ningún avance al respecto, sino más bien todo lo contrario, por parte del Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración.

SÉPTIMO.- Como muestra y ejemplo de los hechos descritos en el ordinal anterior, cabe destacar como último claro ejemplo de falta de actuación a los principios establecidos en el artículo 103 de la Constitución Española, la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden de Cotización para 2021, con carácter retroactivo a Septiembre 2021, el pasado sábado 4 de diciembre de 2021, además de diversos comunicados por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, a través de su Boletín de Noticias Red y una serie de comunicados, acerca de la repetición de envíos de seguros sociales, una vez estos ya estaban confirmados y aceptados, suponiendo una nueva carga de trabajo, máxime en las fechas en la que nos encontramos.

OCTAVO.- Los profesionales de las asesorías laborales, estamos sufriendo mes tras mes graves situaciones que están lastrando nuestra posibilidad de asesoramiento, tanto a trabajadores como a pequeñas y medianas empresas, y a trabajadores autónomos, ya que en estos momentos aún seguimos trasmitiendo boletines de cotización, a la espera de los archivos RLC y RNT, con retrasos de hasta 48 horas en la recepción de las mencionadas respuestas, estando colapsado el sistema SILTRA, el cual ha notificado como erróneas liquidaciones enviadas en tiempo y forma y que fueron aceptadas por la Tesorería General de la Seguridad Social.

NOVENO.- Estos hechos vienen a poner de manifiesto una vez más, el ninguneo, la desconsideración y menosprecio absoluto que por parte del Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración, están llevando a cabo con sus actuaciones arbitrarias, obviando de este modo el principio constitucional de servir con objetividad los intereses generales y actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho, que vienen recogidos en el artículo 103 de la Constitución Española.

DÉCIMO.- Los y las Graduadas Sociales, como profesionales expertos del derecho del trabajo y de la Seguridad Social, necesitamos un marco legal con las garantías jurídicas suficientes que proporcionen un correcto desarrollo de nuestro trabajo de asesoramiento a empresas y trabajadores, abogando por la puesta en marcha de forma inmediata de un conjunto de actuaciones para generar seguridad jurídica con normas claras, trámites simplificados y procedimientos eficaces, eliminación de trabas administrativas, recuperación de la atención telefónica y presencial, con la única finalidad de poder llevar a cabo un correcto desarrollo de nuestra profesión, y de este modo acomodar la actuación administrativa del Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración a los principios de eficacia, economía y celeridad establecidos en el artículo 103 de la Constitución Española.

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El problema

PRIMERO.- El artículo 103 de la Constitución Española establece que: “La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.”

En este sentido, y en base a este principio constitucional de actuación de la Administración Pública, se instaura que toda Administración Pública, estatal, autonómica o local, debe operar siempre conforme a criterios de objetividad hacia los intereses generales y con total respeto a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, y pleno sometimiento a la ley y al Derecho. 

SEGUNDO.- Que desde el pasado 14 de Marzo de 2020, con motivo desde la declaración del estado de alarma, el colectivo de Graduados Sociales en toda España hemos sido esenciales e imprescindibles para hacer frente a esta maldita pandemia, sacrificando horas y horas de nuestra salud y de nuestra familia para atender a trabajadores, empresas y autónomos, y que sin nuestro trabajo, esfuerzo, dedicación y sacrificio no hubieran podido salir adelante los miles de expedientes reguladores de empleo, las prestaciones por desempleo, transmisión de seguros sociales, tramitación de ayudas y subvenciones tanto a nivel estatal, autonómico, provincial o local, y un largo etc…

TERCERO.- Todo este trabajo lo hemos llevado a cabo con la responsabilidad que caracteriza a nuestro colectivo de Graduados Sociales, priorizando nuestras obligaciones profesionales, frente a las personales y  familiares, con el único fin de ofrecer una respuesta global y eficiente en el adverso contexto social, económico y laboral en el que nos encontrábamos, reafirmando nuestra profesión como imprescindible para la ejecución y defensa de la relaciones laborales en su conjunto.

