
Cuando la perspectiva de género se aplica sin investigación objetiva, el debido proceso se debilita: el caso internacional de René Alberto Urdaneta León
Cinco años de prisión entre Estados Unidos y Argentina.
Dos años en cárceles federales estadounidenses por una circular roja posteriormente suprimida por irregularidades.
Una condena sustentada esencialmente en un único testimonio sin corroboración probatoria integral.
Una defensa técnica inicial ineficaz.
Este no es un caso más. Es un caso emblemático.
🌎 UNA DETENCIÓN INTERNACIONAL QUE NO PUEDE NORMALIZARSE
René Alberto Urdaneta León es ciudadano venezolano.
En agosto de 2019 solicitó asilo político bajo el programa MPP (“Quédate en México”), por su militancia opositora al gobierno de Nicolás Maduro y el riesgo que implicaba su retorno.
No estaba prófugo.
No estaba oculto.
Se encontraba dentro de un programa migratorio formal.
Sin embargo, en diciembre de 2019 se activó una circular roja de Interpol.
Como consecuencia directa de esa notificación, René fue detenido en Estados Unidos y permaneció exactamente dos años en penales federales estadounidenses, sin haber sido juzgado ni condenado en Argentina.
En 2025, las autoridades competentes del sistema Interpol en Francia resolvieron suprimir sus datos por irregularidades en la solicitud que dio origen a esa CIRCULAR ROJA.
Es decir: el propio sistema internacional reconoció inconsistencias en el mecanismo que justificó su captura.
Argentina computó esos dos años como parte de la pena.
Hoy René lleva cinco años privado de libertad sobre una condena de seis.
⚖️ UNA CONDENA SIN INVESTIGACIÓN INTEGRAL
La sentencia se construyó esencialmente sobre el testimonio único de la denunciante.
- No se convocó a declarar a un testigo presencial directo (su primo), que se encontraba con él.
- No se analizaron cámaras de seguridad existentes en el edificio.
- No se produjo prueba objetiva disponible que podía haber esclarecido los hechos.
- La defensa inicial fue técnica pero ineficaz.
- No impulsó medidas de prueba fundamentales.
La defensa actual asumió recién en 2023, después del juicio oral.
La perspectiva de género es un avance necesario en la protección de derechos.
Pero no puede sustituir la obligación de investigar.
No puede reemplazar la prueba objetiva.
No puede convertir una denuncia en verdad automática.
La Convención de Belém do Pará no elimina la presunción de inocencia.
No autoriza condenas sin investigación integral.
📄 RESPALDO INSTITUCIONAL: AMICUS CURIAE
En 2025, la Fundación Apolo, dirigida por el abogado Yamil Santoro, presentó un amicus curiae ante el juzgado de ejecución señalando las irregularidades estructurales del proceso y la posible arbitrariedad de la detención.
Un amicus curiae es una herramienta jurídica de relevancia institucional.
Demuestra que este caso no es un reclamo aislado.
Existen fundamentos técnicos y jurídicos que ameritan una revisión profunda.
⚖️ LA ETAPA DE EJECUCIÓN NO ES AUTOMÁTICA
Hoy la libertad condicional de René se encuentra bajo análisis del Juzgado de Ejecución Penal.
La función del juez de ejecución no es meramente aplicar de forma automática el artículo 14 del Código Penal.
Es ejercer control jurisdiccional pleno sobre la ejecución de la pena, ponderando las circunstancias concretas del caso y garantizando el respeto de derechos fundamentales.
Cuando existen elementos que acreditan:
- irregularidades en la cooperación internacional,
- una notificación roja posteriormente suprimida,
- una defensa técnica inicial ineficaz,
- omisiones probatorias relevantes,
La decisión no puede reducirse a una aplicación mecánica de una norma restrictiva. La singularidad del caso exige análisis individualizado.
Paralelamente, solicitamos a la Excelentísima Cámara Nacional de Casación Penal que realice una revisión amplia y profunda de la sentencia, considerando las deficiencias probatorias y las irregularidades señaladas.
"La revisión judicial no es una concesión.
Es una garantía del Estado de Derecho".
Cinco años de encierro no son un detalle.
Un año más no es “poco tiempo”.
Un año más, en el sistema penitenciario federal argentino, es una eternidad.
René vive en estado de alerta constante.
No está en un entorno resocializador. Está sobreviviendo.
La ley no puede aplicarse automáticamente cuando el caso es excepcional.
🌎 UN CASO TESTIGO LATINOAMERICANO
Este caso combina:
- cooperación penal internacional irregular,
- detención prolongada en Estados Unidos,
- supresión posterior de la notificación que originó esa detención,
- defensa técnica ineficaz inicial,
- condena basada esencialmente en un único testimonio sin corroboración objetiva.
"No se trata de partidos políticos.
No se trata de ideologías partidarias".
"Se trata de verda. Se trata de justicia.
Se trata de igualdad ante la ley".
Si todos somos iguales ante la ley, entonces nadie puede ser privado de libertad sin investigación rigurosa, sin prueba objetiva y sin defensa eficaz.
🕊️ LO QUE PEDIMOS
- Revisión integral de la causa.
- Que la Cámara de Casación escuche y analice los agravios planteados.
- Que el juez de ejecución examine la singularidad del caso y ejerza control judicial pleno.
- Evaluación seria y favorable de la libertad condicional.
- Análisis de las irregularidades en la cooperación internacional.
ESTE CASO YA NO ES INDIVIDUAL...ES EMBLEMÁTICO
Porque cuando el debido proceso se debilita en un caso, el precedente impacta a todos. Y la justicia, cuando actúa con prudencia y rigor, también puede marcar un precedente
✍️ Si creés en la igualdad ante la ley y en el debido proceso, firmá y compartí esta petición.
Cada firma es una forma de exigir que la justicia investigue, revise y decida con rigor.