"Ortegal dice que no" quiere recoger firmas con la idea de paralizar el proyecto "Parque eólico Barqueiro" de 150 MW, encendido y su infraestructura de evacuación por los siguientes motivos:
Prejuicios significativos para las familias que viven y residen en los núcleos de población afectados por el proyecto. Afecto por el bienestar y la salud.
Violación flagrante del Convenio Europeo del Paisaje: los ciudadanos tienen derecho a ser consultados y a decidir sobre el impacto visual y paisajístico del proyecto. Impacto imposible e incompatible con la habitabilidad de los núcleos.
Afecto significativo y severo en el Camino de San Andrés y Camino de Santiago. Ruta de romería a San Andrés de Teixido.
Fealdad del paisaje y daños significativos e irreparables a las familias que viven y residen en zonas rurales afectadas por el turismo y la hostelería
Violación flagrante de la Directiva 92/43 / CEE sobre Conservación de Hábitats Naturales y de Fauna y Flora Silvestres.
Incumplimiento normativo: ** Artículo 59 de la Ley 7/2012, de 12 de junio. Cambio de uso forestal.
Flagrante violación de la Ley 7/2012, DE 28 de junio de Montes de Galicia. Eliminación de la multifuncionalidad del soporte.
Condición severa e incompatible con las lagunas, humedales y humedales presentes en el área de desarrollo de este proyecto, dentro del polígono del parque y en las regiones de implementación de los seis parques eólicos que conforman el plan industrial de la empresa Enel Green. Power España, Sl.:
Severo daño a cuerpos de agua subterránea, acuíferos y captaciones de agua para consumo humano y a las fincas agropecuarias del polígono del parque.
Prejuicio significativo para el lobo. Plan de Manejo del Lobo Gallego.
Prejuicios significativos e incompatibles para la especie en peligro Escribenta das Canaveiras:
La promotora comercial siguió en el diseño de los parques criterios económicos de ahorro y economía, pero no criterios ambientales ni tuvo en cuenta el bienestar y sustento de las familias que viven y residen en las zonas rurales afectadas por el macroproyecto eólico.
Además de no asegurar un aumento de puestos de trabajo (hablan de 4 puestos de trabajo que pueden ser temporales) no significaría una reducción en nuestra factura de luz sino la expropiación de nuestra tierra.
Entre otros...
Enlaces de interés:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2021-32560
https://ssweb.seap.minhap.es/almacen/descarga/envio/055ef694f3e1ce00cac811ccf2eb0374e18c3889