Declaración Pública a un año de la injusta privación de libertad de Daniel Jadue


Declaración Pública a un año de la injusta privación de libertad de Daniel Jadue
La causa
Este 3 de junio de 2025 se cumple un año desde que Daniel Jadue, exalcalde de Recoleta, fue privado de su libertad a través de una prisión preventiva que carece de sustento jurídico y que se enmarca en una persecución judicial motivada por intereses políticos evidentes. Las juristas y los juristas abajo firmantes, comprometidos con la defensa irrestricta de los derechos humanos, el Estado de Derecho y la democracia, expresamos nuestra más profunda preocupación y enérgico rechazo ante esta grave situación.
Los indicios de motivación política en este caso son múltiples y consistentes. La investigación penal se intensificó inmediatamente después de que se hiciera pública su intención de postularse a la presidencia, y ha coincidido en cada una de sus etapas procesales con hitos clave del calendario electoral. Primero se forzó su salida anticipada del cargo de alcalde; luego, su privación de libertad lo inhabilita de hecho para desplegar cualquier tipo de campaña; ahora, la acusación fiscal se anuncia justo antes de la apertura del plazo legal para la inscripción de candidaturas presidenciales. Este patrón revela un uso estratégico del aparato judicial con fines de neutralización política.
El proceso que se sigue en su contra presenta serios cuestionamientos en cuanto al cumplimiento de garantías básicas del debido proceso y al principio de objetividad que debe regir la actuación del Ministerio Público. La prisión preventiva decretada contra Daniel Jadue carece de los requisitos legales exigidos: no existen elementos concretos que indiquen peligro de fuga, obstrucción a la investigación ni riesgo para la sociedad. Jadue no ejerce más funciones públicas desde hace casi un año, y la entidad en torno a la cual gira la acusación —la Asociación Chilena de Farmacias Populares (ACHIFARP)— ya no existe. Aun así, se mantiene privado de libertad de manera prolongada, configurándose lo que, en los hechos, constituye una pena anticipada.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha señalado reiteradamente que la prisión preventiva debe ser excepcional, proporcional y sujeta a un riguroso control judicial, nunca utilizada con fines punitivos ni para impedir el ejercicio de derechos políticos. La Corte reitera que los Estados deben abstenerse de aplicar medidas cautelares de manera abusiva para restringir el derecho a participar en asuntos públicos.
La situación de Daniel Jadue constituye, por tanto, no solo una violación a su derecho fundamental a la libertad personal y de tránsito, sino también una grave afectación a sus derechos políticos, consagrados en tratados internacionales suscritos por Chile. Además, priva de representación política a una amplia colectividad ciudadana que ve en él una alternativa legítima dentro del marco democrático.
Exigimos el inmediato restablecimiento del Estado de Derecho, el fin del uso indebido y políticamente instrumental del sistema judicial, y la liberación inmediata de Daniel Jadue.

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La causa
Este 3 de junio de 2025 se cumple un año desde que Daniel Jadue, exalcalde de Recoleta, fue privado de su libertad a través de una prisión preventiva que carece de sustento jurídico y que se enmarca en una persecución judicial motivada por intereses políticos evidentes. Las juristas y los juristas abajo firmantes, comprometidos con la defensa irrestricta de los derechos humanos, el Estado de Derecho y la democracia, expresamos nuestra más profunda preocupación y enérgico rechazo ante esta grave situación.
Los indicios de motivación política en este caso son múltiples y consistentes. La investigación penal se intensificó inmediatamente después de que se hiciera pública su intención de postularse a la presidencia, y ha coincidido en cada una de sus etapas procesales con hitos clave del calendario electoral. Primero se forzó su salida anticipada del cargo de alcalde; luego, su privación de libertad lo inhabilita de hecho para desplegar cualquier tipo de campaña; ahora, la acusación fiscal se anuncia justo antes de la apertura del plazo legal para la inscripción de candidaturas presidenciales. Este patrón revela un uso estratégico del aparato judicial con fines de neutralización política.
El proceso que se sigue en su contra presenta serios cuestionamientos en cuanto al cumplimiento de garantías básicas del debido proceso y al principio de objetividad que debe regir la actuación del Ministerio Público. La prisión preventiva decretada contra Daniel Jadue carece de los requisitos legales exigidos: no existen elementos concretos que indiquen peligro de fuga, obstrucción a la investigación ni riesgo para la sociedad. Jadue no ejerce más funciones públicas desde hace casi un año, y la entidad en torno a la cual gira la acusación —la Asociación Chilena de Farmacias Populares (ACHIFARP)— ya no existe. Aun así, se mantiene privado de libertad de manera prolongada, configurándose lo que, en los hechos, constituye una pena anticipada.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha señalado reiteradamente que la prisión preventiva debe ser excepcional, proporcional y sujeta a un riguroso control judicial, nunca utilizada con fines punitivos ni para impedir el ejercicio de derechos políticos. La Corte reitera que los Estados deben abstenerse de aplicar medidas cautelares de manera abusiva para restringir el derecho a participar en asuntos públicos.
La situación de Daniel Jadue constituye, por tanto, no solo una violación a su derecho fundamental a la libertad personal y de tránsito, sino también una grave afectación a sus derechos políticos, consagrados en tratados internacionales suscritos por Chile. Además, priva de representación política a una amplia colectividad ciudadana que ve en él una alternativa legítima dentro del marco democrático.
Exigimos el inmediato restablecimiento del Estado de Derecho, el fin del uso indebido y políticamente instrumental del sistema judicial, y la liberación inmediata de Daniel Jadue.

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Petición creada en 25 de mayo de 2025