Carta al Presidente Petro ¡Sí hay candidatos/as para la Defensoría del Pueblo!


Carta al Presidente Petro ¡Sí hay candidatos/as para la Defensoría del Pueblo!
La causa
¡Sí hay candidatas/os para una Defensoría del Pueblo libre de clientelismo, autónoma y digna!
Presidente, ha llegado el momento en que a su cargo se encuentra la designación de la terna con la cual la Cámara de Representantes del Congreso de la República elegirá al próximo Defensor(a) del Pueblo, que tendrá bajo su dirección la Institución Nacional de Derechos Humanos de Colombia. El artículo 232 de la Constitución Política, establece que el Defensor(a) del Pueblo deberá reunir las mismas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte Constitucional o del Consejo de Estado. Sin embargo, por la experiencia de estos últimos años, hemos observado que, además de dichos requisitos, es fundamental que el cargo pueda ser ocupado por una persona que reúna los méritos que le acrediten realmente como un defensor o defensora de derechos humanos, con las más altas calidades éticas y humanas, y un conocimiento experto en la materia, no solo teórico sino sobre todo práctico, por las complejidades que aquejan a nuestro territorio colombiano.
Debemos referir la importancia del giro de la historia de nuestra nación hacia la Paz Total, integral y con justicia social, en la cual el pueblo colombiano ha elegido el gobierno del cambio, por ello las organizaciones abajo firmantes albergamos la esperanza para que la Defensoría del Pueblo, creada para defender los derechos humanos de las y los colombianos, ahora sumida en las prácticas clientelares y corruptas de una clase politiquera que no le interesa la gente, los territorios y comunidades más vulneradas y apartadas de este país, reencause su curso y pueda contar con un Defensor o Defensora que respete el mandato constitucional y sea irrigada con las ideas de cambio hacia una justicia social con garantías para la vida.
El Defensor o Defensora tiene dentro de su mandato el ejercicio de la Magistratura Moral, que es sin duda la labor de mayor impacto ante la opinión pública nacional e internacional, por tanto, la persona designada para tal cargo debe tener la capacidad de ejercerla de manera clara, precisa y contundente. Contar con personas idóneas de seguro redundara en el posicionamiento de la entidad como organismo de control, garante de los derechos humanos y ejerciendo la magistratura moral cuyo mandato constitucional se ha venido deteriorando en la práctica desde hace más de 10 años. Esta preocupación también recoge el sentir de muchas comunidades de la Colombia lejana otrora acompañadas por servidores públicos comprometidos con la prevención y defensa férrea de sus derechos y que en los últimos años han sido relegadas por pronunciamientos mediáticos. No queremos más corrupción en nombre de los derechos humanos, ni el soslayamientos de las graves situaciones de violaciones y vulneraciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario. El/la Defensor/a del Pueblo debe pronunciarse con total independencia sobre las políticas de Estado, actos o decisiones emanadas del Ejecutivo y de los demás órganos de poder del Estado, que lesionen o pongan en riesgo el ejercicio de los derechos humanos y del estado social de derecho, es un contrapeso vital en el equilibrio de poderes en favor de los sectores más vulnerables, que deberá ejercer por los siguientes cuatro años.
Por lo anterior, señor Presidente es un imperativo ético y moral designar una terna cuyos integrantes no tengan tacha y cuenten con autonomía, con una fuerte trayectoria en materia de derechos humanos, con el reconocimiento de las organizaciones de derechos humanos, de víctimas, de mujeres, de comunidades rurales tanto étnicas como campesinas, y en general de la sociedad civil organizada, porque de quien resulte elegido/a como Defensor/a del Pueblo dependerá el horizonte de las políticas públicas de derechos humanos del país las cuales tienen profunda incidencia en escenarios como la OCDE, en el posicionamiento del país ante la Organización de Naciones Unidas, en la capacidad de logro de los objetivos de desarrollo sostenible, en la implementación de los acuerdos de paz, entre otros importantes temas de la nación, de lo cual depende en general las acciones estatales tendientes a la superación de las causas estructurales del conflicto armado y el ejercicio pleno de derechos de la ciudadanía colombiana.
Suscribimos respetuosamente a usted, las personas y organizaciones abajo firmantes, quienes propendemos por una entidad verdaderamente autónoma, independiente e imparcial en cumplimiento de mandato constitucional.
