Cerdos desangrados usados en la REPSA, según informes: ¡UNAM exigimos transparencia!

Cerdos desangrados usados en la REPSA, según informes: ¡UNAM exigimos transparencia!

Firmantes recientes:
Carmen Padilla y 19 personas más firmaron la petición recientemente.

La causa

  1. EL CONTEXTO

Un proyecto de la Facultad de Ciencias de la UNAM, identificado como PAPIIT IN223423 recibió financiamiento público por $481,194.00 MXN.  De acuerdo con informes públicos (IN223423 PRIMERA RENOVACIÓN​, IN222423 INFORME FINAL), se utilizaron al menos 11 cadáveres de cerdo como biomodelos, empleando un proceso de sacrificio que, según los propios reportes, involucra el desangramiento. Estos biomodelos fueron colocados dentro de la Reserva Ecológica del Pedregal de San Ángel (REPSA), un ecosistema protegido y uno de los últimos relictos de origen volcánico en la Ciudad de México, con aproximadamente 1,650 años de antigüedad. Asimismo, los informes del proyecto documentan depredación por vertebrados carroñeros, como tlacuaches (Didelphis virginiana) y cacomixtles (Bassariscus astutus), que consumieron dos de los biomodelos durante el estudio.

 

 

 

 

 

2. LA BIOÉTICA

Asimismo, de acuerdo con documentación obtenida a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (Folio 410031900046426), proporcionada por la propia UNAM (Oficio O.J./183/III/2026), se identificó que el dictamen ético disponible corresponde a un proyecto con un título distinto y fue emitido en abril de 2024, mientras que el proyecto reporta actividades desde 2022. Esto resulta particularmente relevante considerando que, de acuerdo con los propios lineamientos de la Comisión de Ética Académica y Responsabilidad Científica de la Facultad de Ciencias de la UNAM, no se puede emitir dictámenes para proyectos que ya han iniciado o concluido, ya que la evaluación bioética debe realizarse de manera previa (BIOÉTICA CEARC).

 

Dictamen introducción de cadáveres

 

 

 

 

 

 

 

3) EL IMPACTO AMBIENTAL

El documento presentado como autorización de la REPSA corresponde a un permiso emitido en 2022 para el desarrollo general de actividades académicas, sin que en su contenido se detallen de manera específica las prácticas reportadas, como la introducción de biomodelos (cadáveres de cerdo) en campo. En este sentido, el propio documento hace referencia a la aprobación de un protocolo general de investigación, pero no explicita condiciones particulares relacionadas con el manejo de restos biológicos, su disposición, ni su interacción potencial con fauna silvestre dentro de la reserva.

Asimismo, de acuerdo con los Lineamientos para el Desarrollo de Actividades dentro de la REPSA (LINEAMIENTOS):

  • Se prohíbe la introducción de especies animales exóticas (Cap. IV, numeral 15, fracción III).
  • Se prohíbe depositar materiales o residuos de tipo biológico en el ecosistema (Cap. IV, numeral 15, fracción IV).
  •  Las actividades deben orientarse a la conservación de especies nativas y contar con evaluación previa cuando impliquen posibles perturbaciones.

Por otra parte, la respuesta institucional señala que, con base en la LGEEPA y su Reglamento, este tipo de estudio no requiere una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), al no constituir una obra ni una alteración permanente del paisaje.

 

 

 

Dictamen de aprobación REPSA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4) EXIGENCIAS

1. Protección inmediata de la REPSA

Que se suspenda toda actividad que implique matanza animal, introducción de cadáveres, restos biológicos o biomasa animal dentro de la Reserva Ecológica del Pedregal de San Ángel (REPSA) mientras concluyen las investigaciones administrativas, ambientales y bioéticas actualmente en curso.

2. Investigación independiente y rendición de cuentas

Que se realice una revisión independiente, técnica e interdisciplinaria para esclarecer las autorizaciones, supervisión, ejecución y posibles impactos ambientales, sanitarios y éticos de las actividades desarrolladas en la REPSA, haciendo públicas sus conclusiones.

3. Garantías de no repetición

Que la UNAM establezca mecanismos obligatorios de evaluación previa, supervisión, transparencia y rendición de cuentas para cualquier proyecto que pueda afectar la biodiversidad, la fauna o la integridad ecológica de la REPSA, considerando simultáneamente el derecho a la vida de los animales abandonados o considerados “exóticos”, de modo que se implementen alternativas éticas (sin matanza de animales) de control poblacional cuando sea necesario. 

