¡EXIGIMOS LA RENUNCIA DEL ALCALDE DE LA MOLINA ALVARO PAZ DE LA BARRA!

¡EXIGIMOS LA RENUNCIA DEL ALCALDE DE LA MOLINA ALVARO PAZ DE LA BARRA!

La causa

Los vecinos de La Molina exigimos la RENUNCIA INMEDIATA DEL ALCALDE PAZ DE LA BARRA, petición que realizamos ante su INCAPACIDAD FUNCIONAL e INCAPACIDAD MORAL PERMANENTE POR: INCUMPLIMIENTO DE SU PLAN DE GOBIERNO, VULNERAR NUESTRO LEGÍTIMO DERECHO DE PARTICIPACIÓN VECINAL, FALTA DE TRANSPARENCIA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, IRREGULARIDADES EN LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS, ASÍ COMO EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, TAL COMO CONSTA EN LOS INFORMES DEL OSCE Y CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA,  REITERADOS ACTOS DE VIOLENCIA FAMILIAR, USO INDEBIDO DE RECURSOS MUNICIPALES, ABUSO DE AUTORIDAD, OMISIÓN DE FUNCIONES EN PLENO ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA, entre otros, por los  fundamentos siguientes:

1.    INCUMPLIMIENTO DE AUTORIA DE LA GESTIÓN DEL EX – ALCALDE ZUREK: ha transcurrido dos años, desde que asumió la Alcaldía de La Molina, sin embargo, a pesar de las reiteradas peticiones, no se ha auditado esa administración.

2.    INCUMPLIMIENTO DE MEJORAS EN EL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA, NO OBSTANTE, EL EXCESIVO INCREMENTO DE ARBITRIOS 2020: En set 2019, se incrementaron para el periodo Fiscal 2020 entre el 18.7% (residencial) y 30.11% (comercial), es decir, de 57 millones a 74 millones, resultando 17 millones más en el pago de arbitrios.

PAZ DE LA BARRA justificó la excesiva alza de arbitrios argumentando que repotenciaría el Servicio de Seguridad Ciudadana, por lo que, se adquiriría 300 cámaras más; se contaría con 630 serenos; existiría 114 operadores de cámaras, se alquilaría 10 camionetas 4x2; se alquilaría 30 automóviles, 39 motos lineales, entre otros.

Adquisiciones y alquileres que NO se cumplieron durante el año 2020; sin embargo, se mantuvo la recaudación por Impuesto Municipales 2020 fue S/. 70´192,769.

3.    RESTRICCIÓN DE NUESTRA PARTICIPACIÓN CIUDADANA: Es INADMISIBLE que se esté restringiendo la participación vecinal en los actos públicos, especialmente, aquellos que se realizan vía zoom; cuando estos deben ser PARTICIPATIVOS, DEMOCRÁTICOS, TRANSPARENTES Y SIN DISCRIMINACIÓN.

4.    OMISIÓN FUNCIONAL EN APERTURAR PROCESOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES A FUNCIONARIOS DE LA GERENCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO, DE ACUERDO A LO INDICADO POR CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA, EN SU INFORME DE CONTROL ESPECÍFICO N° 014-2020-2-2178-SCE

CONTRALORIA DE LA REPÚBLICA verificó “La planificación y distribución de las canastas familiares para mitigar el impacto económico entre la población más vulnerable ante el estado de emergencia sanitaria del Covid-19”, emitiendo el Informe de Control Específico N° 014-2020-2-2178-SCE el mismo que determinó que MUNIMOLINA entregó la canasta básica familiar a beneficiarios duplicados, así como a servidores y locadores de servicio de la municipalidad, hecho que generó que no se otorgue el beneficio a la población en situación de vulnerabilidad, incumpliendo disposiciones emitidas ante el Estado de Emergencia para mitigar el impacto económico ante el COVID-19.

Este Informe fue remitido, hace más de tres meses, a MUNIMOLINA y a la fecha, el Alcalde PAZ DE LA BARRA no cumplió con poner de conocimiento ante el pleno de Concejo Municipal y comunicar los procedimientos administrativos sancionadores adoptados en contra de los funcionarios municipales involucrados, advirtiéndose que existiría un impedimento que sus funcionarios de confianza se sometan al procedimiento administrativo sancionador ante las irregularidades detectadas.

