

LEY "PERSONAS SINTIENTES" Por los Derechos a Personas no Humanas


LEY "PERSONAS SINTIENTES" Por los Derechos a Personas no Humanas
El problema
Los perros, gatos y caballos son seres vivos incluidos en la sociedad humana. Sin embargo son cosas para el Orden Jurídico . Su relación en la comunidad humana merece protección recíproca de derechos y obligaciones. Al igual que determinados seres humanos requieren un Tutor/Curador. (ZooTutor /ZooCurador) Los animales domésticos incluidos por el hombre en su sociedad requieren en primer lugar ser reconocidos como seres vivos, sintientes, incluidos con derechos. Para lo cual primariamente deben ser considerados persona " no humanas" con incapacidad total de hecho bajo tutela absoluta de un humano o el Estado en su defecto. Y con derechos relativos a su condición de personas sintintientes no humanas. Ningun incapaz absoluto es responsable de sus actos. El hombre que los incorporo a su comunidad debe responder por ellos. Individualmente o colectivamente por el sistema jurídico organizado que voluntariamente consintió para vivir en comunidad. Los animales domésticos son seres vivos con cierto grado de discernimiento intención y voluntad. Con sensibilidad corporal al dolor y al placer y grados emocionales de sumisión o dominio. Hoy representan el sector de la realidad social mas vulnerable explotada, maltratada, discriminada, cosificada de valor insignificante tanto en su condición de ser viviente y sintiente, como de su comprensión diversa con relación a su realidad situacional y con los demás seres vivos de la comunidad social, incluidas las personas humanas. Debe la Ley de la especie humana autosatisfacer la vida en comunidad en procura de la paz social y la preservación de la humanidad como especie dominante por su poder de raciocinio en el planeta.

El problema
Los perros, gatos y caballos son seres vivos incluidos en la sociedad humana. Sin embargo son cosas para el Orden Jurídico . Su relación en la comunidad humana merece protección recíproca de derechos y obligaciones. Al igual que determinados seres humanos requieren un Tutor/Curador. (ZooTutor /ZooCurador) Los animales domésticos incluidos por el hombre en su sociedad requieren en primer lugar ser reconocidos como seres vivos, sintientes, incluidos con derechos. Para lo cual primariamente deben ser considerados persona " no humanas" con incapacidad total de hecho bajo tutela absoluta de un humano o el Estado en su defecto. Y con derechos relativos a su condición de personas sintintientes no humanas. Ningun incapaz absoluto es responsable de sus actos. El hombre que los incorporo a su comunidad debe responder por ellos. Individualmente o colectivamente por el sistema jurídico organizado que voluntariamente consintió para vivir en comunidad. Los animales domésticos son seres vivos con cierto grado de discernimiento intención y voluntad. Con sensibilidad corporal al dolor y al placer y grados emocionales de sumisión o dominio. Hoy representan el sector de la realidad social mas vulnerable explotada, maltratada, discriminada, cosificada de valor insignificante tanto en su condición de ser viviente y sintiente, como de su comprensión diversa con relación a su realidad situacional y con los demás seres vivos de la comunidad social, incluidas las personas humanas. Debe la Ley de la especie humana autosatisfacer la vida en comunidad en procura de la paz social y la preservación de la humanidad como especie dominante por su poder de raciocinio en el planeta.

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Petición creada en 10 de enero de 2016