4. Bienestar animal, ética científica y manejo de animales en la REPSA
Considerando los avances científicos, éticos y jurídicos en materia de protección animal, así como el reconocimiento progresivo de los animales como seres sintientes en el ordenamiento jurídico mexicano, exigimos que la UNAM actualice sus políticas institucionales conforme a estos principios.
En particular, la Constitución Política de la Ciudad de México reconoce a los animales como seres sintientes y sujetos de consideración moral (Artículo 13, Apartado B), estableciendo el deber ético y jurídico de respetar su vida e integridad. Asimismo, el Artículo 23 mandata a las autoridades garantizar su protección, bienestar y trato digno, así como implementar acciones para la atención de animales en situación de abandono.
a) Transición y sustitución en la academia e investigación
Que la Universidad revise y reforme integralmente sus políticas de uso de animales en la enseñanza, la docencia y la investigación. Se exige la sustitución inmediata del uso de animales en aquellas actividades académicas para las que ya existan alternativas pedagógicas viables, así como el impulso y financiamiento activo de tecnologías que permitan reemplazar progresivamente la experimentación animal.
b) Protocolos éticos para la fauna denominada “exótica” y “feral”
Que la UNAM diseñe e implemente políticas específicas para el manejo ético de la fauna denominada “exótica”, doméstica o “feral” presente en la REPSA. Se exige abandonar la matanza como mecanismo de control poblacional y comprometerse institucionalmente con alternativas que protejan la vida de los animales, incluyendo programas permanentes de esterilización, atención veterinaria, adopción, reubicación y colaboración con especialistas, rescatistas y organizaciones de protección animal.

Este tipo de proyectos financiados con recursos públicos y ejecutados en áreas naturales protegidas no son aceptables. La transparencia no es opcional. Es una obligación institucional. 

¡FIRMA, COMPARTE Y EXIGE RESPUESTAS SOBRE EL USO DE TUS IMPUESTOS!

Fotografía de la portada tomada de: Villanueva Hernández, C. I. (2026). Distribución de pupas y patrón de emergencia de insectos necrócolos alrededor de cadáveres de cerdo (Sus scrofa) en descomposición en dos temporadas del año (Tesis de Licenciatura en Biología). Facultad de Ciencias, Universidad Nacional Autónoma de México.  Disponible en: https://tesiunamdocumentos.dgb.unam.mx/ptd2026/ene_mar/0881898/Index.html

 

 

 

 

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La causa

  1. EL CONTEXTO

Un proyecto de la Facultad de Ciencias de la UNAM, identificado como PAPIIT IN223423 recibió financiamiento público por $481,194.00 MXN.  De acuerdo con informes públicos (IN223423 PRIMERA RENOVACIÓN​, IN222423 INFORME FINAL), se utilizaron al menos 11 cadáveres de cerdo como biomodelos, empleando un proceso de sacrificio que, según los propios reportes, involucra el desangramiento. Estos biomodelos fueron colocados dentro de la Reserva Ecológica del Pedregal de San Ángel (REPSA), un ecosistema protegido y uno de los últimos relictos de origen volcánico en la Ciudad de México, con aproximadamente 1,650 años de antigüedad. Asimismo, los informes del proyecto documentan depredación por vertebrados carroñeros, como tlacuaches (Didelphis virginiana) y cacomixtles (Bassariscus astutus), que consumieron dos de los biomodelos durante el estudio.

 

 

 

 

 

2. LA BIOÉTICA

Asimismo, de acuerdo con documentación obtenida a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (Folio 410031900046426), proporcionada por la propia UNAM (Oficio O.J./183/III/2026), se identificó que el dictamen ético disponible corresponde a un proyecto con un título distinto y fue emitido en abril de 2024, mientras que el proyecto reporta actividades desde 2022. Esto resulta particularmente relevante considerando que, de acuerdo con los propios lineamientos de la Comisión de Ética Académica y Responsabilidad Científica de la Facultad de Ciencias de la UNAM, no se puede emitir dictámenes para proyectos que ya han iniciado o concluido, ya que la evaluación bioética debe realizarse de manera previa (BIOÉTICA CEARC).

 

Dictamen introducción de cadáveres

 

 

 

 

 

 

 

3) EL IMPACTO AMBIENTAL

El documento presentado como autorización de la REPSA corresponde a un permiso emitido en 2022 para el desarrollo general de actividades académicas, sin que en su contenido se detallen de manera específica las prácticas reportadas, como la introducción de biomodelos (cadáveres de cerdo) en campo. En este sentido, el propio documento hace referencia a la aprobación de un protocolo general de investigación, pero no explicita condiciones particulares relacionadas con el manejo de restos biológicos, su disposición, ni su interacción potencial con fauna silvestre dentro de la reserva.

