Criterios de reconocimiento de créditos en la UNED, restrictiva y posible retroactividad


Criterios de reconocimiento de créditos en la UNED, restrictiva y posible retroactividad
El problema
Los abajo firmantes, estudiantes de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), denunciamos la aplicación de criterios restrictivos en materia de reconocimiento de créditos que resultan contrarios a los principios de seguridad jurídica, confianza legítima y coherencia académica.
En virtud de lo establecido en el Real Decreto 822/2021, el reconocimiento de créditos debe basarse en la adecuación entre conocimientos, competencias y resultados de aprendizaje, y no en una equivalencia rígida o formalista de asignaturas.
Sin embargo, la práctica reciente de la UNED evidencia:
I. Aplicación restrictiva y desproporcionada del reconocimiento
Se están exigiendo requisitos adicionales (superación de múltiples asignaturas) para el reconocimiento de materias basadas en asignaturas ya aprobadas previa a la implementación de las nuevas tablas.
Este enfoque vulnera el principio de proporcionalidad, al imponer cargas académicas innecesarias y duplicar contenidos ya adquiridos.
II. Posible aplicación retroactiva de criterios académicos
Las nuevas tablas de reconocimiento han sido aplicadas a situaciones académicas iniciadas con anterioridad a su aprobación, sin establecer un régimen transitorio claro.
Esto resulta contrario a lo dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, especialmente en lo relativo a:
La irretroactividad de disposiciones desfavorables.
La protección de la confianza legítima del administrado.
El principio de seguridad jurídica.
Los estudiantes planifican su itinerario académico en función de criterios vigentes, por lo que su modificación sin medidas transitorias genera indefensión.
III. Falta de motivación suficiente en las resoluciones
Las resoluciones denegatorias se fundamentan en la mera referencia a acuerdos internos o tablas de reconocimiento, sin un análisis individualizado de:
Contenidos concretos
Resultados de aprendizaje
Competencias adquiridas
Esto podría ser contrario a la exigencia de motivación de los actos administrativos recogida en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, al no permitir al estudiante conocer de forma efectiva las razones materiales de la denegación.
IV. Desviación del espíritu del reconocimiento de créditos
El reconocimiento de créditos no debe convertirse en un mecanismo restrictivo, sino en una herramienta para:
Favorecer la movilidad académica
Evitar duplicidades formativas
Reconocer el esfuerzo previo del estudiante
La interpretación actual desvirtúa el objetivo del Real Decreto 822/2021, priorizando criterios formales frente a la equivalencia real de conocimientos.
A la Universidad Nacional de Educación a Distancia solo le pedimos:
La revisión de los criterios de reconocimiento de créditos conforme a los principios de proporcionalidad, coherencia académica y adecuación real de competencias.
La introducción de un régimen transitorio para estudiantes afectados por cambios recientes en las tablas de reconocimiento.
La garantía de una motivación individualizada y detallada en todas las resoluciones.
La no aplicación retroactiva de criterios académicos desfavorables.
La revisión de los expedientes afectados por estos cambios.
Como conclusión:
El sistema universitario público debe garantizar la seguridad jurídica, la igualdad de trato y el reconocimiento efectivo del aprendizaje adquirido.
La actual práctica en materia de reconocimiento de créditos en la UNED genera inseguridad, duplicidad formativa y un perjuicio académico y económico injustificado para el estudiantado.
Por todo ello, solicitamos una revisión urgente de los criterios aplicados.

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El problema
Los abajo firmantes, estudiantes de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), denunciamos la aplicación de criterios restrictivos en materia de reconocimiento de créditos que resultan contrarios a los principios de seguridad jurídica, confianza legítima y coherencia académica.
En virtud de lo establecido en el Real Decreto 822/2021, el reconocimiento de créditos debe basarse en la adecuación entre conocimientos, competencias y resultados de aprendizaje, y no en una equivalencia rígida o formalista de asignaturas.
Sin embargo, la práctica reciente de la UNED evidencia:
I. Aplicación restrictiva y desproporcionada del reconocimiento
Se están exigiendo requisitos adicionales (superación de múltiples asignaturas) para el reconocimiento de materias basadas en asignaturas ya aprobadas previa a la implementación de las nuevas tablas.
Este enfoque vulnera el principio de proporcionalidad, al imponer cargas académicas innecesarias y duplicar contenidos ya adquiridos.
II. Posible aplicación retroactiva de criterios académicos
Las nuevas tablas de reconocimiento han sido aplicadas a situaciones académicas iniciadas con anterioridad a su aprobación, sin establecer un régimen transitorio claro.
Esto resulta contrario a lo dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, especialmente en lo relativo a:
La irretroactividad de disposiciones desfavorables.
La protección de la confianza legítima del administrado.
El principio de seguridad jurídica.
Los estudiantes planifican su itinerario académico en función de criterios vigentes, por lo que su modificación sin medidas transitorias genera indefensión.
III. Falta de motivación suficiente en las resoluciones
Las resoluciones denegatorias se fundamentan en la mera referencia a acuerdos internos o tablas de reconocimiento, sin un análisis individualizado de:
Contenidos concretos
Resultados de aprendizaje
Competencias adquiridas
Esto podría ser contrario a la exigencia de motivación de los actos administrativos recogida en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, al no permitir al estudiante conocer de forma efectiva las razones materiales de la denegación.
IV. Desviación del espíritu del reconocimiento de créditos
El reconocimiento de créditos no debe convertirse en un mecanismo restrictivo, sino en una herramienta para:
Favorecer la movilidad académica
Evitar duplicidades formativas
Reconocer el esfuerzo previo del estudiante
La interpretación actual desvirtúa el objetivo del Real Decreto 822/2021, priorizando criterios formales frente a la equivalencia real de conocimientos.
A la Universidad Nacional de Educación a Distancia solo le pedimos:
La revisión de los criterios de reconocimiento de créditos conforme a los principios de proporcionalidad, coherencia académica y adecuación real de competencias.
La introducción de un régimen transitorio para estudiantes afectados por cambios recientes en las tablas de reconocimiento.
La garantía de una motivación individualizada y detallada en todas las resoluciones.
La no aplicación retroactiva de criterios académicos desfavorables.
La revisión de los expedientes afectados por estos cambios.
Como conclusión:
El sistema universitario público debe garantizar la seguridad jurídica, la igualdad de trato y el reconocimiento efectivo del aprendizaje adquirido.
La actual práctica en materia de reconocimiento de créditos en la UNED genera inseguridad, duplicidad formativa y un perjuicio académico y económico injustificado para el estudiantado.
Por todo ello, solicitamos una revisión urgente de los criterios aplicados.

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Petición creada en 14 de abril de 2026