5.    OMISIÓN FUNCIONAL EN APERTURAR PROCESOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADOR Y PROCESO CIVIL A FUNCIONARIOS DE LA GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y OBRAS PÚBLICAS, TAL COMO INDICÓ CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, EN SU INFORME DE CONTROL ESPECÍFICO N° 016-2020-2-2178-SCE del 18.12.20

Con fecha 21.12.20 CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA emitió el Oficio N° 129-2020-MDLM-OCI al Alcalde de La Molina ALVARO PAZ DE LA BARRA con la finalidad que se aperture el debido procedimiento administrativo sancionador a los funcionarios y servidores públicos involucrados en evidentes delitos de corrupción, durante la ejecución de la OBRA: “CICLOVÍA Av. ALAMEDA DEL CORREGIDOR y Av. RAÚL FERRERO se valorizó y se pagó al Contratista DITRANSERVA por metrados no ejecutados en las partidas de movimiento de tierra y pavimentación, y no se aplicó la penalidad conforme a lo estipulado en el contrato de obra; situación que generó un perjuicio económico a MUNIMOLINA de S/. 131,899.92, según se INFORME DE CONTROL ESPECÍFICO N° 016-2020-2-2178-SCE del 18.12.20.

MUNIMOLINA recepcionó este Informe, hace más de tres meses y el Alcalde de La Molina ALVARO PAZ DE LA BARRA tampoco ha puesto este Informe al Concejo Municipal y tampoco, ha informado sobre los procesos sancionadores civiles y/o administrativos adoptados; evidenciándose, que se pretendería dilatar el tiempo y así lograr la impunidad entre los implicados. ¡NO A LA IMPUNIDAD!

6.    El 25 de marzo de 2021, se conoció un nuevo acto de VIOLENCIA FAMILIAR donde está involucrado el Alcalde de La Molina PAZ DE LA BARRA y su esposa; y como ciudadanos expresamos nuestra indignación contra este ABUSO DE PODER y VIOLENCIA CONTRA UNA MUJER, quien además, es madre de su hijo.

7.    USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS Y ABUSO DE AUTORIDAD: Entre los motivos que habrían ocasionado el hecho de violencia familiar, el defensor de la agraviada, Abog. MANUEL DELOHNTE CAGNA hizo una denuncia pública, señalando la existencia de acoso por parte del Alcalde PAZ DE LA BARRA contra de su esposa, utilizando para ello, recursos públicos como: drones y personal operativo de Serenazgo y Fiscalización de la municipalidad de La Molina.

Es más, según versiones periodísticas, quien grabó y propagó los vídeos sobre esos hechos, es un trabajador de la Gerencia de Comunicaciones del municipio y dentro de ese material fílmico, se observa a personal de Serenazgo durante la intervención, siendo esta facultad de competencia policial.

Un Alcalde que es abogado, que no respeta la Constitución Política del Perú; Ley N° 27972 Ley Orgánica del Perú; Ley N° 27085, Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley N° 30364, Ley Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra Las Mujeres y Los Integrantes del Grupo Familiar, y demás normativas vigentes; sino las transgrede, mella la investidura del cargo como Alcalde, NO REPRESENTA A LOS VECINOS DE LA MOLINA.   

Por lo expresado:

Los firmantes, vecinos del distrito de La Molina, exigimos la RENUNCIA DEL ALCALDE DE LA MOLINA ALVARO PAZ DE LA BARRA porque no podemos permitir continuar en este desgobierno y estancamiento de nuestro distrito, más aún, encontrándonos en pleno Estado de Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional.

Estamos en el tercer año de este gobierno y es momento que los REGIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA intervengan y se pronuncien las graves imputaciones presentadas, omisión funcional del Alcalde y funcionarios, falta de transparencia en la gestión pública, inadecuado uso de recursos públicos, etc.

