

CORDOBA
Un total de 25 personas fueron detenidas, pero luego liberadas A LAS POCAS HORAS, al ser sorprendidas por la policía en una competencia clandestina de perros galgos en la localidad cordobesa de Idiazábal, en una calle pública de Idiazábal, en el departamento Unión y a unos 232 kilómetros de la capital cordobesa, con la participación apostadores de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Neuquén, Río Negro y Santa Fe, informó el comisario general Jorge López, director general de las Regionales Sud del organismo de seguridad provincial. Se secuestraron tres perros galgos y otros elementos relacionados con la práctica de esa actividad. Todos ellos fueron posteriormente liberados tras su identificación.
Luego de los trámites procesales, los detenidos fueron puestos en libertad pero continúan a disposición de la Fiscalía de Instrucción de la ciudad de Bell Ville, por infracción a la ley nacional 27330 que prohíbe las carreras de perros, de cualquier raza, en todo el territorio nacional.
Asimismo, la norma reprime con prisión de tres (3) meses a cuatro (4) años y multa de cuatro mil pesos ($ 4.000) a ochenta mil pesos ($ 80.000) a quien la organice, promueva, facilite o realice. PERO NO SE CUMPLE
La norma que tiene varios vacíos NO CONTEMPLA EL SECUESTRO DEFINITIVO DE LOS ANIMALES QUE SON EXPLOTADOS, dado que los animales le son entregados siempre a los galgueros y siguen en el circuito para ser explotados por los mismos.
No contempla la inhabilitación para tener animales.
La ley de prohibición de carreras solo reprime la actividad pero no contempla EL MALTRATO Y LA CRUELDAD a la que son sometidos los galgos
DICE LA LEY:
ARTÍCULO 1° — Queda prohibido en todo el territorio nacional la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza.
ARTÍCULO 2° — El que por cualquier título organizare, promoviere, facilitare o realizare una carrera de perros, cualquiera sea su raza, será reprimido con prisión de tres (3) meses a cuatro (4) años y multa de cuatro mil pesos ($ 4.000) a ochenta mil pesos ($ 80.000).
ARTÍCULO 3° — Esta ley se tendrá como complementaria del Código Penal.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
NECESITAMOS QUE SE AUMENTE LAS PENAS DE LOS ACTOS DE MALTRATO Y CRUELDAD HACIA LOS ANIMALES de la ley 14346
#PresosLos QUEREMOS a estos delincuentes.