SEVILLA. SOLICITUD CUMPLIMIENTO NORMATIVA RUIDOS CONTRA PIROTECNIA
El problema
Los firmantes del presente Manifiesto EXPONEN:
Desde el pasado 20 de diciembre de 2024, se ha observado un aumento considerable de explosiones provocadas por material pirotécnico (petardos, cohetes, etc.) en diversos puntos de la ciudad de Sevilla. Estas explosiones superan en gran medida los niveles permitidos según la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente en Materia de Ruidos y Vibraciones. Las detonaciones se producen en cualquier lugar, a cualquier hora y en particular entre los rangos de 12:00 a 15:00 y de 17:00 horas hasta altas horas de la noche.
Por parte de la ciudadanía hemos detectado una creciente potencia en las explosiones en comparación con años anteriores, las cuales se producen a distancias peligrosamente cercanas a las viviendas, lo que incrementa los riesgos para la seguridad de los habitantes.
Estos actos incívicos afectan en gran medida a la convivencia vecinal afectando de forma directa a las personas con afecciones y enfermedades (enfermos, niños y mayores principalmente) a la par que a animales domésticos que habitan en las viviendas y resto de animales que conviven en las ciudades con las personas.
En relación a los animales domésticos además se han producido ya grandes alteraciones, en perros principalmente, produciéndose escapadas en vía pública así como efectos adversos como miedo, temblores y comportamientos anómalos en las viviendas al no conseguir encontrar en muchos casos un tiempo razonable para alcanzar descanso y tranquilidad a la par de no poder salir a la calle con ellos por el temor y paralización de estos a salir a la vía pública al no disponer de un marco seguro para salir, estando expuestos de forma continuada la proliferación de ruidos fuertes.
La normativa de referencia indica claramente lo siguiente:
- Uso de artificios pirotécnicos por particulares:
Queda prohibido hacer estallar en la vía pública y espacios al aire libre, petardos, cohetes, tracas y artificios pirotécnicos similares, incluso en las manifestaciones autorizadas de cualquier tipo. Se exceptúa el accionamiento de petardos, cohetes, tracas y artificios pirotécnicos ruidosos de pequeña entidad, utilizados corrientemente por personas con motivo de las fiestas de Navidad, únicamente durante los días 24, 25 y 31 de diciembre, y 1 de enero en donde, no obstante, se establecen dos franjas horarias de prohibición: entre 03:00 y 11:00 h y entre 15:00 y 18:00 h. Se exceptúa también el lanzamiento de cohetes durante los días de salida y entrada de las hermandades oficiales que realizan el Camino del Rocío, siempre y cuando dichos lanzamientos se desarrollen entre las 09:00 y 23:00.
Este aspecto está claramente INCUMPLIÉNDOSE, no existiendo a la vista ninguna medida que se esté aplicando por el Ayuntamiento de Sevilla.
Por todo lo expuesto en los apartados anteriores, los firmantes del presente manifiesto SOLICITAN al Ayuntamiento de Sevilla el cumplimiento Normativo y la aplicación de actuaciones y las SANCIONES oportunas a aquellas personas que promuevan actuaciones orientadas a la generación de ruidos mediante el uso de material pirotécnico (petardos, cohetes, tracas) a cualquier hora del día fuera de los horarios permitidos, exigiendo la publicación de las actuaciones que se llevarán a cabo como mecanismo disuasorio y la sanciones establecidas.
Solicitamos que se establezca un marco claro y actualizado en referencia al uso y explosión de material pirotécnico, horarios y ubicaciones permitidas fuera de las cuales se apliquen las sanciones oportunas y el cumplimiento ESTRICTO del mismo y que revise el ya existente de fecha 2014/2015 o por lo menos se publicite de forma adecuada, dado que NO se puede hablar de material de pequeña entidad el que se viene usando en la actualidad.
En referencia a todo lo expuesto proponemos la aplicación de las siguientes medidas en la capital de Sevilla:
- Campaña de publicidad sobre la prohibición del uso del material pirotécnico y descripción del marco conforme para su uso (días y franja horaria permitida).
- Actuaciones periódicas de control y disuasión en puntos críticos del barrio (Plazas y parques principalmente) y aplicación de sanciones a personas reincidentes.
- Identificación y denuncia de lugares de lanzamiento de cohetes, con la correspondiente sanción.
- Actuaciones sobre niños de menor edad que hacen uso de material pirotécnico NO adecuado a su edad y sanción a sus responsables legales.
- En este sentido además, para años venideros se debe garantizar el desarrollo de programas educativos para evitar que niños menores de edad utilicen material pirotécnico no adecuado a su edad.
En Sevilla a 26 de diciembre de 2024.