Asimismo, de acuerdo con los Lineamientos para el Desarrollo de Actividades dentro de la REPSA (LINEAMIENTOS):

  • Se prohíbe la introducción de especies animales exóticas (Cap. IV, numeral 15, fracción III).
  • Se prohíbe depositar materiales o residuos de tipo biológico en el ecosistema (Cap. IV, numeral 15, fracción IV).
  •  Las actividades deben orientarse a la conservación de especies nativas y contar con evaluación previa cuando impliquen posibles perturbaciones.

Por otra parte, la respuesta institucional señala que, con base en la LGEEPA y su Reglamento, este tipo de estudio no requiere una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), al no constituir una obra ni una alteración permanente del paisaje.

 

 

 

Dictamen de aprobación REPSA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4) EXIGENCIAS

1. Protección inmediata de la REPSA

Que se suspenda toda actividad que implique matanza animal, introducción de cadáveres, restos biológicos o biomasa animal dentro de la Reserva Ecológica del Pedregal de San Ángel (REPSA) mientras concluyen las investigaciones administrativas, ambientales y bioéticas actualmente en curso.

2. Investigación independiente y rendición de cuentas

Que se realice una revisión independiente, técnica e interdisciplinaria para esclarecer las autorizaciones, supervisión, ejecución y posibles impactos ambientales, sanitarios y éticos de las actividades desarrolladas en la REPSA, haciendo públicas sus conclusiones.

3. Garantías de no repetición

Que la UNAM establezca mecanismos obligatorios de evaluación previa, supervisión, transparencia y rendición de cuentas para cualquier proyecto que pueda afectar la biodiversidad, la fauna o la integridad ecológica de la REPSA, considerando simultáneamente el derecho a la vida de los animales abandonados o considerados “exóticos”, de modo que se implementen alternativas éticas (sin matanza de animales) de control poblacional cuando sea necesario. 

4. Bienestar animal, ética científica y manejo de animales en la REPSA
Considerando los avances científicos, éticos y jurídicos en materia de protección animal, así como el reconocimiento progresivo de los animales como seres sintientes en el ordenamiento jurídico mexicano, exigimos que la UNAM actualice sus políticas institucionales conforme a estos principios.
En particular, la Constitución Política de la Ciudad de México reconoce a los animales como seres sintientes y sujetos de consideración moral (Artículo 13, Apartado B), estableciendo el deber ético y jurídico de respetar su vida e integridad. Asimismo, el Artículo 23 mandata a las autoridades garantizar su protección, bienestar y trato digno, así como implementar acciones para la atención de animales en situación de abandono.
a) Transición y sustitución en la academia e investigación
Que la Universidad revise y reforme integralmente sus políticas de uso de animales en la enseñanza, la docencia y la investigación. Se exige la sustitución inmediata del uso de animales en aquellas actividades académicas para las que ya existan alternativas pedagógicas viables, así como el impulso y financiamiento activo de tecnologías que permitan reemplazar progresivamente la experimentación animal.
b) Protocolos éticos para la fauna denominada “exótica” y “feral”
Que la UNAM diseñe e implemente políticas específicas para el manejo ético de la fauna denominada “exótica”, doméstica o “feral” presente en la REPSA. Se exige abandonar la matanza como mecanismo de control poblacional y comprometerse institucionalmente con alternativas que protejan la vida de los animales, incluyendo programas permanentes de esterilización, atención veterinaria, adopción, reubicación y colaboración con especialistas, rescatistas y organizaciones de protección animal.

Este tipo de proyectos financiados con recursos públicos y ejecutados en áreas naturales protegidas no son aceptables. La transparencia no es opcional. Es una obligación institucional. 

¡FIRMA, COMPARTE Y EXIGE RESPUESTAS SOBRE EL USO DE TUS IMPUESTOS!

Fotografía de la portada tomada de: Villanueva Hernández, C. I. (2026). Distribución de pupas y patrón de emergencia de insectos necrócolos alrededor de cadáveres de cerdo (Sus scrofa) en descomposición en dos temporadas del año (Tesis de Licenciatura en Biología). Facultad de Ciencias, Universidad Nacional Autónoma de México.  Disponible en: https://tesiunamdocumentos.dgb.unam.mx/ptd2026/ene_mar/0881898/Index.html

 

 

 

 

Los tomadores de decisiones

Dr. Leonardo Lomelí Vanegas
Dr. Leonardo Lomelí Vanegas
Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México
Emmanuel González Barbosa
Emmanuel González Barbosa
Director de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México
Mariana Boy Tamborrell
Mariana Boy Tamborrell
Titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)
Julia Álvarez Icaza Ramírez
Julia Álvarez Icaza Ramírez
Secretaria del Medio Ambiente de la Ciudad de México
Dra. María Soledad Funes Argüello
Dra. María Soledad Funes Argüello
Coordinadora de la Investigación Científica (CIC) de la Universidad Nacional Autónoma de México

Las voces de los firmantes

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