

PONERSE EN SU PIEL: SUPERVISAR LAS EXPLOTACIONES GANADERAS AL AIRE LIBRE
El problema
Pongámonos en situación: ¿ Te imaginas permanecer horas tras hora sin agua, cubierto por un formidable abrigo de lana cuando la temperatura es de 40º grados a la sombra, y con su sol abrasador que, inmisericorde, oprime y asfixia tu existencia convirtiendo tu cuerpo en plomo, y al que los sucios barrotes de un redil privan del consuelo de una sombra protectora e impiden saciar tu sed ?
Aún siendo sólo imaginación resulta difícil de soportar. No nos gustaría estar en su piel.
Tristemente ésta es la cruel, ignorada y dramática realidad que sufren miles de ovejas en explotaciones ganaderas al aire libre en los campos quemados por el sol de Extremadura.
Los animales son dejados día y noche en campos en los que no hay árboles, rocas ni cobertizos creados por el hombre en los que poder protegerse de las inclemencias del clima y, en demasiadas ocasiones, son aprisionados en rediles a pleno sol durante las horas centrales del día cuando el calor resulta insoportable. Y mientras sus pastores se refugian en sus casas del infierno exterior.
Esta situación, insufrible para los humanos, es a la que están condenados muchos de los animales a los que muy significativamente se les denomina " animales domésticos de renta " y a los que, en su trato diario, se les despoja de su dignidad como seres vivos, lamentablemente son sólo mercancía, y sus necesidades fisiológicas y etológicas son ignoradas y despreciadas.
Por eso pido a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura que, en el ámbito de su competencia, y al amparo de la legislación vigente en materia de protección de los animales en explotaciones ganaderas ( Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas; Ley 32/2007, de 7 de noviembre; Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura ), inspeccione, controle, vigile y supervise las instalaciones ganaderas, con especial interés en aquellas que están al aire libre, a fin de garantizar los derechos de esos animales a una vida digna, libre de sufrimientos innecesarios, y asegurándoles unas condiciones adecuadas a sus necesidades etológicas y fisiológicas.

El problema
Pongámonos en situación: ¿ Te imaginas permanecer horas tras hora sin agua, cubierto por un formidable abrigo de lana cuando la temperatura es de 40º grados a la sombra, y con su sol abrasador que, inmisericorde, oprime y asfixia tu existencia convirtiendo tu cuerpo en plomo, y al que los sucios barrotes de un redil privan del consuelo de una sombra protectora e impiden saciar tu sed ?
Aún siendo sólo imaginación resulta difícil de soportar. No nos gustaría estar en su piel.
Tristemente ésta es la cruel, ignorada y dramática realidad que sufren miles de ovejas en explotaciones ganaderas al aire libre en los campos quemados por el sol de Extremadura.
Los animales son dejados día y noche en campos en los que no hay árboles, rocas ni cobertizos creados por el hombre en los que poder protegerse de las inclemencias del clima y, en demasiadas ocasiones, son aprisionados en rediles a pleno sol durante las horas centrales del día cuando el calor resulta insoportable. Y mientras sus pastores se refugian en sus casas del infierno exterior.
Esta situación, insufrible para los humanos, es a la que están condenados muchos de los animales a los que muy significativamente se les denomina " animales domésticos de renta " y a los que, en su trato diario, se les despoja de su dignidad como seres vivos, lamentablemente son sólo mercancía, y sus necesidades fisiológicas y etológicas son ignoradas y despreciadas.
Por eso pido a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura que, en el ámbito de su competencia, y al amparo de la legislación vigente en materia de protección de los animales en explotaciones ganaderas ( Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas; Ley 32/2007, de 7 de noviembre; Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura ), inspeccione, controle, vigile y supervise las instalaciones ganaderas, con especial interés en aquellas que están al aire libre, a fin de garantizar los derechos de esos animales a una vida digna, libre de sufrimientos innecesarios, y asegurándoles unas condiciones adecuadas a sus necesidades etológicas y fisiológicas.

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Petición creada en 24 de agosto de 2016