Actualización sobre la peticiónLa UNESCO debe conocer la Destrucción de la Zona Arqueológica Marroquíes Bajos en Jaén.H4: Posibles Faltas muy graves en Autos Judiciales
Juan M. MolinaJaén, España
16 nov 2020

La juez ha podido incurrir en una falta muy grave o posible delito al basarse en una prueba falsa e inventada por ella misma un auto para justificar no ejecutar una sentencia para descontaminar un yacimiento arqueológico.

La juez y el tribunal se basan en un extravagante argumento sobre una prueba que no existe y la propia juez reconoce que no existe y ella recuerda cuando realmente se la  ha inventado.

 

El Juzgado de Instrucción número 1 de Jaén ha recibido del juzgado Decano de Jaén la denuncia preventiva de los hechos, sin que este juzgado haya aún comunicado a los afectados la recepción de la misma.


El interesado en la ejecución de una sentencia de la juez titular del Juzgado de primera instancia número 5 de Jaén, pidió a la juez el inicio del procedimiento de ejecución de su propia sentencia sobre la parcela H4 de la zona arqueológica Marroquíes Bajos en Jaén.

Tras dos edictos de la juez dando los plazos para acuerdos, o ejecución de sus edictos, la juez decide llevar a cabo una nueva vista en septiembre de 2019. Tras una vista presencial la juez redacta un nuevo auto donde se desdice de sus edictos ejecutivos, y basándose en una prueba extravagante la magistrada resuelve que la sentencia no se ejecute y condena en costas al interesado.

La juez pudo inadmitir la petición de ejecución de la sentencia, sin embargo admitió el procedimiento y redactó autos en el sentido de ejecutar lo solicitado por el interesado, salvo acuerdo entre las partes.

De modo sorpresa la juez cita a las partes a una vista: sin que en las vistas anteriores, ni en la nueva, ni en los autos exista la prueba que invoca la juez, ésta de modo extravagante se inventa una prueba y en base a ella dicta un auto igualmente extravagante.

lLa propia juez reconoce que la prueba no existe en los autos, y aduce que la basa en su recuerdo de las vistas, pero  ni en las vistas ninguna de las partes hizo referencia a esa prueba por una razón: la prueba estaba sólo en la imaginación de la juez.

Advertida la juez del posible “error” en su apreciación de la prueba, sostiene el auto sin corregirlo.

En el recurso ante la Audiencia, el tribunal da la razón parcialmente a la juez basándose en la misma e inexistente prueba.

El presidente del tribunal es el mismo presidente de la Audiencia de Jaén que ha manifestado el apoyo al poder político que ha decidido construir la Ciudad de la Justicia en Zona Arqueólogica Marroquíes Bajos, un Bien de Interés Cutural con nivel de protección integral del yacimiento.

El interesado y autor de este informe, además de presentar queja ante el Consejo General del Poder Judicial, elabora un informe a la UNESCO sobre la destrucción programada del BIC.

 

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