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La causa
¡Sí hay candidatas/os para una Defensoría del Pueblo libre de clientelismo, autónoma y digna!
Presidente, ha llegado el momento en que a su cargo se encuentra la designación de la terna con la cual la Cámara de Representantes del Congreso de la República elegirá al próximo Defensor(a) del Pueblo, que tendrá bajo su dirección la Institución Nacional de Derechos Humanos de Colombia. El artículo 232 de la Constitución Política, establece que el Defensor(a) del Pueblo deberá reunir las mismas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte Constitucional o del Consejo de Estado. Sin embargo, por la experiencia de estos últimos años, hemos observado que, además de dichos requisitos, es fundamental que el cargo pueda ser ocupado por una persona que reúna los méritos que le acrediten realmente como un defensor o defensora de derechos humanos, con las más altas calidades éticas y humanas, y un conocimiento experto en la materia, no solo teórico sino sobre todo práctico, por las complejidades que aquejan a nuestro territorio colombiano.
Debemos referir la importancia del giro de la historia de nuestra nación hacia la Paz Total, integral y con justicia social, en la cual el pueblo colombiano ha elegido el gobierno del cambio, por ello las organizaciones abajo firmantes albergamos la esperanza para que la Defensoría del Pueblo, creada para defender los derechos humanos de las y los colombianos, ahora sumida en las prácticas clientelares y corruptas de una clase politiquera que no le interesa la gente, los territorios y comunidades más vulneradas y apartadas de este país, reencause su curso y pueda contar con un Defensor o Defensora que respete el mandato constitucional y sea irrigada con las ideas de cambio hacia una justicia social con garantías para la vida.
El Defensor o Defensora tiene dentro de su mandato el ejercicio de la Magistratura Moral, que es sin duda la labor de mayor impacto ante la opinión pública nacional e internacional, por tanto, la persona designada para tal cargo debe tener la capacidad de ejercerla de manera clara, precisa y contundente. Contar con personas idóneas de seguro redundara en el posicionamiento de la entidad como organismo de control, garante de los derechos humanos y ejerciendo la magistratura moral cuyo mandato constitucional se ha venido deteriorando en la práctica desde hace más de 10 años. Esta preocupación también recoge el sentir de muchas comunidades de la Colombia lejana otrora acompañadas por servidores públicos comprometidos con la prevención y defensa férrea de sus derechos y que en los últimos años han sido relegadas por pronunciamientos mediáticos. No queremos más corrupción en nombre de los derechos humanos, ni el soslayamientos de las graves situaciones de violaciones y vulneraciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario. El/la Defensor/a del Pueblo debe pronunciarse con total independencia sobre las políticas de Estado, actos o decisiones emanadas del Ejecutivo y de los demás órganos de poder del Estado, que lesionen o pongan en riesgo el ejercicio de los derechos humanos y del estado social de derecho, es un contrapeso vital en el equilibrio de poderes en favor de los sectores más vulnerables, que deberá ejercer por los siguientes cuatro años.
Por lo anterior, señor Presidente es un imperativo ético y moral designar una terna cuyos integrantes no tengan tacha y cuenten con autonomía, con una fuerte trayectoria en materia de derechos humanos, con el reconocimiento de las organizaciones de derechos humanos, de víctimas, de mujeres, de comunidades rurales tanto étnicas como campesinas, y en general de la sociedad civil organizada, porque de quien resulte elegido/a como Defensor/a del Pueblo dependerá el horizonte de las políticas públicas de derechos humanos del país las cuales tienen profunda incidencia en escenarios como la OCDE, en el posicionamiento del país ante la Organización de Naciones Unidas, en la capacidad de logro de los objetivos de desarrollo sostenible, en la implementación de los acuerdos de paz, entre otros importantes temas de la nación, de lo cual depende en general las acciones estatales tendientes a la superación de las causas estructurales del conflicto armado y el ejercicio pleno de derechos de la ciudadanía colombiana.
Suscribimos respetuosamente a usted, las personas y organizaciones abajo firmantes, quienes propendemos por una entidad verdaderamente autónoma, independiente e imparcial en cumplimiento de mandato constitucional.
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Petición creada en 22 de mayo de 2024