PRESENTACIÓN DE FIRMAS Y SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN DEL SISTEMA DE ADN CANINO

Tras sobrepasar las 1.500 firmas (casi las mismas que perros censados a fecha de hoy), y antes de la fecha inicial del 15 de agosto anunciada por el Ayuntamiento de Tarragona para la imposición de multas por no registrar los animales, presentaremos estas firmas al ayuntamiento.
Muchas gracias por vuestra colaboración.
PRESENTACIÓN DE FIRMAS Y SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN DEL SISTEMA DE ADN CANINO
El pasado 10 de febrero de 2026, el Ayuntamiento de Tarragona presentó públicamente la campaña de implantación del sistema de identificación mediante ADN canino, estableciendo diversas fases para facilitar el registro voluntario de los animales y anunciando que este pasaría a ser obligatorio a partir del 15 de agosto de 2026.
En el marco de esta campaña se informó también de la posibilidad de imponer sanciones de hasta 1.500 euros a los propietarios que no hubieran registrado a su perro dentro del plazo establecido.
Posteriormente, y después de que a fecha 30 de julio únicamente se hubieran registrado aproximadamente 1.600 perros, el Ayuntamiento anunció la ampliación de la campaña informativa y del periodo de registro hasta el 30 de septiembre de 2026.
Esta ampliación, producida poco antes de finalizar el plazo inicialmente anunciado, evidencia, como mínimo, que la implantación del sistema no ha alcanzado el grado de adhesión esperado entre la ciudadanía y pone de manifiesto la necesidad de reconsiderar la proporcionalidad, la eficacia y la aceptación social de la medida antes de iniciar su régimen sancionador.
Resulta especialmente difícil de entender que la sanción prevista por no haber incorporado un animal al registro genético pueda alcanzar los 1.500 euros, mientras que determinadas sanciones relacionadas directamente con el abandono de excrementos en la vía pública se sitúan en importes sensiblemente inferiores, de 300 euros. Esta diferencia genera dudas razonables sobre la proporcionalidad del régimen sancionador y sobre si el sistema implantado responde de la manera más directa y eficaz al problema que se pretende solucionar: la presencia de excrementos no recogidos en el espacio público.
Debe tenerse en cuenta, además, que la implantación generalizada del sistema sobre una población de más de 20.000 perros comporta la realización de un volumen muy importante de pruebas genéticas y, en consecuencia, un coste económico considerable para el conjunto de propietarios.
Durante los meses transcurridos desde el anuncio de la medida, muchos ciudadanos han manifestado su disconformidad y han planteado dudas técnicas, jurídicas y prácticas que consideramos que no han sido suficientemente resueltas.
Entre estas dudas destacamos las siguientes:
- Fiabilidad de las muestras y de las pruebas genéticas. Las muestras recogidas en la vía pública pueden haber estado expuestas durante un periodo indeterminado a agentes ambientales, restos orgánicos, orina u otros excrementos. También pueden existir restos de una deposición anterior que haya sido retirada. Consideramos necesario garantizar de manera inequívoca la cadena de custodia, la calidad de la muestra y los criterios técnicos que permitan descartar cualquier contaminación o falso resultado antes de que una prueba pueda servir de base para un procedimiento sancionador.
- Imposibilidad de acreditar en determinadas circunstancias la conducta negligente del propietario. En la ciudad es habitual encontrar papeleras deterioradas, volcadas o manipuladas, con parte de su contenido esparcido por el suelo. En estas situaciones resulta legítimo preguntarse cómo podrá determinarse que unos excrementos encontrados fuera de una papelera no habían sido previamente recogidos y depositados correctamente por el propietario del animal. La simple identificación genética del perro no acredita necesariamente quién abandonó los excrementos ni en qué circunstancias se produjeron los hechos.
- Eficacia limitada de una base de datos exclusivamente municipal. Tarragona cuenta con una población aproximada de 143.000 habitantes, mientras que el conjunto del Camp de Tarragona supera ampliamente los 500.000 habitantes, a los que se añade una importante población flotante y turística. Muchas personas procedentes de otros municipios pasean habitualmente con sus animales por Tarragona. Por tanto, una parte de las muestras recogidas podría corresponder a animales que no constan en la base de datos municipal y que, en consecuencia, no podrían ser identificados mediante este sistema.
