Desde ACRE los titulados superiores en Conservación Restauración requerimos una normativa que determine nuestras responsabilidades, funciones y competencias (leer información completa más abajo)

El problema

Desde ACRE los titulados superiores en Conservación Restauración requerimos una normativa que determine nuestras responsabilidades, funciones y competencias, diferenciándolas nítidamente del aprendizaje y ejercicio profesional de los oficios artesanales vinculados al Patrimonio Cultural.

En los últimos meses volvemos a ser testigos de actuaciones de Conservación realizadas a través de escuelas taller y talleres de empleo como resultado de políticas activas, que pretenden acometer retos en el mantenimiento del patrimonio cultural, con la justificación de formar profesionales cualificados en determinadas especialidades.

Por ésto, desde la Asociación de Conservadores-Restauradores de España,  los titulados superiores en Conservación-Restauración requerimos una normativa que determine nuestras responsabilidades, funciones y competencias, diferenciadas del aprendizaje y ejercicio profesional de oficios artesanales vinculados a distintas necesidades.

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) quedó establecido como el instrumento normativo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y reflejado en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de Junio.

El ámbito de la Conservación Restauración de bienes culturales no está contemplado como tal en el Catálogo, dado que los criterios de actuación sobre piezas de valor patrimonial requieren un conocimiento más extenso que el simple procedimiento manual. Sin embargo, determinados procesos relacionados con esta disciplina aparecen en algunas cualificaciones como parte de un proceso auxiliar de colaboración, vinculado teóricamente a un proyecto diseñado y dirigido por un titulado superior. La interpretación errónea de estas relaciones interprofesionales, por instituciones colaboradoras en el desarrollo de la ley y por la administración, está provocando situaciones que no benefician a la profesión ni al patrimonio.

 

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El problema

Desde ACRE los titulados superiores en Conservación Restauración requerimos una normativa que determine nuestras responsabilidades, funciones y competencias, diferenciándolas nítidamente del aprendizaje y ejercicio profesional de los oficios artesanales vinculados al Patrimonio Cultural.

En los últimos meses volvemos a ser testigos de actuaciones de Conservación realizadas a través de escuelas taller y talleres de empleo como resultado de políticas activas, que pretenden acometer retos en el mantenimiento del patrimonio cultural, con la justificación de formar profesionales cualificados en determinadas especialidades.

Por ésto, desde la Asociación de Conservadores-Restauradores de España,  los titulados superiores en Conservación-Restauración requerimos una normativa que determine nuestras responsabilidades, funciones y competencias, diferenciadas del aprendizaje y ejercicio profesional de oficios artesanales vinculados a distintas necesidades.

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) quedó establecido como el instrumento normativo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y reflejado en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de Junio.

El ámbito de la Conservación Restauración de bienes culturales no está contemplado como tal en el Catálogo, dado que los criterios de actuación sobre piezas de valor patrimonial requieren un conocimiento más extenso que el simple procedimiento manual. Sin embargo, determinados procesos relacionados con esta disciplina aparecen en algunas cualificaciones como parte de un proceso auxiliar de colaboración, vinculado teóricamente a un proyecto diseñado y dirigido por un titulado superior. La interpretación errónea de estas relaciones interprofesionales, por instituciones colaboradoras en el desarrollo de la ley y por la administración, está provocando situaciones que no benefician a la profesión ni al patrimonio.

 

Los destinatarios de la petición

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Consejerías de Educación, Cultura y Deporte de las Comunidades Autónomas
Consejerías de Educación, Cultura y Deporte de las Comunidades Autónomas
Consejerías de Educación, Cultura y Deporte de las Comunidades Autónomas

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Petición creada en 27 de agosto de 2014