

Por la Modificación de la Ley de Perros Potencialmente Peligrosos
El problema
# NO SOMOS RAZAS DE "MANEJO ESPECIAL"
Es momento que el congreso colombiano legisle a favor de los animales promulgando la primera Ley de Tenencia Responsable de Animales de Compañía que elimine el listado de razas mal catalogadas de “manejo especial”.
CARENCIA DE BASE CIENTÍFICA DE LA ACTUAL LEGISLACIÓN SOBRE PERROS DE MANEJO ESPECIAL
Numerosos estudios científicos, basados en etología, veterinaria, educación canina y genética animal, indican que No está probado de ninguna manera la existencia de razas caninas de "manejo especial", sino individuos no aptos dentro de cualquier raza canina, comportamientos individuales causados por personas irresponsables.
La Ley 1801 de 2016 CAPÍTULO IV, Es una normativa obsoleta y discriminatoria que no impide la cría indiscriminada y la tenencia irresponsable, además, impide la correcta socialización de los individuos pertenecientes a cualquiera de las razas estigmatizadas, así como de los mestizos de dichas razas, por lo tanto, no es entendible ni Lógico que una Ley que pretende evitar agresiones por parte de los perros no incida en una tenencia responsable ni en el bienestar animal.
La norma No cumple ningún propósito para los que fue adoptada, el fin último de la norma que es proteger a la ciudadanía, No se cumple porque cualquier perro puede llegar a ser de “manejo especial”, dicha clasificación realizada por el legislador es subjetiva, parte de un concepto erróneo al clasificar por razas la peligrosidad de un perro y no es una ley de perros de Manejo Especial, No existe ningún estudio etológico, científico ni peritaje técnico que indique que las características morfológicas y físicas de las trece razas caninas enlistadas en el numeral 3 de la Ley 1801 de 2016 las hagan razas de manejo especial, el legislador debió realizar un examen de proporcionalidad y razonabilidad de las medidas diferenciadoras en la ley de Perros de Manejo Especial, en las cuales debió justificar de manera plena la constitucionalidad de la diferencia de estas trece razas caninas con las otras 207 razas caninas que existen, algo que el legislador No hizo.
¿Por qué? la Ley se llama o habla de perros de manejo especial, si esta ley no se aplica a ningún perro con Historial público de agresiones, ni a perros adiestrados para el ataque.
Es una Ley que va en contra de la Ley 1774 de 2016 al exigir bloquearles más de la mitad de sus órganos sensitivos a 13 razas caninas, es una Ley que contradice los principios naturales de cada ser vivo que es el uso de su propio cuerpo La de perros de manejo especial fomenta el MALTRATO animal.
¿Qué sucede cuando el riesgo existe es a causa de la inactividad de la Administración?
Para evitar que a la Administración competente en esta materia pueda exigírsele responsabilidad jurídica por los incidentes que puedan darse si se elimina la consideración de “razas “de manejo especial”, teniendo en cuenta que a la tenencia de estos animales se le aplica una normativa exclusiva y distinta del resto, deben dictarse las normas necesarias para REGULAR Y EXIGIR UNA TENENCIA RESPONSABLE.
Por esta razón debemos tener en cuenta, exclusivamente, la conducta agresiva del individuo, y regular las medidas de protección necesarias para evitar el riesgo de que puedan producirse ataques, junto con cursos obligatorios de modificación de conducta o programas de rehabilitación, con la finalidad de que, progresivamente, el dueño pueda realizar un correcto manejo del animal y el animal llegue a estar rehabilitado, con la consiguiente rebaja o eliminación de dichas medidas, cuando ya no sean necesarias.
De esta manera, se pondría fin a la inseguridad jurídica provocada por la normativa que regula el régimen jurídico de la tenencia de perros de manejo especial.
La estigmatización, es inaceptable, lo que necesitan los animales no es que se les siga señalando y estigmatizando a ellos, sino que se Modifique profundamente una Ley obsoleta, que nunca debió existir.