La Molina, 29 de marzo del 2021       

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Red Vecinal La MolinaCreador de la peticiónAdministradora, emprendedora y activista. Otros: Organizadora de Eventos, Marketing, Gestión Pública y Logística. Mirando al futuro con el corazón.....
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Los vecinos de La Molina exigimos la RENUNCIA INMEDIATA DEL ALCALDE PAZ DE LA BARRA, petición que realizamos ante su INCAPACIDAD FUNCIONAL e INCAPACIDAD MORAL PERMANENTE POR: INCUMPLIMIENTO DE SU PLAN DE GOBIERNO, VULNERAR NUESTRO LEGÍTIMO DERECHO DE PARTICIPACIÓN VECINAL, FALTA DE TRANSPARENCIA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, IRREGULARIDADES EN LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS, ASÍ COMO EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, TAL COMO CONSTA EN LOS INFORMES DEL OSCE Y CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA,  REITERADOS ACTOS DE VIOLENCIA FAMILIAR, USO INDEBIDO DE RECURSOS MUNICIPALES, ABUSO DE AUTORIDAD, OMISIÓN DE FUNCIONES EN PLENO ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA, entre otros, por los  fundamentos siguientes:

1.    INCUMPLIMIENTO DE AUTORIA DE LA GESTIÓN DEL EX – ALCALDE ZUREK: ha transcurrido dos años, desde que asumió la Alcaldía de La Molina, sin embargo, a pesar de las reiteradas peticiones, no se ha auditado esa administración.

2.    INCUMPLIMIENTO DE MEJORAS EN EL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA, NO OBSTANTE, EL EXCESIVO INCREMENTO DE ARBITRIOS 2020: En set 2019, se incrementaron para el periodo Fiscal 2020 entre el 18.7% (residencial) y 30.11% (comercial), es decir, de 57 millones a 74 millones, resultando 17 millones más en el pago de arbitrios.

PAZ DE LA BARRA justificó la excesiva alza de arbitrios argumentando que repotenciaría el Servicio de Seguridad Ciudadana, por lo que, se adquiriría 300 cámaras más; se contaría con 630 serenos; existiría 114 operadores de cámaras, se alquilaría 10 camionetas 4x2; se alquilaría 30 automóviles, 39 motos lineales, entre otros.

Adquisiciones y alquileres que NO se cumplieron durante el año 2020; sin embargo, se mantuvo la recaudación por Impuesto Municipales 2020 fue S/. 70´192,769.

3.    RESTRICCIÓN DE NUESTRA PARTICIPACIÓN CIUDADANA: Es INADMISIBLE que se esté restringiendo la participación vecinal en los actos públicos, especialmente, aquellos que se realizan vía zoom; cuando estos deben ser PARTICIPATIVOS, DEMOCRÁTICOS, TRANSPARENTES Y SIN DISCRIMINACIÓN.

4.    OMISIÓN FUNCIONAL EN APERTURAR PROCESOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES A FUNCIONARIOS DE LA GERENCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO, DE ACUERDO A LO INDICADO POR CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA, EN SU INFORME DE CONTROL ESPECÍFICO N° 014-2020-2-2178-SCE

CONTRALORIA DE LA REPÚBLICA verificó “La planificación y distribución de las canastas familiares para mitigar el impacto económico entre la población más vulnerable ante el estado de emergencia sanitaria del Covid-19”, emitiendo el Informe de Control Específico N° 014-2020-2-2178-SCE el mismo que determinó que MUNIMOLINA entregó la canasta básica familiar a beneficiarios duplicados, así como a servidores y locadores de servicio de la municipalidad, hecho que generó que no se otorgue el beneficio a la población en situación de vulnerabilidad, incumpliendo disposiciones emitidas ante el Estado de Emergencia para mitigar el impacto económico ante el COVID-19.

Este Informe fue remitido, hace más de tres meses, a MUNIMOLINA y a la fecha, el Alcalde PAZ DE LA BARRA no cumplió con poner de conocimiento ante el pleno de Concejo Municipal y comunicar los procedimientos administrativos sancionadores adoptados en contra de los funcionarios municipales involucrados, advirtiéndose que existiría un impedimento que sus funcionarios de confianza se sometan al procedimiento administrativo sancionador ante las irregularidades detectadas.

