
¿Te imaginas que el Gobierno de tu comunidad autónoma aprobara un Decreto en materia de patrimonio, por el que sólo se protegieran las paredes de las Iglesias, y no sus artesonados o bienes muebles?
Absurdo, ¿verdad? Pues igual de absurdo que el criterio de delimitación que se ha establecido en Tindaya y que acaba de ratificar el Tribunal Superior de Justicia de Canarias: sólo van a proteger la cumbre, donde se concentran los grabados rupestres.
Parece que no "entienden" que la montaña, toda ella, fue un templo para los antiguos habitantes de Fuerteventura. Así lo ponen de manifiesto, entre otros aspectos, distintos hallazgos arqueológicos a distintas cotas de altitud en la montaña, así como los propios valores naturales y geológicos que posee.
Los grabados están en Tindaya por lo que la montaña representa. Es decir, los antiguos habitantes de Fuerteventura veneraban ese espacio en su integridad, desde la base a la cumbre. Era su templo, su Axis mundi.
¿Se imaginan que de la Cueva de Altamira sólo se protegieran las pinturas rupestres, y no el resto de la cavidad que las acoge?
Debemos de seguir cuestionando estas medidas, que no se corresponden con las adoptadas por el propio Gobierno de Canarias para otros yacimientos rupestres de la isla de Fuerteventura y de otras del archipiélago canario, donde el espacio de protección que se ha delimitado si responde a unos criterios acordes a lo que establece la propia Ley de Patrimonio Cultural.