Asociación Plataforma Votación Escolar Justa PVEJİspanya
19 Tem 2021

¿Conoces la orden 502/2013 que regula el proceso de votación para la elección de la jornada escolar en los centros públicos de la Comunidad de Madrid?

 

Te la presentamos. Es una normativa de 25 de febrero que, entre otras cosas, dice que para que el resultado de la votación sea válido tienen que votar el 66,67% del censo escolar.

 

¿Sabes cuántas votaciones de elecciones autonómicas de la Comunidad de Madrid habrían salido adelante con esta premisa?

 

Te lo contamos. Si para que el resultado a las Elecciones a la Asamblea de Madrid fueran válidos hubieran tenido que votar el 66,67% del censo de votantes, ¿sabes lo que hubiera pasado? ¿Te lo imaginas?

 

Pues que sólo en la votaciones del 2021 se hubiera llevado un posible cambio de gobierno a cabo, porque votaron el 76,25% del censo.

 

¿Cuál fue el porcentaje de años anteriores? Mirad.

 

En 2011 votaron el 65,47%

En 2015 el 65,69%

En 2019 el 64,27%

 

Con estos porcentajes no se hubieran tenido en cuenta los votos depositados en las urnas.

 

¿Por qué seguimos permitiendo que el quórum de participación de la votación para la elección de la jornada escolar sea tan injusto?

 

Si quieres un cambio ¡FIRMA!

 

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