LEY BASTA DE TRACCIÓN A SANGRE ANIMAL


LEY BASTA DE TRACCIÓN A SANGRE ANIMAL
El problema
Ante la observación de rescate de equinos maltratados con demasiada frecuencia por parte de vecinos y proteccionistas; estimando que hay mas de 250.000 recuperadores urbanos y mas de 70.000 caballos muriendo 1 por día por ciudad, lo que da la pauta que es necesario tomar cartas en el asunto ya que no es fructífero que la comunidad se enfrente en temas de interés donde el estado tiene que mediar para procurar paz y bienestar.
Los animales son seres vivos con capacidades de sentir diferentes emociones y sensaciones, merecen ser cuidados y respetados y se debe castigar el maltrato ejercido sobre ellos, amparados en la Ley Nacional 14.346 sobre malos tratos y actos de crueldad; teniendo en cuenta esto debemos decir que cuando hablamos de tracción a sangre, hablamos de sufrimientos para los animales, pero, también significa injusticia y desigualdad para las familias que se ven obligadas a utilizar estos medios para subsistir.
Terminar con la tracción a sangre significa desarrollar políticas sociales mas integradoras.
El presente proyecto de ley consta de algunos puntos fundamentales:
La protección de los animales que tiran de carros precarios afectando su integridad y avasallando los derechos legales y universalmente reconocidos para ellos.
Garantizar la inclusión y calidad de vida a las personas ya que esta ya que esta actividad justificada como un recurso económico para estas familias vulnera los derechos naturales de las personas sobre todo los niños casi siempre convertidos en principal mano de obra desconociendo el derecho de los mismos en el marco de la Ley 4.369 del menor y la familia y la Ley 26.390 de prohibición de trabajo infantil y protección de trabajo adolescente que el Congreso de la Nación Argentina a sancionado.
Es necesario cambiar el método de tracción a sangre animal por otro, tracción motora o tordo (unidad móvil de reciclaje), dejando atrás otros métodos de movilizarse que ya han quedados perimidos y no guardan relación alguna con las mejoras y progresos de la actualidad.
Cuidado del medio ambiente a partir del reciclaje, incentivando cada municipio la formación de cooperativas, es necesario avanzar en la protección y respeto por la vida de los animales y el cuidado del hábitat humano situación prevista por la Ley general de medio ambiente 25.675 sancionada por el Honorable Congreso de la Nación.
Por otra parte se estaría contribuyendo a una mejora en el tránsito urbano, ya que estos vehículos ademas de ser un peligro para si mismo, también se ven involucrados en accidentes viales, corriendo peligro la vida de personas y animales.
Que la tracción a sangre se halla prohibida y/o regulada en el ámbito de la ciudad autónoma de Buenos Aires ordenanza 12.867, como así también en algunos municipios del país y las personas involucradas en dicha actividad han reconvertido sus tareas, mejorando las condiciones de trabajo y por consiguiente su calidad de vida.
Frente a acciones de maltrato y/o crueldad hacia los animales no sancionadas u observadas, se promueve la naturalización de la violencia.
Por todas estas razones se puede afirmar que este proyecto es de gran alcance, no solo hace referencia a la prohibición de los vehículos de tracción a sangre animal, sino de la protección de los derechos de los animales, de bregar por los derechos de las personas, por los derechos de los niños y por un trabajo digno, a su vez, promueve el cuidado del medio ambiente y busca mejorar el tránsito urbano.
Por estos motivos solicito al Honorable Congreso de la Nación, Sres Legisladores que acompañen esta iniciativa de manera favorable.
Esto es un resumen sobre los puntos tenidos en cuenta en el proyecto de Ley el cual se encuentra a disposición de las autoridades que lo requieran para su tratamiento.

El problema
Ante la observación de rescate de equinos maltratados con demasiada frecuencia por parte de vecinos y proteccionistas; estimando que hay mas de 250.000 recuperadores urbanos y mas de 70.000 caballos muriendo 1 por día por ciudad, lo que da la pauta que es necesario tomar cartas en el asunto ya que no es fructífero que la comunidad se enfrente en temas de interés donde el estado tiene que mediar para procurar paz y bienestar.
Los animales son seres vivos con capacidades de sentir diferentes emociones y sensaciones, merecen ser cuidados y respetados y se debe castigar el maltrato ejercido sobre ellos, amparados en la Ley Nacional 14.346 sobre malos tratos y actos de crueldad; teniendo en cuenta esto debemos decir que cuando hablamos de tracción a sangre, hablamos de sufrimientos para los animales, pero, también significa injusticia y desigualdad para las familias que se ven obligadas a utilizar estos medios para subsistir.
Terminar con la tracción a sangre significa desarrollar políticas sociales mas integradoras.
El presente proyecto de ley consta de algunos puntos fundamentales:
La protección de los animales que tiran de carros precarios afectando su integridad y avasallando los derechos legales y universalmente reconocidos para ellos.
Garantizar la inclusión y calidad de vida a las personas ya que esta ya que esta actividad justificada como un recurso económico para estas familias vulnera los derechos naturales de las personas sobre todo los niños casi siempre convertidos en principal mano de obra desconociendo el derecho de los mismos en el marco de la Ley 4.369 del menor y la familia y la Ley 26.390 de prohibición de trabajo infantil y protección de trabajo adolescente que el Congreso de la Nación Argentina a sancionado.
Es necesario cambiar el método de tracción a sangre animal por otro, tracción motora o tordo (unidad móvil de reciclaje), dejando atrás otros métodos de movilizarse que ya han quedados perimidos y no guardan relación alguna con las mejoras y progresos de la actualidad.
Cuidado del medio ambiente a partir del reciclaje, incentivando cada municipio la formación de cooperativas, es necesario avanzar en la protección y respeto por la vida de los animales y el cuidado del hábitat humano situación prevista por la Ley general de medio ambiente 25.675 sancionada por el Honorable Congreso de la Nación.
Por otra parte se estaría contribuyendo a una mejora en el tránsito urbano, ya que estos vehículos ademas de ser un peligro para si mismo, también se ven involucrados en accidentes viales, corriendo peligro la vida de personas y animales.
Que la tracción a sangre se halla prohibida y/o regulada en el ámbito de la ciudad autónoma de Buenos Aires ordenanza 12.867, como así también en algunos municipios del país y las personas involucradas en dicha actividad han reconvertido sus tareas, mejorando las condiciones de trabajo y por consiguiente su calidad de vida.
Frente a acciones de maltrato y/o crueldad hacia los animales no sancionadas u observadas, se promueve la naturalización de la violencia.
Por todas estas razones se puede afirmar que este proyecto es de gran alcance, no solo hace referencia a la prohibición de los vehículos de tracción a sangre animal, sino de la protección de los derechos de los animales, de bregar por los derechos de las personas, por los derechos de los niños y por un trabajo digno, a su vez, promueve el cuidado del medio ambiente y busca mejorar el tránsito urbano.
Por estos motivos solicito al Honorable Congreso de la Nación, Sres Legisladores que acompañen esta iniciativa de manera favorable.
Esto es un resumen sobre los puntos tenidos en cuenta en el proyecto de Ley el cual se encuentra a disposición de las autoridades que lo requieran para su tratamiento.

Petición cerrada
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Petición creada en 5 de mayo de 2016