Tu apoyo en esto es fundamental.
FIRMA.

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# NO SOMOS RAZAS DE "MANEJO ESPECIAL"
Es momento que el congreso colombiano legisle a favor de los animales promulgando la primera Ley de Tenencia Responsable de Animales de Compañía que elimine el listado de razas mal catalogadas de “manejo especial”.
CARENCIA DE BASE CIENTÍFICA DE LA ACTUAL LEGISLACIÓN SOBRE PERROS DE MANEJO ESPECIAL
Numerosos estudios científicos, basados en etología, veterinaria, educación canina y genética animal, indican que No está probado de ninguna manera la existencia de razas caninas de "manejo especial", sino individuos no aptos dentro de cualquier raza canina, comportamientos individuales causados por personas irresponsables.
La Ley 1801 de 2016 CAPÍTULO IV, Es una normativa obsoleta y discriminatoria que no impide la cría indiscriminada y la tenencia irresponsable, además, impide la correcta socialización de los individuos pertenecientes a cualquiera de las razas estigmatizadas, así como de los mestizos de dichas razas, por lo tanto, no es entendible ni Lógico que una Ley que pretende evitar agresiones por parte de los perros no incida en una tenencia responsable ni en el bienestar animal.
La norma No cumple ningún propósito para los que fue adoptada, el fin último de la norma que es proteger a la ciudadanía, No se cumple porque cualquier perro puede llegar a ser de “manejo especial”, dicha clasificación realizada por el legislador es subjetiva, parte de un concepto erróneo al clasificar por razas la peligrosidad de un perro y no es una ley de perros de Manejo Especial, No existe ningún estudio etológico, científico ni peritaje técnico que indique que las características morfológicas y físicas de las trece razas caninas enlistadas en el numeral 3 de la Ley 1801 de 2016 las hagan razas de manejo especial, el legislador debió realizar un examen de proporcionalidad y razonabilidad de las medidas diferenciadoras en la ley de Perros de Manejo Especial, en las cuales debió justificar de manera plena la constitucionalidad de la diferencia de estas trece razas caninas con las otras 207 razas caninas que existen, algo que el legislador No hizo.
¿Por qué? la Ley se llama o habla de perros de manejo especial, si esta ley no se aplica a ningún perro con Historial público de agresiones, ni a perros adiestrados para el ataque.
Es una Ley que va en contra de la Ley 1774 de 2016 al exigir bloquearles más de la mitad de sus órganos sensitivos a 13 razas caninas, es una Ley que contradice los principios naturales de cada ser vivo que es el uso de su propio cuerpo La de perros de manejo especial fomenta el MALTRATO animal.
¿Qué sucede cuando el riesgo existe es a causa de la inactividad de la Administración?
Para evitar que a la Administración competente en esta materia pueda exigírsele responsabilidad jurídica por los incidentes que puedan darse si se elimina la consideración de “razas “de manejo especial”, teniendo en cuenta que a la tenencia de estos animales se le aplica una normativa exclusiva y distinta del resto, deben dictarse las normas necesarias para REGULAR Y EXIGIR UNA TENENCIA RESPONSABLE.
Por esta razón debemos tener en cuenta, exclusivamente, la conducta agresiva del individuo, y regular las medidas de protección necesarias para evitar el riesgo de que puedan producirse ataques, junto con cursos obligatorios de modificación de conducta o programas de rehabilitación, con la finalidad de que, progresivamente, el dueño pueda realizar un correcto manejo del animal y el animal llegue a estar rehabilitado, con la consiguiente rebaja o eliminación de dichas medidas, cuando ya no sean necesarias.
De esta manera, se pondría fin a la inseguridad jurídica provocada por la normativa que regula el régimen jurídico de la tenencia de perros de manejo especial.
La estigmatización, es inaceptable, lo que necesitan los animales no es que se les siga señalando y estigmatizando a ellos, sino que se Modifique profundamente una Ley obsoleta, que nunca debió existir.
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Petición creada en 13 de abril de 2021