CUARTO.- Frente a esta actitud de responsabilidad, trabajo y entereza, nos hemos encontrado con una administración pública totalmente insensible y sin empatía alguna a nuestra situación profesional, donde lejos de facilitarnos la labor a los profesionales del sector, ha puesto de manifiesto su falta de voluntad para proceder a proporcionar facilidades ante los distintos procedimientos y regulaciones administrativas y jurídicas que afectan directamente a las relaciones laborales.

QUINTO.-  El colectivo de Graduados y Graduadas Sociales venimos soportando ya desde hace casi 2 años, multitud de cambios en  procedimientos administrativos, jurídicos, modificaciones normativas, publicaciones de decretos a última hora, otorgando nuevas responsabilidades y procedimientos en materia de Empleo y Seguridad Social, y trabajando bajo una inseguridad jurídica palmaria en detrimento de los intereses de nuestros representados, tales como trabajadores, empresarios y autónomos.

SEXTO.- Es por ello que desde distintos ámbitos y foros institucionales, profesionales o a nivel particular, se han venido reclamando de forma insistente y reiterativa una mayor simplificación administrativa de los trámites en materia Laboral y Seguridad Social, así como una estabilidad en la legislación Laboral y de Seguridad Social, para evitar la sobrecarga de trabajo que venimos arrastrando desde la declaración del estado de alarma, sin que hasta la fecha se haya conseguido ningún avance al respecto, sino más bien todo lo contrario, por parte del Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración.

SÉPTIMO.- Como muestra y ejemplo de los hechos descritos en el ordinal anterior, cabe destacar como último claro ejemplo de falta de actuación a los principios establecidos en el artículo 103 de la Constitución Española, la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden de Cotización para 2021, con carácter retroactivo a Septiembre 2021, el pasado sábado 4 de diciembre de 2021, además de diversos comunicados por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, a través de su Boletín de Noticias Red y una serie de comunicados, acerca de la repetición de envíos de seguros sociales, una vez estos ya estaban confirmados y aceptados, suponiendo una nueva carga de trabajo, máxime en las fechas en la que nos encontramos.

OCTAVO.- Los profesionales de las asesorías laborales, estamos sufriendo mes tras mes graves situaciones que están lastrando nuestra posibilidad de asesoramiento, tanto a trabajadores como a pequeñas y medianas empresas, y a trabajadores autónomos, ya que en estos momentos aún seguimos trasmitiendo boletines de cotización, a la espera de los archivos RLC y RNT, con retrasos de hasta 48 horas en la recepción de las mencionadas respuestas, estando colapsado el sistema SILTRA, el cual ha notificado como erróneas liquidaciones enviadas en tiempo y forma y que fueron aceptadas por la Tesorería General de la Seguridad Social.

NOVENO.- Estos hechos vienen a poner de manifiesto una vez más, el ninguneo, la desconsideración y menosprecio absoluto que por parte del Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración, están llevando a cabo con sus actuaciones arbitrarias, obviando de este modo el principio constitucional de servir con objetividad los intereses generales y actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho, que vienen recogidos en el artículo 103 de la Constitución Española.

DÉCIMO.- Los y las Graduadas Sociales, como profesionales expertos del derecho del trabajo y de la Seguridad Social, necesitamos un marco legal con las garantías jurídicas suficientes que proporcionen un correcto desarrollo de nuestro trabajo de asesoramiento a empresas y trabajadores, abogando por la puesta en marcha de forma inmediata de un conjunto de actuaciones para generar seguridad jurídica con normas claras, trámites simplificados y procedimientos eficaces, eliminación de trabas administrativas, recuperación de la atención telefónica y presencial, con la única finalidad de poder llevar a cabo un correcto desarrollo de nuestra profesión, y de este modo acomodar la actuación administrativa del Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración a los principios de eficacia, economía y celeridad establecidos en el artículo 103 de la Constitución Española.

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Petición creada en 20 de diciembre de 2021