Este último aspecto resulta especialmente relevante si se tiene en cuenta que el contrato inicial contempla un número limitado a 300 muestras a analizar. Si una proporción significativa corresponde a animales no registrados en Tarragona, cabe cuestionar qué eficacia real tendrá el sistema y qué relación coste-beneficio presentará respecto de otras alternativas de control.
A todo ello se añaden las dudas surgidas en torno al tratamiento de los datos personales asociados al registro. La recogida de datos se inició el 12 de febrero de 2026, mientras que, según la información que constaba públicamente disponible, el correspondiente Registro de Actividades de Tratamiento (RAT), de obligado cumplimiento por la RGPD, no fue publicado hasta el 27 de abril, después de que esta situación fuera objeto de una reclamación ciudadana.
Asimismo, consideramos necesario señalar una falta de planificación y transparencia en la secuencia seguida para la puesta en marcha del sistema. La recogida de datos de propietarios y animales comenzó el 12 de febrero de 2026, mientras que el Protocolo Municipal de Identificación Genética, documento que establece el funcionamiento y los criterios de aplicación del propio sistema, no fue aprobado por la Junta de Gobierno Local hasta el 17 de abril de 2026, más de dos meses después de haberse iniciado el registro. Sin prejuzgar las consecuencias jurídicas que pueda tener esta circunstancia, resulta razonable cuestionar que se iniciara una actuación de estas características antes de que estuviera formalmente aprobado el protocolo municipal que debía regular su funcionamiento. Una medida con implicaciones económicas, sancionadoras y de tratamiento de datos debería haberse implantado con una planificación previa completa, con todos sus protocolos y garantías aprobados y accesibles a la ciudadanía desde el inicio.
Con independencia de las responsabilidades que, en su caso, puedan derivarse de estas circunstancias, consideramos especialmente importante que un proyecto que implica el tratamiento sistemático de datos personales y la creación de una base de datos vinculada a perfiles genéticos animales disponga, desde el primer momento, de todas las garantías de transparencia, información, planificación y protección de datos exigibles.
Por todo lo expuesto
Junto con este escrito, presentamos la relación de personas que han dado apoyo a la petición ciudadana contraria al actual sistema de ADN canino, así como los argumentos recogidos en el texto que ha acompañado la campaña de firmas.
La cantidad de firmas recogidas, especialmente teniendo en cuenta que la iniciativa se ha desarrollado principalmente a través de Internet y sin los medios de difusión de los que dispone la Administración municipal, constituye a nuestro entender una muestra significativa de la oposición y de las dudas que esta medida ha generado entre una parte importante de la ciudadanía afectada.
Por este motivo, SOLICITAMOS al Ayuntamiento de Tarragona:
- Que se reconsidere la implantación obligatoria del actual sistema de identificación mediante ADN canino y se suspenda su aplicación sancionadora mientras no queden debidamente resueltas las dudas técnicas, jurídicas y de eficacia expuestas.
- Que se realice una evaluación pública de los resultados obtenidos durante la fase voluntaria, incluyendo el número de animales registrados, los costes asumidos, las previsiones de gasto y una estimación realista de la eficacia del sistema.
- Que se garantice la máxima transparencia respecto de los protocolos de recogida, custodia y análisis de las muestras, así como de los mecanismos previstos para evitar contaminaciones, errores de identificación o imputaciones incorrectas.
- Que se valore prioritariamente el refuerzo de la vigilancia presencial en las calles, especialmente en las zonas y franjas horarias de mayor afluencia de paseos con animales, actuando directamente contra las personas que incumplen la obligación de recoger los excrementos.
Consideramos que una mayor presencia y vigilancia sobre el terreno constituiría una actuación más directa, inmediata y comprensible para la ciudadanía, permitiría sancionar la conducta infractora en el momento en que se produce y, al mismo tiempo, evitaría imponer nuevas cargas económicas y administrativas al conjunto de propietarios responsables que cumplen habitualmente con sus obligaciones.
Por todos estos motivos, solicitamos al Ayuntamiento de Tarragona que tome en consideración las firmas que se adjuntan, escuche las inquietudes expresadas por la ciudadanía y reconsidere el actual modelo antes de continuar con su implantación obligatoria y sancionadora.