Los firmantes
Referencia a la normativa vigente actual:
En la Ordenanza Municipal Municipal de Protección del Medio Ambiente en Materia de Ruidos y Vibraciones, en referencia a
2843
El problema
Los firmantes del presente Manifiesto EXPONEN:
Desde el pasado 20 de diciembre de 2024, se ha observado un aumento considerable de explosiones provocadas por material pirotécnico (petardos, cohetes, etc.) en diversos puntos de la ciudad de Sevilla. Estas explosiones superan en gran medida los niveles permitidos según la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente en Materia de Ruidos y Vibraciones. Las detonaciones se producen en cualquier lugar, a cualquier hora y en particular entre los rangos de 12:00 a 15:00 y de 17:00 horas hasta altas horas de la noche.
Por parte de la ciudadanía hemos detectado una creciente potencia en las explosiones en comparación con años anteriores, las cuales se producen a distancias peligrosamente cercanas a las viviendas, lo que incrementa los riesgos para la seguridad de los habitantes.
Estos actos incívicos afectan en gran medida a la convivencia vecinal afectando de forma directa a las personas con afecciones y enfermedades (enfermos, niños y mayores principalmente) a la par que a animales domésticos que habitan en las viviendas y resto de animales que conviven en las ciudades con las personas.
En relación a los animales domésticos además se han producido ya grandes alteraciones, en perros principalmente, produciéndose escapadas en vía pública así como efectos adversos como miedo, temblores y comportamientos anómalos en las viviendas al no conseguir encontrar en muchos casos un tiempo razonable para alcanzar descanso y tranquilidad a la par de no poder salir a la calle con ellos por el temor y paralización de estos a salir a la vía pública al no disponer de un marco seguro para salir, estando expuestos de forma continuada la proliferación de ruidos fuertes.
La normativa de referencia indica claramente lo siguiente:
- Uso de artificios pirotécnicos por particulares:
Queda prohibido hacer estallar en la vía pública y espacios al aire libre, petardos, cohetes, tracas y artificios pirotécnicos similares, incluso en las manifestaciones autorizadas de cualquier tipo. Se exceptúa el accionamiento de petardos, cohetes, tracas y artificios pirotécnicos ruidosos de pequeña entidad, utilizados corrientemente por personas con motivo de las fiestas de Navidad, únicamente durante los días 24, 25 y 31 de diciembre, y 1 de enero en donde, no obstante, se establecen dos franjas horarias de prohibición: entre 03:00 y 11:00 h y entre 15:00 y 18:00 h. Se exceptúa también el lanzamiento de cohetes durante los días de salida y entrada de las hermandades oficiales que realizan el Camino del Rocío, siempre y cuando dichos lanzamientos se desarrollen entre las 09:00 y 23:00.
Este aspecto está claramente INCUMPLIÉNDOSE, no existiendo a la vista ninguna medida que se esté aplicando por el Ayuntamiento de Sevilla.
Por todo lo expuesto en los apartados anteriores, los firmantes del presente manifiesto SOLICITAN al Ayuntamiento de Sevilla el cumplimiento Normativo y la aplicación de actuaciones y las SANCIONES oportunas a aquellas personas que promuevan actuaciones orientadas a la generación de ruidos mediante el uso de material pirotécnico (petardos, cohetes, tracas) a cualquier hora del día fuera de los horarios permitidos, exigiendo la publicación de las actuaciones que se llevarán a cabo como mecanismo disuasorio y la sanciones establecidas.
Solicitamos que se establezca un marco claro y actualizado en referencia al uso y explosión de material pirotécnico, horarios y ubicaciones permitidas fuera de las cuales se apliquen las sanciones oportunas y el cumplimiento ESTRICTO del mismo y que revise el ya existente de fecha 2014/2015 o por lo menos se publicite de forma adecuada, dado que NO se puede hablar de material de pequeña entidad el que se viene usando en la actualidad.
En referencia a todo lo expuesto proponemos la aplicación de las siguientes medidas en la capital de Sevilla:
- Campaña de publicidad sobre la prohibición del uso del material pirotécnico y descripción del marco conforme para su uso (días y franja horaria permitida).
- Actuaciones periódicas de control y disuasión en puntos críticos del barrio (Plazas y parques principalmente) y aplicación de sanciones a personas reincidentes.
- Identificación y denuncia de lugares de lanzamiento de cohetes, con la correspondiente sanción.
- Actuaciones sobre niños de menor edad que hacen uso de material pirotécnico NO adecuado a su edad y sanción a sus responsables legales.
- En este sentido además, para años venideros se debe garantizar el desarrollo de programas educativos para evitar que niños menores de edad utilicen material pirotécnico no adecuado a su edad.
En Sevilla a 26 de diciembre de 2024.
Los firmantes
Referencia a la normativa vigente actual:
En la Ordenanza Municipal Municipal de Protección del Medio Ambiente en Materia de Ruidos y Vibraciones, en referencia a
2843
Los destinatarios de la petición
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Petición creada en 26 de diciembre de 2024