5.    OMISIÓN FUNCIONAL EN APERTURAR PROCESOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADOR Y PROCESO CIVIL A FUNCIONARIOS DE LA GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y OBRAS PÚBLICAS, TAL COMO INDICÓ CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, EN SU INFORME DE CONTROL ESPECÍFICO N° 016-2020-2-2178-SCE del 18.12.20

Con fecha 21.12.20 CONTRALORÍA DE LA REPÚBLICA emitió el Oficio N° 129-2020-MDLM-OCI al Alcalde de La Molina ALVARO PAZ DE LA BARRA con la finalidad que se aperture el debido procedimiento administrativo sancionador a los funcionarios y servidores públicos involucrados en evidentes delitos de corrupción, durante la ejecución de la OBRA: “CICLOVÍA Av. ALAMEDA DEL CORREGIDOR y Av. RAÚL FERRERO se valorizó y se pagó al Contratista DITRANSERVA por metrados no ejecutados en las partidas de movimiento de tierra y pavimentación, y no se aplicó la penalidad conforme a lo estipulado en el contrato de obra; situación que generó un perjuicio económico a MUNIMOLINA de S/. 131,899.92, según se INFORME DE CONTROL ESPECÍFICO N° 016-2020-2-2178-SCE del 18.12.20.

MUNIMOLINA recepcionó este Informe, hace más de tres meses y el Alcalde de La Molina ALVARO PAZ DE LA BARRA tampoco ha puesto este Informe al Concejo Municipal y tampoco, ha informado sobre los procesos sancionadores civiles y/o administrativos adoptados; evidenciándose, que se pretendería dilatar el tiempo y así lograr la impunidad entre los implicados. ¡NO A LA IMPUNIDAD!

6.    El 25 de marzo de 2021, se conoció un nuevo acto de VIOLENCIA FAMILIAR donde está involucrado el Alcalde de La Molina PAZ DE LA BARRA y su esposa; y como ciudadanos expresamos nuestra indignación contra este ABUSO DE PODER y VIOLENCIA CONTRA UNA MUJER, quien además, es madre de su hijo.

7.    USO INDEBIDO DE RECURSOS PÚBLICOS Y ABUSO DE AUTORIDAD: Entre los motivos que habrían ocasionado el hecho de violencia familiar, el defensor de la agraviada, Abog. MANUEL DELOHNTE CAGNA hizo una denuncia pública, señalando la existencia de acoso por parte del Alcalde PAZ DE LA BARRA contra de su esposa, utilizando para ello, recursos públicos como: drones y personal operativo de Serenazgo y Fiscalización de la municipalidad de La Molina.

Es más, según versiones periodísticas, quien grabó y propagó los vídeos sobre esos hechos, es un trabajador de la Gerencia de Comunicaciones del municipio y dentro de ese material fílmico, se observa a personal de Serenazgo durante la intervención, siendo esta facultad de competencia policial.

Un Alcalde que es abogado, que no respeta la Constitución Política del Perú; Ley N° 27972 Ley Orgánica del Perú; Ley N° 27085, Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley N° 30364, Ley Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra Las Mujeres y Los Integrantes del Grupo Familiar, y demás normativas vigentes; sino las transgrede, mella la investidura del cargo como Alcalde, NO REPRESENTA A LOS VECINOS DE LA MOLINA.   

Por lo expresado:

Los firmantes, vecinos del distrito de La Molina, exigimos la RENUNCIA DEL ALCALDE DE LA MOLINA ALVARO PAZ DE LA BARRA porque no podemos permitir continuar en este desgobierno y estancamiento de nuestro distrito, más aún, encontrándonos en pleno Estado de Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional.

Estamos en el tercer año de este gobierno y es momento que los REGIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA intervengan y se pronuncien las graves imputaciones presentadas, omisión funcional del Alcalde y funcionarios, falta de transparencia en la gestión pública, inadecuado uso de recursos públicos, etc.

La Molina, 29 de marzo del 2021       

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Concejo Municipal Distrital de La Molina - Lima - Perú
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Petición creada en 29 de marzo de 2021