Vecinos de Oro Verde (Argentina) dicen NO a un crematorio en zona residencial


Vecinos de Oro Verde (Argentina) dicen NO a un crematorio en zona residencial
La causa
Los abajo firmantes vecinos, vecinas y propietarios de los barrios linderos y cercanos al Cementerio de Oro Verde, y ciudadanos de toda la localidad y localidades próximas que adhieren a esta petición, se manifiestan en contra de la instalación de un horno crematorio por parte de un grupo de emprendedores privados, de residuos patológicos y/o de residuos patogénicos. Nos oponemos de modo indeclinable por las siguientes razones:
1- La instalación de un emprendimiento en los terrenos contiguos a la Morgue en una zona declarada por el municipio como residencial, va en contra de lo que establece la reglamentación vigente del Municipio de Oro Verde en lo referido al Código de Ordenamiento Territorial Urbano y Ambiental de la ciudad; así como también legislación provincial, nacional y convenios internacionales (ODS, OMS) en lo que se refiere a las implicancias de un crematorio. Dicha legislación, acuerdos y tratados, establecen que los crematorios atentan contra la salud y el ambiente y por tanto, deben emplazarse como mínimo a más de 5 km lineales de cualquier conglomerado urbano.
2- La instalación de un crematorio causará una importante desvalorización de las
propiedades y terrenos de Oro Verde, impactando de modo negativo en el patrimonio de toda la población y de los vecinos de la zona mencionada en particular.
3- La instalación de cualquier emprendimiento que produzca emisiones gaseosas conlleva impacto ambiental nocivo en el aire, el suelo, el agua y la salud de las personas, flora y fauna, exponiéndolas a la contaminación por metales, metaloides y sustancias orgánicas de alto riesgo sanitario, como lo expresa la Ley 26.011 del Honorable Congreso de la Nación Argentina del 16 de diciembre de 2004 sobre Contaminantes orgánicos persistentes.
4- En el orden de lo religioso y de las prácticas rituales ante la muerte, instalar en una zona residencial un crematorio es un tema sensible para algunas personas ya que puede agredir o afectar en lo religioso a quienes profesan diferentes cultos. Muchas personas pueden sentirse violentadas en lo emocional sabiendo que a pocas cuadras o cerca de su casa se creman seres humanos.
5- Cabe señalar que quienes invirtieron sus ahorros y patrimonio en Oro Verde, por
considerarla una ciudad amigable con un proyecto de vida saludable y en contacto con la naturaleza, no lo hubiesen hecho de haber existido esta posibilidad de un
emprendimiento que claramente atenta contra estos valores.

La causa
Los abajo firmantes vecinos, vecinas y propietarios de los barrios linderos y cercanos al Cementerio de Oro Verde, y ciudadanos de toda la localidad y localidades próximas que adhieren a esta petición, se manifiestan en contra de la instalación de un horno crematorio por parte de un grupo de emprendedores privados, de residuos patológicos y/o de residuos patogénicos. Nos oponemos de modo indeclinable por las siguientes razones:
1- La instalación de un emprendimiento en los terrenos contiguos a la Morgue en una zona declarada por el municipio como residencial, va en contra de lo que establece la reglamentación vigente del Municipio de Oro Verde en lo referido al Código de Ordenamiento Territorial Urbano y Ambiental de la ciudad; así como también legislación provincial, nacional y convenios internacionales (ODS, OMS) en lo que se refiere a las implicancias de un crematorio. Dicha legislación, acuerdos y tratados, establecen que los crematorios atentan contra la salud y el ambiente y por tanto, deben emplazarse como mínimo a más de 5 km lineales de cualquier conglomerado urbano.
2- La instalación de un crematorio causará una importante desvalorización de las
propiedades y terrenos de Oro Verde, impactando de modo negativo en el patrimonio de toda la población y de los vecinos de la zona mencionada en particular.
3- La instalación de cualquier emprendimiento que produzca emisiones gaseosas conlleva impacto ambiental nocivo en el aire, el suelo, el agua y la salud de las personas, flora y fauna, exponiéndolas a la contaminación por metales, metaloides y sustancias orgánicas de alto riesgo sanitario, como lo expresa la Ley 26.011 del Honorable Congreso de la Nación Argentina del 16 de diciembre de 2004 sobre Contaminantes orgánicos persistentes.
4- En el orden de lo religioso y de las prácticas rituales ante la muerte, instalar en una zona residencial un crematorio es un tema sensible para algunas personas ya que puede agredir o afectar en lo religioso a quienes profesan diferentes cultos. Muchas personas pueden sentirse violentadas en lo emocional sabiendo que a pocas cuadras o cerca de su casa se creman seres humanos.
5- Cabe señalar que quienes invirtieron sus ahorros y patrimonio en Oro Verde, por
considerarla una ciudad amigable con un proyecto de vida saludable y en contacto con la naturaleza, no lo hubiesen hecho de haber existido esta posibilidad de un
emprendimiento que claramente atenta contra estos valores.

Victoria confirmada
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Los tomadores de decisiones
Petición creada en 24 de junio de 2021